AAP Sevilla 41/2022, 28 de Enero de 2022
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 41/2022 |
Fecha | 28 Enero 2022 |
Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Sevilla
PRADO DE SAN SEBASTIAN S/N
Tlf.: . Fax:
N.I.G. 4102442C20150002086
Nº Procedimiento: Recurso de Apelación Civil 3758/2020
Negociado: 1A
Autos de: Pieza Oposición a Ejec. 910/2019
Juzgado de origen: JUZGADO MIXTO Nº 3 DE DIRECCION000
Apelante: Elisabeth
Procurador: FERNANDO FERNANDEZ DE VILLAVICENCIO Y SILES
Abogado:
Apelado: Teodoro
Procurador: TANIA NURIA PEREZ GUTIERREZ
Abogado: JOSE CARLOS JIMENEZ NAVARRO
PRESIDENTE ILTMO. SR.
D. RAFAEL MARQUEZ ROMERO
ILTMOS SRES. MAGISTRADOS
D. ANDRÉS PALACIOS MARTÍNEZ
D. ANTONIO MARCO SAAVEDRA
A U T O NUM. 41
En la Ciudad de Sevilla, a veintiocho de enero de dos mil veintidós.
Visto, por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de SEVILLA, el recurso de apelación interpuesto en los autos de sobre Oposición ejecución, procedente del Juzgado de Primera Instancia referenciado, donde se ha tramitado a instancia de D. Teodoro, representado por la Procuradora Sra. Pérez Gutiérrez que en el recurso es parte apelada contra Dª Elisabeth representada por el Procuradora Sr. Fernández de Villavicencio y Siles en calidad de parte apelante.
El Juzgado de Primera Instancia dictó auto el día 18 de febrero de 2020 en el juicio antes dicho, cuya parte dispositiva es como sigue: "SE DESESTIMA el incidente de oposición a la ejecución planteado por el Procurador D. Fernando Fernández de Villavicencio Siles, en nombre y representación de Dª. Elisabeth, debiendo continuar la ejecución despachada por los trámites legales correspondientes, debiendo la misma dar cumplimiento del régimen de visitas fijado mediante resolución judicial, puesto que, en caso contrario, se procederá a la imposición de multas coercitivas, advirtiendo, asimismo, a la ejecutada que podrá incurrir en un delito de desobediencia a la autoridad judicial previsto en el artículo 556 del Código Penal, en tal caso.
Todo ello con imposición de las costas procesales causadas en el presente incidente de oposición a
la parte ejecutada. "
Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, el Juzgado realizó los preceptivos traslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado de ponencia. Tras la votación y fallo quedó visto para dictar la oportuna resolución.
En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.
Visto, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. RAFAEL MARQUEZ ROMERO.
El auto apelado desestima la oposición formulada considerando que los motivos de oposición formulados no están incluido en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil que establece que si el título ejecutivo fuera una resolución procesal o arbitral de condena o un acuerdo de mediación, el ejecutado, dentro de los diez días siguientes a la notificación del auto en que se despache...
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