SAN 4/2022, 14 de Marzo de 2022

PonenteELOY VELASCO NUÑEZ
EmisorAudiencia Nacional - Sala de lo Penal
ECLIECLI:ES:AN:2022:904
Número de Recurso18/2021

AUD.NACIONAL SALA DE APELACIÓN

MADRID

CALLE GARCIA GUTIERREZ, 1

TELÉFONO: 917096590

FAX: 917096333

ROLLO DE SALA:RAR 18/2021

PROCEDIM IENTO DE ORIGEN: AUD.NACIONAL SALA PENAL SECCION 3ª - ROLLO P. A. 14/2019

ÓRGANO DE ORIGEN: JUZGADO CENTRAL DE INSTRUCCIÓN 1 DE AUDIENCIA NACIONAL - PA 119/2016

SENTENCIA: 00004/2022

PRESIDENTE:

Excmo. Sr. D. JOSÉ RAMÓN NAVARRO MIRANDA

MAGISTRADOS:

Ilma. Sra. Dª. MA NUELA FERNÁNDEZ PRADO

Ilmo. Sr. D. ELOY VELASCO NÚÑEZ (PONENTE)

En la Villa de Madrid, a catorce de marzo de dos mil veintidós.

VISTOS en grado de apelación con el número de Rollo RAR 18/2021 los presentes autos contra la sentencia de 22/07/21 de la sección 3ª de la Sala de lo Penal de esta Audiencia Nacional, seguidos con el número procedentes del Juzgado de Central de Instrucción n º 1 de la Audiencia Nacional, y apareciendo como parte apelante la ABOGACÍA DEL ESTADO en la representación que ostenta del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (en adelante FROB), representado por la Abogada del Estado Dª PATRICIA LÓPEZ RUIZ DE SALAZAR, con la adhesión del MINISTERIO FISCAL, representado por Dª. BELÉN DORREMOCHEA FERNÁNDEZ y como apelados, la representación de HAMA FINANZIC S.L., HISPANA THESEO, S.A. CAMEBAL S.L., y PELAIRES GESTIÓN S.L.U., representados por la Procuradora de los Tribunales Dª. CARMEN PALOMARES QUESADA; Lázaro, representado por la Procuradora de los Tribunales Dª. VIRGINIA ARAGÓN SEGURA; Marcelino, representado por la Procuradora de los Tribunales Dª. TERESA CASTRO RODRÍGUEZ y Melchor y Norberto

, representados por el Procurador de los Tribunales D. JULIÁN CABALLERO AGUADO, siendo el Ilmo. Sr Magistrado D ELOY VELASCO NÚÑEZ; procede dictar sentencia fundada en los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

.

PRIMERO

En los Autos de juicio oral Rollo PA 14/2019 de la sección 3ª de la Sala de lo Penal de esta Audiencia Nacional, en fecha 22/07/21 se dictó sentencia cuya parte dispositiva, literalmente, dice:

" Que debemos absolver y absolvemos libremente a Don Melchor, a Don Norberto, a Don Marcelino y a Don Lázaro del delito continuado de apropiación indebida y del delito continuado de administración desleal de que venían acusados en esta causa, declarando de of‌icio la totalidad de las costas del presente procedimiento, y absolviendo a las mercantiles demandadas, Hama Finanzic, S.L.; Hispana Theseo, S.A.; Camebal, S.L. y Pelaires Gestión, S.L.U., de la acción de responsabilidad civil ex delicto ejercitada en su contra.

Firme que sea esta resolución, cancélense cuantas trabas y embargos se hubieran practicado en la causa, y en sus piezas o ramos.

Contra esta resolución puede interponerse recurso de apelación para ante la Sala de lo Apelación Penal de esta Audiencia Nacional, en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente, inclusive, al de la última notif‌icación practicada de la misma.

Así, por esta nuestra Sentencia, lo pronunciamos, mandamos y f‌irmamos .".

SEGUNDO

Contra dicha resolución se interpuso en tiempo y forma recurso de Apelación por parte de la ABOGACÍA DEL ESTADO en la representación que ostenta del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (en adelante FROB), con la adhesión del MINISTERIO FISCAL, fundado en los motivos que se insertan en sus correspondientes escritos, y, tramitado conforme a Derecho una vez dado traslado al resto de partes, con sus alegaciones impugnativas, se remitió a esta Sala de Apelación, donde, se procedió al señalamiento para deliberación y fallo el día 22 de febrero de 2.022, conforme al régimen de señalamientos, quedando las actuaciones listas para resolver.

TERCERO

Los Antecedentes de Hecho de la sentencia apelada, y entre ellos los HECHOS PROBADOS, son del siguiente tenor:

" Ya con anterioridad al año 2005, la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Baleares 'Sa Nostra' tenía entre sus clientes a Secundino (fallecido el 7-12-2019) y a las empresas del Grupo Martín Gual, entre ellas, Construcciones DOr, S.A.; Hispana Theseo, S.A.; Hama Finanzic, S.L.; Camebal, S.A.; Sa Font de Sant Miquel, S.A.; Actividades Turísticas de Paguera, S.L.; Promociones Hiedra, S.L.; Los Peches Inversiones, S.L.; Es Pinaret Gros, S.A.; Islas Pitiusas Residencial, S.A.; Residencial Las Palmeras, S.A., y Bodegueta, S.A.; además de otras sociedades mercantiles participadas por Sa Nostra, por medio de Invernostra, S.L. (ésta íntegramente participada por Sa Nostra), como Sepik Bienes de Inversión, S.L., Paine Inversiones, S.A., y otras.

La Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Baleares 'Sa Nostra' estaba presidida, entre los años 2005 y 2015, por Luis Andrés .

De dicha entidad Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Baleares 'Sa Nostra':

~ Melchor, mayor de edad y sin antecedentes penales, fue Director General, y consejero de Invernostra, S.L.; formando el mismo también parte del Comité de Seguimiento de Riesgos, del Comité de Dirección, del Consejo de Administración y de la Comisión Ejecutiva de Sa Nostra; todo ello hasta junio del año 2009, en que cesó el Sr. Melchor en todos sus cargos;

~ Norberto, mayor de edad y sin antecedentes penales, fue Director General Adjunto hasta junio de 2009, en que pasó a ser Director General, sucediendo al Sr. Melchor ; y asimismo era consejero de Invernostra, S.L.; miembro del Comité de Seguimiento de Riesgos de Sa Nostra; miembro del Comité de Dirección de Sa Nostra, y miembro del Comité de Inversiones de Sa Nostra;

~ Marcelino, mayor de edad y sin antecedentes penales, era Subdirector de Sa Nostra, Director General de Participadas en los años 2008 y 2009, y miembro del Comité de Seguimiento de Riesgos y del Comité de Dirección; y era asimismo Consejero Delegado de Invernostra, S.L.

El 17 de marzo de 2005 se propuso al Comité de Inversiones de Sa Nostra la constitución de la mercantil Sepik, S.L., con participaciones al 50 % entre Camebal, S.L., empresa del Grupo Martín Gual, e Invernostra, S.A., (sociedad participada al 100 % por Sa Nostra), que lo aprobó.

Como consecuencia de esa establecida relación de colaboración de Sa Nostra con la actividad empresarial del Sr. Secundino, con fecha 22 de marzo de 2005 dicha Caja emitió una comunicación conf‌idencial, suscrita por Marcelino, en su condición de Consejero Delegado de Invernostra - Grupo Sa Nostra, dirigida a la atención de la Caja de Murcia, en la que se decía: " Potenciar y f‌inanciar gran parte de los proyectos que promueven el sector turístico y el de la construcción y promoción, los verdaderos pilares de la economía balear, son objetivos primordiales del Grupo Sa Nostra, Caixa de Balears. Como primera entidad f‌inanciera de esta Comunidad ponemos al servicio del sector inmobiliario toda nuestra capacidad de gestión económica para contribuir al esfuerzo que está realizando su clase empresarial.

En esta línea de actuación se enmarca la relación que hemos mantenido y mantenemos con el Sr. Secundino desde hace muchísimos años. En estos momentos, mediante su sociedad, Hama Finanzic, S.L., o mucho antes cuando a partir de la década de los años 80 obtuvo f‌inanciación para construir con distintas sociedades de su propiedad más de 4.000 viviendas en Mallorca, nuestra colaboración se tradujo en la f‌inanciación de 2.300 y el resto contó con el apoyo f‌inanciero del Banco Hipotecario de España.

Para ser competitivos se debe invertir en formación, en investigación y desarrollo de nuevos productos, bienes y servicios. Éste es un eje básico de la economía que el Sr. Secundino ha sabido implantar con diferentes programas de calidad, aplicados a su gestión inmobiliaria, demostrando sobradamente su ef‌iciencia, ha sabido anticiparse al futuro y ha sabido arriesgar. El riesgo, cuando se administra con prudencia, se traduce en riqueza.

Por todo ello, y ante su decisión estratégica de diversif‌icar geográf‌icamente, atendemos gratamente su petición y le brindamos el apoyo más adecuado.

Sirvan estas líneas para acreditar su buen quehacer empresarial en el sector inmobiliario, que avalan una trayectoria sólida y solvente en el terreno económico y f‌inanciero " .

- En acuerdo del Consejo de Administración de Invernostra, S.L., de fecha 31 de marzo del año 2005, se aprobó la participación de ésta en la constitución de la mercantil Sepik Bienes de Inversión, S.L.; reseñándose en el acta que: " El Sr. Secundino ha sido uno de los más importantes y mejores promotores de nuestra comunidad, y entendemos positivo para el futuro una alianza con él ... " .

- El 14 de junio del año 2005 se constituyó la mercantil Sepik Bienes de Inversión, S.L., con un capital social de 100.000 euros, desembolsados en un 50 % por Invernostra, S.L., y en un 50 % por Camebal, S.A. (sociedad del Grupo Secundino ); y cuyo objeto social era: "la compraventa y arrendamiento no f‌inanciero de toda clase de bienes inmuebles rústicos y urbanos y la promoción de edif‌icaciones y urbanizaciones".

Al momento de la constitución de dicha mercantil, Sa Nostra poseía el 50 % de las participaciones sociales, a través de la mercantil Invernostra, S.L. (participada al 100 % por Sa Nostra); y el restante 50 % correspondía a Camebal, S.A.

Por resoluciones del Comité de Inversiones de Sa Nostra de fechas 23 de junio y 29 de septiembre de 2005, se acordó aprobar las ampliaciones de capital de Sepik Bienes de Inversión, S.L., de 27 de septiembre de 2005, por importe de 2.500.000 euros; de 27 de octubre de 2005, por importe de 300.000 euros, y de 25 de noviembre de 2005, por importe de 1.100.000 euros; quedando el capital social en 4.000.000 de euros.

Tras esas ampliaciones de capital, las participaciones sociales de Sepik Bienes de Inversión, S.L., quedaron del siguiente modo: un 45 %, de Invernostra, S.L. (en lo sucesivo, Invernostra); otro 45 %, de Camebal, S.A.; y un 10 % de Ares Catalonia, S.L. (en lo sucesivo, Ares), sociedad ajena al Grupo Martín Gual.

- En el mes de noviembre del año 2005, Sepik adquirió...

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