SAP Toledo 135/2021, 30 de Junio de 2021

JurisdicciónEspaña
Número de resolución135/2021
Fecha30 Junio 2021

Rollo Núm. ......................... 29/2021.-Juzg. de lo Penal. Núm...... 1 Toledo.-P. Abreviado Núm. ............. 239/2017.- SENTENCIA NÚM.135

AUDIENCIA PROVINCIAL DE TOLEDO

SECCION PRIMERA

Ilmo. Sr. Presidente:

D. JUAN RAMON BRIGIDANO MARTINEZ

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. EMILIO BUCETA MILLER

D. URBANO SUAREZ SANCHEZ

D. ALEJANDRO FAMILIAR MARTIN

Dª CAROLINA HIDALGO ALONSO

En la Ciudad de Toledo, a treinta de junio de dos mil veintiuno.

Esta Sección Primera de la Ilma. Audiencia Provincial de TOLEDO, integrada por los Ilmos. Sres. Magistrados que se expresan en el margen, ha pronunciado, en NOMBRE DEL REY, la siguiente,

SENTENCIA

Visto en juicio oral y público el presente recurso de apelación penal, Rollo de la Sección núm. 29 de 2021, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal Núm. 1 de Toledo, en el Procedimiento Abreviado núm. 239/2017, por Simulación de delito y delito de estafa, y en las Diligencias Previas núm. 586/2014 del Juzgado de Instrucción Núm. 2 de Toledo, en el que han actuado, como apelante Pascual, representado por la Procuradora de los Tribunales Sra. Conde Gómez y defendido por el Letrado Sr. López Pasaro, y como apelados, ALLIANZ CIA. DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A., representado por el Procurador de los Tribunales Sr. Vaquero Delgado y defendido por el Le trado Sr. Alonso Rodríguez.

Es Ponente de la causa el Ilmo. Sr. Magistrado D. Alejandro Familiar Martín, que expresa el parecer de la Sección, y son,

ANTECEDENTES
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Penal Núm. 1 de Toledo, con fecha 5 de febrero de 2021, se dictó sentencia en el procedimiento de que dimana este rollo, cuyo FALLO dice: "Que debo CONDENAR Y CONDENO a DON Pascual

, como autor responsable de un delito de simulación de delito y un delito de estafa, con la concurrencia de la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas, a la pena, por el delito de simulación de 6 meses multa a razón de 6 euros diarios, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago y por el delito de estafa la pena de 3 meses de prisión, inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena y en ambos delitos con abono de las costas".- SEGUNDO: Contra la anterior resolución y por Pascual, dentro del término establecido, se interpuso recurso de apelación, invocando como motivos de impugnación los que respectivamente constan en su escrito, y solicitando que se dictara nueva sentencia en el sentido de que se le absuelva con todos los pronunciamientos favorables, y recurso del que se dio traslado a las demás partes intervinientes, que en sus respectivos escritos manifestaron la conf‌irmación de la resolución recurrida; y formalizado el recurso se remitieron los autos a esta Audiencia, donde personadas las partes, se formó el oportuno rollo y nombrado Magistrado-Ponente, quedaron vistos para deliberación y resolu ción.- SE CONFIRMAN Y RATIFICAN los hechos probados, fundamentos de derecho y fallo de la resolución recurrida, en cuanto se entienden ajustados a derecho, por lo que, en def‌initiva, son

HECHOS PROBADOS

Se declara probado que Del conjunto de la prueba practicada en el acto del juicio, ha resultado acreditado y así se declara que, a las 10,58 horas del día 6 de noviembre de 2013 Pascual se persono en el cuartel de la Guardia Civil de Menasalbas, para, aun siendo consciente de que era incierto,denunciar que entre las 0.0 horas del 29-10-13 y las 0,0 horas del 5-11- 13 autores desconocidos tras saltar una verja de metal de aproximadamente 2 metros de altura que da al patio interior de su propiedad, sita en la CALLE000 núm NUM000 de la localidad de El Pulgar, levantaron una persiana de aluminio y forzaron la puerta de acceso al bajo sustrayendo lavadora y secadora Bosch, frigoríf‌ico Zanussi, lavavajillas, microondas, cubiertos "y vajilla, 3 bicicletas BH, mesa y 6 sillas de Teka, ordenador de sobremesa, TV Samsung de 50 pulgadas, equipo de música Bose, Tablet Samsung, videoconsola Wii, libros y enciclopedias, 1000 euros en efectivo, DVD Philips, 2 cascos de moto y guantes, joyero con oro, 2 relojes de pulsera,2 bolígrafos Mont Blanc, edredones sabanas, mantelería, mandos de aire acondicionado, juguetes y ropa de niños, ropa, zapatos y zapatillas, valorando el importe total sustraído en

13.000 euros,, teniendo concertado seguro del hogar con la compañía Allianz, a quien, con propósito de ilícito enriquecimiento, dio cuenta del falaz siniestro, incoándose por la misma el correspondiente expediente para la tramitación de la indemnización encomendando la investigación de los hechos a Winterman, detectives privados quienes elaboraron un informe en base al cual la Compañía de Seguros denegó el pago de importe alguno al acusado..

A consecuencia de la denuncia presentada por el acusado, y para su investigación, fueron incoadas DP. Núm. 1615/13 por el Juzgado de Instrucción núm. 2 de Toledo -

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto de recurso de apelación sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal núm. 1 de Toledo de fecha 5 de febrero de 2021 por la que se condena al recurrente como autor responsable de un delito de simulación de delito y de otro intentado de estafa, alegándose error en la valoración de la prueba, con vulneración del derecho a la presunción de inocencia y que los hechos en su caso probados serían...

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