AAP León 825/2021, 30 de Septiembre de 2021
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 825/2021 |
Fecha | 30 Septiembre 2021 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3
LEON
AUTO: 00825/2021
UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO
C/ EL CID, 20, LEÓN
Teléfono:
Correo electrónico: scop.seccion2.leon@justicia.es
Equipo/usuario: MAA
Modelo: 662000
N.I.G.: 24115 41 2 2020 0004458
RT APELACION AUTOS 0000990 /2021
Juzgado procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.4 de PONFERRADA
Procedimiento de origen: DILIGENCIAS PREVIAS PROC. ABREVIADO 0000369 /2020
Delito: DELITO SIN ESPECIFICAR
Recurrente: Ezequias, Natividad
Procurador/a: D/Dª JESUS MANUEL MORAN MARTINEZ, JESUS MANUEL MORAN MARTINEZ
Abogado/a: D/Dª CLAUDIA HIDALGO LOPEZ GAVELA, CLAUDIA HIDALGO LOPEZ GAVELA
Recurrido: AXA AURORA IBERICA, SINDICATO DE OFICIOS VARIOS DE LA CONFEDERACION GENERAL DEL TRABAJO DE LEON, Gerardo, FCC MEDIO AMBIENTE S.A.U. FCC MEDIO AMBIENTE S.A.U., FOMENTO DE CONSTRUCCIONES Y CONTRATAS, S.A., MINISTERIO FISCAL
Procurador/a: D/Dª, VANESA PILAR PEREZ BLANCO, ANTOLINA HERNANDEZ MARTINEZ, ANTOLINA HERNANDEZ MARTINEZ, ANTOLINA HERNANDEZ MARTINEZ,
Abogado/a: D/Dª JUAN JOSÉ FERNÁNDEZ RODILLA, PATRICIA JAÑEZ GARCIA, ORIOL GUARDIOLA BAS, JAVIER ZULOAGA GONZÁLEZ, JAVIER ZULOAGA GONZÁLEZ,
Rollo nº 990-2021
D.P. 369-2020 ( Juzgado Instrucción nº 4 de Ponferrada ).
A U T O Nº 825/21
En la ciudad de León, a treinta de Septiembre de dos mil veintiuno.
SEÑORES DEL TRIBUNAL
Ilmo. Sr. Presidente
Don Manuel Ángel Peñín del Palacio
Ilmos. Sres. Magistrados
Don Carlos Miguélez del Río
Don Fernando Javier Muñiz Tejerina
En el Procedimiento D.P. 369/2020 del Juzgado de Instrucción nº 4 de Ponferrada (Rollo de esta Sala 990/2020), con fecha 6 de julio de 2021 se dictó auto por el Juzgado de Instrucción desestimándose el recurso de reforma presentado por Natividad y Ezequias, representados por el Procurador Sr. Morán Martinez, contra la providencia de 21 de junio de 2021 que acordaba no practicar diligencias pedidas por esa misma parte.
Frente a dicha resolución se interpone recurso de apelación por esa misma representación. TERCERO.- El Ministerio Fiscal y la entidad FCC Medio Ambiente, representada por la Procuradora Sra.
Ha sido Magistrado Ponente Carlos Miguélez del Río.
La parte apelante, Sra. Natividad y Sr. Ezequias, recurren la decisión adoptada por el Juzgado de Instrucción de no practicar las diligencias instructoras por ella pedidas para la averiguación de los hechos objeto de autos, alegando vulneración de los arts. 24.1 de nuestra Constitución y 311 de la LECriminal.
El Ministerio Fiscal y la representación de la entidad FCC Medio Ambiente, han informado pidiendo la desestimación del recurso presentado y la confirmación de la resolución recurrida.
En la providencia dictada por el Juzgado de Instrucción el día 21 de junio de 2021, en relación con las diligencias instructoras solicitadas por la acusación particular referida en su escrito de fecha 17 de junio de 2021, se acordó lo siguiente " Respecto a las declaraciones testificales interesadas, se acuerda únicamente citar a declarar como testigos a Anibal y Artemio . Respecto al resto de los testigos propuestos se deniega su práctica toda vez que el presidente del comité de empresa y el delegado de salud, resulta impertinente a la vista del requerimiento de FFCC para la resolución del expediente administrativo, que se admite (punto 6 de dicho escrito de fecha de 17/06/2021). En cuanto a los conductores del camión, únicamente se admiten los que condujeron el vehículo, como se ha dicho anteriormente, el día anterior del accidente (siendo innecesaria la declaración del acompañante del conductor, dado que él no conducía), y la persona que estuvo momentos antes del accidente".
La parte apelante sigue insistiendo ahora en la necesidad de practicar las diligencias testificales pedias para la correcta investigación de los hechos objeto de autos, referidos al accidente de circulación ocurrido sobre las 8,30 horas del día 5 de diciembre de 2020, a la altura del kilómetro 8,500 de la carretera C-5238, término...
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