AAP Valladolid 454/2021, 1 de Octubre de 2021
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 454/2021 |
Fecha | 01 Octubre 2021 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4
VALLADOLID
AUTO: 00454/2021
- C/ ANGUSTIAS Nº 21
Teléfono: 983 413275-76
Correo electrónico: audiencia.s4.valladolid@justicia.es
Equipo/usuario: S45
Modelo: 662000
N.I.G.: 47186 43 2 2020 0000384
RT APELACION AUTOS 0000636 /2021
Juzgado procedencia: JDO. INSTRUCCION N. 2 de VALLADOLID
Procedimiento de origen: DILIGENCIAS PREVIAS PROC. ABREVIADO 0000231 /2020 Delito: ROBO CON FUERZA EN LAS COSAS
Recurrente: Leoncio
Procurador/a: D/Dª NURIA MARIA CALVO BOIZAS
Abogado/a: D/Dª MARIA BIANCA HERNANDEZ VALDES
Recurrido: MINISTERIO FISCAL, Adoracion
Procurador/a: D/Dª, FERNANDO RUIZ LOPEZ
Abogado/a: D/Dª, JESUS SEBAL DIEZ
AUTO
Ilmos. Sres. Magistrados
D. José Luis Ruiz Romero
D. Ángel Santiago Martínez García
Dª María Teresa González Cuartero
En Valladolid, a uno de octubre de dos mil veintiuno,
Por el Juzgado de Instrucción nº 2 de Valladolid, con fecha 25 de junio de 2020, se dictó Auto por el que se acordaba el embargo cautelar de 74.412,94 euros, consignados en el procedimiento de despido 205/20 del Juzgado de lo Social nº 1 de Cáceres, así como la cantidad de 31.550 intervenidos al investigado Leoncio en el registro efectuado en su domicilio.
Formulado recurso de reforma y subsidiario de apelación fue desestimado por Auto de fecha 19 de julio de 2021, interponiéndose el presente recurso de apelación.
Previos los trámites legales oportunos, previa deliberación, y habiéndose designado como Magistrado Ponente al Ilmo. Sr. DON JOSE LUIS RUIZ ROMERO, quedaron las actuaciones pendientes de resolución.
El recurso de apelación que se formula contra la resolución dictada en la presente causa no puede encontrar una acogida favorable.
El art. 764 de la LECrim. Dispone que el juez o Tribunal podrá adoptar medidas cautelares para el aseguramiento de las responsabilidades pecuniarias siempre que concurran datos, argumentos y justificaciones documentales que conduzcan a formar, por parte del Tribunal, sin prejuzgar el fondo del asunto, un juicio provisional e indiciario favorable al fundamente de su pretensión, lo que entraña una doble exigencia:
-
de un lado la existencia de indicios racionales de criminalidad contra la persona cuyo sometimiento a la medida se pretenda, esto es, que el afectado pueda ser tenido fundamentalmente como responsable del delito; en el presente caso, el recurrente tiene la condición de investigado y se ha...
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