AAP Álava 609/2021, 21 de Octubre de 2021
Jurisdicción | España |
Fecha | 21 Octubre 2021 |
Número de resolución | 609/2021 |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE ÁLAVA-SECCIÓN SEGUNDA - UPAD
ZULUP - ARABAKO PROBINTZIA AUZITEGIA - BIGARREN ATALA
AVENIDA GASTEIZ, 18-2ª planta - CP/PK: 01008
TEL .: 945-004821 FAX : 945-004820
Correo electrónico/ Helbide elektronikoa: audiencia.s2.alava@justizia.eus / probauzitegia.2a.araba@justizia.eus
NIG PV / IZO EAE: 01.02.1-19/009898
NIG CGPJ / IZO BJKN : 01059.43.2-2019/0009898
RECURSO / ERREKURTSOA: Recurso de queja / Kexa-errekurtsoa 4/2021- - E
Proc. Origen / Jatorriko prozedura: Procedimiento abreviado / Prozedura laburtua 64/2020
Audiencia Provincial de Álava-Sección Segunda - UPAD / ZULUP - Arabako Probintzia Auzitegia - Bigarren atala Atestado n.º/ Atestatu-zk.:
NUM000
Apelante/Apelatzailea: Adolfo
Abogado/a / Abokatua: ZURIÑE RODRIGUEZ VERGARA
Procurador/a / Prokuradorea: TOMAS ZAPATER UNCETA
A U T O N.º 609/2021
lmos./Ilmas. Sres./Sras.:
PRESIDENTE: DON JESUS ALFONSO PONCELA GARCIA
MAGISTRADO: DON FRANCISCO GARCIA ROMO
MAGISTRADA: DOÑA ELENA CABERO MONTERO
En Vitoria-Gasteiz, a 21 de Octubre de 2021.
Por el procurador Sr. Tomás Zapater Uncena en nombre y representación de D. Adolfo se presentó Recurso de Queja contra el auto de fecha 20/07/2021 del Juzgado de Instrución nº. 4 de Vitoria-Gasteiz dictado en el Procedimiento Abreviado nº 64/2020, cuyo contenido es del tenor literal siguiente:
"No se admite a trámite el recurso de apelación interpuesto el procurador Sr. Zapater Unceta en nombre y representación de Adolfo contr ael auto de fecha 29/05/2021 "
En fecha 9 de agosto de 2021se acordó formar el oportuno Rollo para sustanciar el recurso de Queja, solicitando el correspondiente informe sobre dicho recurso al Juzgado de procedencia por término de tres días, lo que se verificó en fecha 08 de septiembre de 2021.
Emitido del mismo modo informe por el Ministerio Fiscal en fecha 22/09/2021 con el resultado que obra en las actuaciones, mediante resolución de 30/09/2021 se señaló para la votación y fallo del presente recurso el día 4/10/2021. Es ponente elIlmo. Sr. Magistrado D.Francisco García Romo a fin de dictar la oportuna resolución.
La representación procesal de Adolfo recurre en queja la inadmisión a trámite por el Juzgado de Instrucción nº 4 de Vitoria-Gasteiz, mediante auto de 20 de julio de 2021, del recurso de apelación interpuesto contra un auto dictado el 29 de mayo anterior en las Diligencias Previas 64/2020, auto por el que se desestimaba un recurso de reforma.
La causa de la inadmisión fue la extemporaneidad del recurso: el auto fue notificado al procurador el 3 de junio, y el recurso fue presentado el 18 de junio, fuera del plazo de 5 días establecido en el art. 766 LECrim.
En el recurso de queja se alega que el 8 de junio la parte solicitó la suspensión del plazo para recurrir y que se le diera traslado de la impugnación por el Ministerio Fiscal del previo recurso de reforma; y que el Juzgado desestimó tal solicitud el 15 de junio, mediante providencia notificada el 17, con fundamento en que la impugnación sí había sido notificada, vía procurador. Sostiene el quejoso que, ante la tardanza del Juzgado en contestar, debe entenderse que el escrito presentado el día 8 interrumpió el plazo para recurrir, con lo que el recurso de apelación fue presentado en plazo.
En su informe para el presente recurso, la Magistrada admite la existencia de ese escrito de 8 de junio y de la providencia del día 15, pero se reafirma en su criterio, por haberse denegado en esa providencia la suspensión del plazo para recurrir interesada en aquel escrito.
El Ministerio Fiscal ha informado a favor de la estimación de la queja, por estimar comprensible que la parte esperara a que se resolviera la petición de suspensión del plazo.
Sentadas así las bases de la...
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