AAP Valencia 223/2021, 19 de Julio de 2021

JurisdicciónEspaña
Fecha19 Julio 2021
Número de resolución223/2021

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN UNDÉCIMA

VALENCIA

NIG: 46194-41-1-2019-0002015

Procedimiento: CUESTION DE COMPETENCIA [CMP] Nº 770/2020- L - Dimana del Juicio Verbal [VRB] Nº 001211/2020

Del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 3 DE TORRENT Demandante: D. Rodrigo

Procurador: Dña. GABRIELA MONTESINOS MARTINEZ

Letrado: D. ARGIMIRO FERNANDEZ CORDOBA

Demandado: MUDANZAS COLON INTERNACIONAL, S.L.U.

AUTO Nº 223/2021

________________________________

Ilmos/as. Sres/as.:

Presidente:

D. JOSE ALFONSO AROLAS ROMERO

Magistrados/as:

D. ALEJANDRO GIMENEZ MURRIA

D. MANUEL JOSE LOPEZ ORELLANA _______________________________

En VALENCIA, a diecinueve de julio de dos mil veintiuno.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En fecha 22-10-2020, por el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Picassent se dictó Auto en el Juicio Verbal nº 837/19 cuya parte dispositiva es del siguiente tenor: "Acuerdo declarar la falta de competencia territorial de este Tribunal para conocer de la demanda promovida por Rodrigo, frente a MUDANZAS COLON INTERNACIONAL SLU. Se considera territorialmente competente a los Juzgados de Torrente."

SEGUNDO

Y repartidos los autos al Juzgado de Primera Instancia núm. 3 de Torrent de se dictó Auto en fecha 5-11-2020 en el Juicio Verbal nº 1211/20 que dispuso: "Acuerdo declarar la falta de competencia territorial de este Tribunal para conocer de la demanda presentada por el Procurador de los tribunales, Sr/a. MONTESINOS MARTINEZ, GABRIELA, en nombre y representación de Rodrigo y remitida a este Tribunal por el Juzgado Mixto nº 2 de Picassent. Remítanse todos los antecedentes a la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, para la resolución de este conf‌licto negativo de competencia territorial previo emplazamiento de las partes por DIEZ DIAS.". TERCERO.- Repartido a esta Sala y formado el oportuno Rollo, se señaló para deliberación, votación y fallo del mismo el día 13 de julio de 2021.

Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. MANUEL JOSE LOPEZ ORELLANA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia n.º 3 de Torrent promueve cuestión de competencia territorial mediante su auto de fecha 5 de noviembre de 2020, por no aceptar la propia, al considerar competente para conocer del juicio verbal iniciado al Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Picassent al que le fue turnado inicialmente y que anteriormente se inhibe a favor de los Juzgados de Torrent, por entender, de acuerdo con lo establecido en el artículo 411 LEC, no ser factible por aquel reexaminar de of‌icio su propia competencia territorial inicialmente aceptada, siendo planteada la demanda ante el juzgado del domicilio de la persona jurídica demandada y no constar acreditado que se hubiera producido un cambio de domicilio al del partido judicial de Torrent. Mientras que Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Picassent no acepta la propia por auto de 22 de octubre de 2020, conforme al fuero territorial para el juicio verbal del domicilio del demandado y ser negativo el intento de emplazamiento en el facilitado dentro de su partido judicial y averiguarse uno nuevo en el de Torrent. SEGUNDO.- Al...

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