Auto Aclaratorio TS, 22 de Marzo de 2022

JurisdicciónEspaña
Fecha22 Marzo 2022

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Penal

AUTO DE ACLARACIÓN

Fecha de sentencia: 22/03/2022

Tipo de procedimiento: RECURSO CASACION

Número del procedimiento: 1309/2020

Ponente: Excmo. Sr. D. Vicente Magro Servet

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Josefa Lobón del Río Transcrito por: MBP

Nota:

RECURSO CASACION núm.: 1309/2020

Ponente: Excmo. Sr. D. Vicente Magro Servet

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Josefa Lobón del Río TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Penal

AUTO DE ACLARACIÓN

Excmos. Sres. y Excma. Sra.

D. Juan Ramón Berdugo Gómez de la Torre

D. Andrés Palomo Del Arco

D. Pablo Llarena Conde

D. Vicente Magro Servet

D.ª Susana Polo García

En Madrid, a 22 de marzo de 2022.

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Vicente Magro Servet.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

La representación procesal de D. Donato y D. Enrique, como parte acusada recurrida en el recurso de casación nº 1309/2020, y, en el que se dictó sentencia nº 164/2022, en fecha 24 de febrero de 2022, solicita la aclaración de la misma respecto de las costas procesales devengadas por la defensa de los acusados Donato y Enrique, tanto respecto de la sentencia de instancia, como la de casación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO

El artículo 267.1 de la LOPJ dispone la posibilidad de que los tribunales puedan aclarar algún concepto oscuro y rectif‌icar cualquier error material que adolezcan sus resoluciones.

SEGUNDO

Hay que dejar por sentado en esta resolución que la sentencia de esta Sala 164/22 de 24 de Febrero solo modif‌ica la sentencia de la AP de Valencia en los términos que se ref‌ieren, por lo que no anula en modo alguno la decisión sobre costas ref‌lejadas en la de instancia. Y en la presente no se imponen las costas a la acusación particular por la estimación parcial del recurso interpuesto.

Con ello, no hay alteración en materia de costas de lo resuelto en la instancia que queda inalterable y no afectado por esta sentencia, manteniendo lo ya resuelto en esta instancia de no imposición de costas a la acusación particular por la estimación parcial del recurso.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA : No ha lugar a la aclaración instada por la representación procesal de Donato y Enrique por cuanto en el propio pronunciamiento de la Sala consta con claridad lo referente a las costas procesales. Así se acuerda y f‌irma.

Juan Ramón Berdugo Gómez de la Torre Andrés Palomo Del Arco Pablo Llarena Conde

Vicente Magro Servet Susana Polo García

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR