SAP Palencia 47/2021, 29 de Octubre de 2021

JurisdicciónEspaña
Número de resolución47/2021
Fecha29 Octubre 2021

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

PALENCIA

SENTENCIA: 00047/2021

- UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO. PZA. DE LOS JUZGADOS 1 1ª PLANTA

Teléfono: 979.167.701

Correo electrónico: audiencia.s1.palencia@j usticia.es

Equipo/usuario: PEN

Modelo: SE0200

N.I.G.: 34047 41 2 2019 0100611

RP APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000039 /2021

Juzgado procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 1 de PALENCIA

Procedimiento de origen: JUICIO RAPIDO 0000001 /2021

Delito: CONDUCCIÓN BAJO INFLUENCIAS BEB.ALCOHÓLICAS/DROGAS

Recurrente: Pedro Jesús

Procurador/a: D/Dª MARIA EMMA ATIENZA CORRO

Abogado/a: D/Dª JAVIER ANGEL MATA GONZALEZ

Recurrido: MINISTERIO FISCAL

Procurador/a: D/Dª

Abogado/a: D/Dª

Este Tribunal compuesto por los Sres. Magistrados que se indican al margen, ha pronunciado

EN NO MBRE DE S. M. EL REY

La siguiente:

SENTE NCIA Nº 47/2021

SEÑORES DEL TRIBUNAL

Ilmo. Sr. Presidente:

Don Mauricio Bugidos San José

Ilmos. Sres. Magistrados

Don Jose Alberto Maderuelo García

Don Ignacio Segoviano Astaburuaga

En la ciudad de Palencia, a veintinueve de octubre de dos mil veintiuno.

Visto ante esta Audiencia Provincial el presente Recurso de Apelación nº 39/2021, interpuesto en nombre de Pedro Jesús, representado por el Procurador Sra. Atienza Corro y defendido por el Letrado Sr. Mata González, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal de Palencia el día 6 de mayo de 2021 en el Procedimiento Juicio Rápido nº 1/21 procedente del Juzgado de Instrucción núm.1 De Carrión de los Condes, Rollo del Juzgado de lo Penal nº 1/21 seguido por un delito contra la seguridad vial en la modalidad de conducción bajo inf‌luencia de bebidas alcohólicas, habiendo sido parte apelada el Ministerio Fiscal, y Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don José Alberto Maderuelo García.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Penal de Palencia, con fecha 6 de mayo de 2021, dictó Sentencia en la causa indicada, condenando a Pedro Jesús, como autor penalmente responsable de un delito contra la seguridad vial en su modalidad de conducción bajo inf‌luencia de bebidas alcohólicas del art.379.2 CP, a la pena de multa de seis meses multa y cuota diaria de cinco euros (900 euros), y un año y un día de privación del derecho a conducir vehículos a motor, debiendo abonar asimismo las costas

SEGUNDO

En los antecedentes de hecho de la sentencia anteriormente indicada se relatan los hechos que el Juez de lo Penal estimó probados y se recogen las conclusiones def‌initivas formuladas por las partes, antecedentes que se aceptan de manera expresa por la presente Sentencia.

TERCERO

Contra dicha Sentencia interpuso recurso de apelación la defensa del condenado, al amparo de lo dispuesto en el artículo 790 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, solicitando la nulidad de la prueba de cargo consistente en la extracción de sangre y analítica llevada a cabo, y en todo caso su revocación y la absolución del mismo.

De dicho recurso se dio traslado al Ministerio Fiscal habiendo interesado la desestimación del recurso y la conf‌irmación de la sentencia recurrida.

SE ACEPTAN los Hechos Probados y los Fundamentos de Derecho de la resolución recurrida.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la representación del condenado Pedro Jesús, se impugna la sentencia de fecha 6 de mayo de 2021 dictada por el Juzgado de lo Penal de Palencia por la que se le considera autor de un delito contra la seguridad del tráf‌ico en la modalidad de conducción bajo la inf‌luencia de bebidas alcohólicas, previsto y penado en el artículo 379.2 del Código Penal. En el recurso, su defensa se centra en impugnar la validez de la prueba de extracción de sangre realizada al apelante, en esos momentos, inconsciente por haber sufrido una accidente y la posterior analítica practicada para determinar el grado de alcohol en sangre, interesando su nulidad y siendo ésta la única prueba de cargo, declarada nula, procede su absolución. El segundo motivo se ref‌iere a vulneración del principio de presunción de inocencia que se considera infringido en tanto que fue condenado sin prueba mínima de cargo.

El Ministerio Fiscal impugna el recurso e interesa la conf‌irmación de la resolución recurrida.

SEGUNDO

Nulidad de la prueba de extracción de sangre y del resultado obtenido en la analítica.

En esencia el argumento de su defensa es que a su patrocinado los sanitarios procedieron extraerle sangre enviando la muestra al laboratorio para la realización del correspondiente análisis sin que el conductor diese su autorización por estar inconsciente y sin que conste previa autorización mediante resolución judicial previa a la extracción que supliera dicha ausencia de autorización, debiendo considerarse prueba ilegítimamente obtenida y por ello nula.

Punto de partida de nuestro análisis ha de ser la consideración de que la sentencia del Juez de lo Penal está plenamente fundamentada, contiene motivación suf‌iciente y precisa y nada de lo argumentado en apelación desvirtúa sus razonamientos por lo que bastaría para su conf‌irmación la mera reproducción de aquellos, por cuanto es conocida y reiterada la doctrina jurisprudencial que af‌irma que si una resolución se halla suf‌icientemente fundamentada es admisible la motivación por remisión, siempre que con ello no se conculque el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, sin que ello comporte, indudablemente, la exigencia de

determinada extensión en la resolución ni una respuesta pormenorizada a todos y cada uno de los argumentos de las partes ( SSTC 11/95, 115/96 y 116/98 ). Por su parte el Tribunal Supremo, como recuerda, entre otras la Sentencia...

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