SAN, 10 de Mayo de 2022
Ponente | LUIS HELMUTH MOYA MEYER |
Emisor | Audiencia Nacional - Sala de lo Contencioso |
ECLI | ECLI:ES:AN:2022:2080 |
Número de Recurso | 68/2021 |
A U D I E N C I A N A C I O N A L
Sala de lo Contencioso-Administrativo
SECCIÓN SÉPTIMA
Núm. de Recurso: 0000068 / 2021
Tipo de Recurso: APELACION
Núm. Registro General : 00314/2021
Apelante: Esther
Apelado: MINISTERIO DE POLITICA TERRITORIAL Y FUNCION PUBLICA, MINISTERIO DE HACIENDA Abogado Del Estado
Ponente IImo. Sr.: D. LUIS HELMUTH MOYA MEYER
SENTENCIA EN APELACION
IImo. Sr. Presidente:
D. JOSÉ GUERRERO ZAPLANA
Ilmos. Sres. Magistrados:
Dª. BEGOÑA FERNANDEZ DOZAGARAT
D. JAVIER EUGENIO LÓPEZ CANDELA
D. LUIS HELMUTH MOYA MEYER
Dª. YOLANDA DE LA FUENTE GUERRERO
Madrid, a diez de mayo de dos mil veintidós.
VISTO, por esta sección séptima de la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional el presente recurso de apelación interpuesto a nombre del apelante doña Marisol, representada por doña Paloma Isabel Cebrián Palacios, bajo la dirección letrada de doña Laia Suñol Renovell, contra la sentencia dictada por el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo núm. 10, en procedimiento núm. 64/2020, interviniendo como apelado la Administración General del Estado, siendo ponente de esta sentencia don Helmuth Moya Meyer.
La parte recurrente interpone recurso de apelación contra la sentencia de instancia que desestima el recurso contencioso-administrativo frente a la resolución de denegación de solicitud de reconocimiento del derecho de opción a integrarse en el Régimen General de Seguridad Social a los efectos de jubilación.
Por su parte la apelada impugnó el recurso de apelación interpuesto por la contraria y pidió la desestimación del mismo.
Por diligencia de ordenación de 15 de octubre del 2021 se admitió el recurso de apelación. Se señaló como día de votación y fallo el 22 de febrero del 2022.
Por providencia de 3 de marzo del 2022 se dio traslado a las partes y al Ministerio Fiscal sobre falta de competencia objetiva del juzgado de instancia para conocer de las cuestiones planteadas.
Las partes y el Fiscal presentaron escritos de alegaciones y se señaló nuevamente para votación y fallo el 3 de mayo del 2022.
Debemos aclarar, en primer lugar, por si cupiera alguna duda, que este tribunal planteó una tesis al amparo del artículo 33 LJCA sobre nulidad de sentencia de instancia por falta de competencia...
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