SAP A Coruña 606/2021, 13 de Diciembre de 2021

JurisdicciónEspaña
Fecha13 Diciembre 2021
Número de resolución606/2021

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

A CORUÑA

SENTENCIA: 00606/2021

- C/. DE LAS CIGARRERAS Nº 1 - EDIFICIO ANTIGUA FABRICA DE TABACOS. 1ª PLANTA

Teléfono: 981 18 20 74 /75/36

Correo electrónico: seccion2.ap.coruna@xustiza.gal TFNO. 881 881 899 /895/ 896/ 898

Equipo/usuario: MV

Modelo: N545L0

N.I.G.: 15009 41 2 2021 0000081

ADL APELACION JUICIO SOBRE DELITOS LEVES 0001321 /2021

Juzgado procedencia: XDO.1A.INST.E INSTRUCIÓN N.4 de BETANZOS

Procedimiento de origen: JUICIO SOBRE DELITOS LEVES 0000011 /2021

Delito: LESIONES

Recurrente: Palmira

Procurador/a: D/Dª VERONICA GUERRA FRAGA

Abogado/a: D/Dª JUAN CARLOS MARTINEZ ROMASANTA

Recurrido: MINISTERIO FISCAL

Procurador/a: D/Dª

Abogado/a: D/Dª

En A Coruña, a 13 de diciembre de 2021.

El Ilmo. Magistrado DON ANGEL MARIA JUDEL PRIETO, como Tribunal Unipersonal de la SECCIÓN SEGUNDA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE A CORUÑA,

En nombre de S.M. el Rey

Ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción Nº 4 de los de Betanzos, en el Juicio sobre delitos leves Nº 11/21, seguido por un delito de lesiones, siendo parte apelante

Palmira, representado por el procurador Verónica Guerra Fraga y defendido por el letrado Juan Carlos Martínez Romasanta habiendo intervenido el MINISTERIO FISCAL en el ejercicio de la acusación pública.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que por el Juzgado de Instrucción anteriormente citado, se ha dictado sentencia en fecha 24 de marzo de 2021, cuya parte dispositiva dice así:

"Que debo condenar y condeno a Dª Palmira como autora de un delito leve de lesiones tipif‌icado en el artículo 147.2 del Código Penal, a la pena de multa de 2 meses a razón de una cuota diaria de 6 euros lo que hace un total de 360 euros con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias insatisfechas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 53 del Código Penal, y que indemnice a Dª Tamara en la cantidad de 320 euros y en el importe de valoración de las gafas rotas en la agresión, a determinar en ejecución de sentencia, asi como al sergas en los gastos de asistencia sanitaria prestada al denunciante, con aplicación respecto de todos los pronunciamientos civiles de los intereses legales previstos en el artículo 1.108 del Código Civil y 576 de la LEC, así como al pago de las costas procesales."

SEGUNDO

Que notif‌icada dicha sentencia a las partes, se interpuso contra la misma recurso de Apelación por Palmira, que fue admitido a trámite en ambos efectos y conferidos por el Instructor los traslados a las restantes partes, tal como establece el artículo 795.4º, de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y una vez trascurridos los plazos establecidos, se elevaron las actuaciones a la of‌icina de registro y reparto de la Audiencia Provincial, correspondiendo por reparto a esta Sección Segunda el presente recurso, que fue registrado como Rollo (ADL) Nº 1321/21 .

TERCERO

En la sustanciación del presente recurso se han observado y cumplido las prescripciones legales.

HECHOS PROBADOS

Se aceptan los hechos declarados probados de la resolución recurrida.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

- A la hora de controlar la motivación fáctica de la sentencia sometida a nuevo escrutinio, las Salas Penales de Apelación actuamos como Tribunales delegitimación de la decisión adoptada en la instancia ( SSTS 16/12/2003 y 03/11/2019), en cuanto que verif‌icamos la solidez y racionalidad de las conclusiones alcanzadas en aquélla. Esta ref‌lexión nos recuerda que hay límites en el sistema español de la apelación, porque es una segunda instancia no plena y alejada de un nuevo enjuiciamiento. Dice el Tribunal Constitucional que el derecho al recurso contra sentencias penales condenatorias, incluido dentro del artículo 24.2 de la Constitución, se debe interpretar no como el derecho a una segunda instancia con repetición íntegra del juicio, sino como el derecho a que un Tribunal superior controle la corrección del juicio realizado en primera instancia, revisando la adecuada aplicación de las reglas que han permitido la declaración de culpabilidad y...

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