SAP Segovia 225/2021, 8 de Noviembre de 2021

JurisdicciónEspaña
Fecha08 Noviembre 2021
Número de resolución225/2021

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

SEGOVIA

SENTENCIA: 00225/2021

Modelo: N10250

C/ SAN AGUSTIN Nº 26 DE SEGOVIA

-Teléfono: 921 463243 / 463245 Fax: 921 463254

Correo electrónico:

Equipo/usuario: EQC

N.I.G. 40194 41 1 2020 0001662

ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000295 /2021

Juzgado de procedencia: JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 5 de SEGOVIA

Procedimiento de origen: ORD PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000294 /2020

Recurrente: WIZINK BANK SA

Procurador: MARIA JESUS GOMEZ MOLINS

Abogado: DAVID CASTILLEJO RIO

Recurrido: HOIST FINANCE SPAIN S L, Edmundo

Procurador: CRISTINA PINTADO ROA, CRISTINA DE PRADO SARABIA

Abogado: LAURA MARTINEZ BENAVENTE, CELESTINO GARCÍA CARREÑO

S E N T E N C I A Nº 225 / 2021

C I V I L

Recurso de apelación

Número 295 Año 2021

Juicio Ordinario Nº 294/2020

Juzgado de 1ª Instancia de

S E G O V I A Nº 5

En la Ciudad de Segovia, a ocho de noviembre de dos mil veintiuno.

La Audiencia Provincial de esta capital, integrada por los Ilmos. Sres. D. Ignacio Pando Echevarria, Pdte.; Dª Mª Asunción Remirez Sainz de Murieta y D. Francisco Salinero Román, Magistrados, ha visto en grado de apelación los autos de las anotaciones al margen seguidos a instancia de D. Edmundo ; contra WIZINK BANK S.A. y contra La Mercantil HOIST FINANCE SPAIN S.L.; sobre juicio ordinario, en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en primera instancia, recurso en el que han intervenido como apelante, la demandada Wizink Bank S.A.;, representada por la Procuradora Sra. Gómez Molins y defendida por el Letrado Sr. Castillejo del Rio y como apelado 1º el demandante, representado por la Procuradora Sra. De Prado Sarabia y defendido por el Letrado Sr. García Carreño y como 2ª apelada, la otra mercantil demandada que f‌igura en el encabezamiento de esta sentencia, representada por la Procuradora Sra. Pintado Roa y defendida por la Letrado Sra. Martinez Benavente y en el que ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Presidente.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia de los de Segovia nº 5; con fecha dieciséis de julio de dos mil veintiuno, fue dictada Sentencia, que en su parte dispositiva literalmente dice : "FALLO: Que, estimando la demanda formulada por la representación de Edmundo contra las entidades WIZINK BANK S.A. y HOIST FINANCE SPAIN S.L.: -Declaro la nulidad del contrato de tarjeta de crédito suscrito entre mi mandante y la demandada WIZINK BANK S.A. por existencia de usura en la condición general que establece el interés remuneratorio.

-Declaro la nulidad derivada de la cesión del saldo deudor pendiente de pago o crédito de la tarjeta, entre WIZINK BANK S.A. y HOIST FINANCE SPAIN S.L.

-Condeno a WIZINK BANK S.A, como consecuencia legal inherente a la declaración de nulidad por existencia de usura, de conformidad con el art. 3 LRU, a abonar a la demandante, la cantidad que exceda del total del capital que le haya prestado, tomando en cuenta el total de lo ya recibido por todos los conceptos cargados y percibidos al margen de dicho capital y que ya hayan sido abonados por la demandante, con ocasión del citado documento o contrato, especialmente las cantidades cobradas por los conceptos de comisión por disposición de efectivo, intereses, comisión por reclamación de cuota impagada, y cuotas de Seguros asociados a la tarjeta de crédito, según se determine en ejecución de sentencia, aportando para su correcta determinación, copia de todas las liquidaciones y extractos mensuales de la tarjeta de crédito, completos y correlativos, en el mismo formato que fueron originalmente remitidos al cliente, desde la fecha de suscripción del contrato, hasta última liquidación practicada, más intereses legales.

-Condeno a HOIST FINANCE SPAIN S.L., como consecuencia legal inherente a la declaración de nulidad derivada del negocio originalmente declarado radicalmente nulo y, de conformidad con el art. 1.303 del C.C. a la devolución y reintegro de todas las cantidades que haya podido percibir, como consecuencia de la cesión de crédito efectuada.

Todo ello con expresa imposición de costas a la entidad WIZINK BANK S.A., y sin hacer pronunciamiento sobre costas respecto de la entidad HOIST FINANCE SPAIN S.L."

SEGUNDO

Notif‌icada que fue la anterior resolución a las partes, por la representación procesal de Wizink Bank s.a.; se interpuso en tiempo y forma, recurso de apelación, con enumeración de los pronunciamientos que se impugnan, al tenor que es de ver en su escrito unido en Autos, teniéndose por interpuesto el mismo para ante la Audiencia en legal forma, en base a lo establecido en el art. 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, según...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
2 sentencias
  • SAP Asturias 280/2023, 25 de Mayo de 2023
    • España
    • Audiencia Provincial de Asturias, seccion 4 (civil)
    • 25 Mayo 2023
    ...Madrid, sección 20, 131/2023, de 23 de marzo, con cita de otra de la misma sección, la 305/2022, de 8 de septiembre, y de la SAP Segovia de 8 de noviembre de 2021; y las de las Audiencias de Guadalajara 368/22, de 21 de septiembre, y Zaragoza, Sección 4ª, núm. 152/2022, de 17 de mayo, entre......
  • AAP Asturias 79/2023, 30 de Junio de 2023
    • España
    • Audiencia Provincial de Asturias, seccion 4 (civil)
    • 30 Junio 2023
    ...Madrid, sección 20, 131/2023, de 23 de marzo, con cita de otra de la misma sección, la 305/2022, de 8 de septiembre, y de la SAP Segovia de 8 de noviembre de 2021; y las de las Audiencias de Guadalajara 368/22, de 21 de septiembre, y Zaragoza, Sección 4ª, núm. 152/2022, de 17 de mayo, entre......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR