SAP Cuenca 169/2021, 14 de Diciembre de 2021

JurisdicciónEspaña
Número de resolución169/2021
Fecha14 Diciembre 2021

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

CUENCA

SENTENCIA: 00169/2021

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO

PALAFOX Nº 4-1ª PLANTA

Teléfono: 969224118

Correo electrónico:

Equipo/usuario: HMC

Modelo: 213100

N.I.G.: 16203 41 2 2018 0000157

RP APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000108 /2021

Juzgado procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 2 de CUENCA

Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000119 /2021

Delito: VIOLENCIA DOMÉSTICA Y DE GÉNERO. MALTRATO HABITUAL

Recurrente: Juan Ignacio

Procurador/a: D/Dª ELENA MORALES BUSTOS

Abogado/a: D/Dª JUAN ANGEL PACHECO CANO

Recurrido: MINISTERIO FISCAL, Estefanía

Procurador/a: D/Dª, ALFREDO GONZALEZ SANCHEZ

Abogado/a: D/Dª, ANGEL PLATAS FERNANDEZ

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CUENCA.

APELACIÓN PENAL Nº 108/2021.

Juicio Oral nº 119/2021 (dimanante del Procedimiento Abreviado 4/20 del Juzgado de Instrucción nº 1 de DIRECCION000 ).

Juzgado de lo Penal número 2 de Cuenca.

Ilmos. Sres.:

Presidente:

D. José Eduardo Martínez Mediavilla.

Magistrados:

D. Ernesto Casado Delgado.

D. Javier Martín Mesonero (Ponente).

S E N T E N C I A Nº 169/2021

En la ciudad de Cuenca, a catorce de diciembre de dos mil veintiuno.

Vistos en grado de apelación ante esta Audiencia Provincial los autos de Juicio Oral nº 119/2021 (que dimanan del Procedimiento Abreviado 4/20 del Juzgado de Instrucción nº 1 de DIRECCION000 ), procedentes del Juzgado de lo Penal número 2 de esta capital y en virtud de recurso de apelación interpuesto por D. Juan Ignacio, representado por la Procuradora de los Tribunales Sra. Morales Bustos y asistido por el Letrado Sr. Pacheco Cano, contra la Sentencia pronunciada por dicho Juzgado de lo Penal en fecha 22 de junio de 2021, f‌igurando como parte apelada el MINISTERIO FISCAL y Dª Estefanía, representada por el Procurador Sr. González Sánchez y asistida del Letrado Sr. Platas Fernández.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Penal nº 2 de Cuenca dictó Sentencia, en fecha 22 de junio de 2021, en la que se declaran los siguientes hechos probados:

"Se considera probado y así se declara que el acusado, Juan Ignacio, mayor de edad, nacido en DIRECCION001 el NUM000 de 1953, y sin antecedentes penales, ha estado casado con Estefanía durante 36 años, sin tener hijos en común, y han convivido, constante el matrimonio, en el domicilio sito en la CALLE000 número NUM001 de DIRECCION001 .

El acusado, durante el matrimonio, se ha venido dirigiendo a su esposa, Estefanía, con empujones, insultos, vejaciones, humillaciones constantes, diciéndole que estaba enferma, que era una marrana, con desvalorizaciones en el entorno familiar llegando a controlarla en el ámbito económico.

Estefanía reclama por estos hechos. Con fecha 14 de febrero de 2018 se dictó Auto por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de DIRECCION000 en el que se denegaba la orden de protección que había sido interesada por Estefanía ".

SEGUNDO

En el FALLO de la Sentencia recurrida se establece lo siguiente:

"Que debo condenar y CONDENO a Juan Ignacio como autor de un delito de MALTRATO HABITUAL del artículo 173.2 del Código Penal, a la pena de DOS AÑOS DE PRISIÓN con accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, PRIVACIÓN DEL DERECHO A LA TENENCIA Y PORTE DE ARMAS durante TRES AÑOS (con pérdida de vigencia del permiso de conformidad con lo dispuesto en el artículo 47.3 CP), y la PROHIBICIÓN DE APROXIMACIÓN en un radio inferior a 200 metros a Estefanía, a su domicilio, lugar de trabajo, o cualquier otro que frecuente o en que se encuentre, y de COMUNICAR con ella por cualquier medio, durante CUATRO AÑOS y costas, incluidas las de la acusación particular"

TERCERO

Notif‌icada la anterior Sentencia a las partes, la representación procesal del acusado interpuso recurso de apelación contra la referida Resolución, en el que interesaba que, con revocación de la misma, se dictara otra de signo absolutorio.

CUARTO

Tramitado el recurso y elevadas las actuaciones a este Tribunal, por la Sala se procedió a la formación del pertinente rollo, al que correspondió el número 108/2021. Se señaló deliberación, votación y fallo para el 14 de diciembre de 2021.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El acusado, condenado en primera instancia por la comisión de un delito de maltrato habitual del artículo 173.2 CP, recurre dicha condena alegando la vulneración de su derecho a la presunción de inocencia al no haberse practicado prueba de cargo suf‌iciente para acreditar su culpabilidad. Considera que la declaración de la denunciante carece de los requisitos jurisprudenciales para ser tomada en consideración, y que el informe psicosocial no objetiva una situación de violencia o menoscabo psíquico. En segundo lugar, se alega la infracción del principio de tipicidad, no se ha podido concretar la temporalidad de los hechos y en todo caso no ha existido situación de control, dominación, violencia ni agresividad.

SEGUNDO

El recurso se estimará en base a la argumentación que pasa a exponerse.

Como consideración previa, debemos partir de los hechos que se declaran probados en la resolución recurrida, no siendo factible que este Tribunal los modif‌ique o amplíe...

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