STSJ Aragón 40/2021, 11 de Febrero de 2021

JurisdicciónEspaña
Fecha11 Febrero 2021
Número de resolución40/2021

S E N T E N C I A Nº 000040/2021

En Zaragoza a 11 de febrero de 2021, habiendo visto los presentes autos la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, constituida por los Ilmos. Sres:

Presidente.

D. Juan Carlos Zapata Híjar, ponente de esta resolución.

Magistrados.

D. Javier Albar García

D. Juan José Carbonero Redondo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Partes del recurso

Recurrente "TRANSFER SOCIEDAD DE MARCAS VIALES, S.L.U.-SANTIAGO ANGULO ALTEMIR, S.L." [UTE CONSERVACIÓN HU-1], representada por la Procuradora Dª. Isabel Jiménez Millán y asistida por el Letrado D. José Manuel Aspas Aspas.

Demandado el Departamento de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda, de la Diputación General de Aragón,, representado y asistido por Letrado de sus servicios jurídicos.

SEGUNDO

Actuación recurrida.

Orden de 23 de julio de 2019, del Consejero de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda, de la Diputación General de Aragón, por la que se rectif‌ica el anexo del presupuesto por capítulos del pliego de prescripciones técnicas particulares del contrato CI/2016-2020 "Servicios de Conservación de la Red autonómica de carreteras de Aragón", en la que se corrige el precio del "TN Microaglomerado en frío tipo Microf 11..." y se ordena las actuaciones necesarias para reajustar las certif‌icaciones a cuenta emitidas hasta la fecha con el objeto de acomodar los desajustes producidos por los errores en los precios, notif‌icada defectuosamente el 7 de agosto de 2019; y,

Todos los actos de aplicación de la decisión contenida en la Orden, sean de fecha anterior o posterior a la data de la misma y a la fecha de su notif‌icación, y en particular, la desestimación por silencio administrativo de las alegaciones recurso de alzada) presentadas el 3 de mayo de 2019 (entrada 20190261264), sobre la inadecuación de la aplicación retroactiva en el ajuste de precios, en el precio unitario de "Microaglomerado en frío tipo Microf 11 sup...", que la Administración había aplicado en la certif‌icación de obras de abril de 2019 (certif‌icación número 35), rectif‌icando las liquidaciones correspondiente a las obras certif‌icadas en los meses de julio, agosto y noviembre de 2016 (certif‌icaciones número 2, 3 y 6, respectivamente), en las partidas correspondientes a dicho concepto, por aplicación de una denominada "Acta de corrección de precios", suscrita

el 20 de junio de 2018, por el Director General de Movilidad e Infraestructuras, de la Diputación General de Aragón.

TERCERO

Procedimiento.

Se interpuso el 16 de septiembre de 2019.

Demanda el 19 de febrero de 2020.

Contestación a la demanda el 13 de julio de 2020.

Conclusiones de la parte actora el 1 de octubre de 2020.

Conclusiones de la Administración demandada el 27 de octubre de 2020.

Se señaló para votación y fallo el 3 de febrero de 2021 tras el cual quedaron los autos conclusos y vistos para Sentencia.

CUARTO

Cuantía.

62.608,25 euros.

QUINTO

Pretensiones de la parte recurrente.

1) Anular la Orden recurrida y también la desestimación por silencio administrativo de las alegaciones (recurso de alzada) presentadas el 3 de mayo de 2019 (entrada E20190261264), sobre la inadecuación de la aplicación retroactiva en el ajuste de precios, en el precio unitario de " TN icroaglomerado en frío tipo Microf 11 sup... ", que la Administración había aplicado en la certif‌icación de obras de abril de 2019 (certif‌icación número 35), rectif‌icando las

liquidaciones correspondiente a las obras certif‌icadas en los meses de julio, agosto y noviembre de 2016 (certif‌icaciones número 2, 3 y 6, respectivamente), en las partidas correspondientes a dicho concepto, por aplicación de una denominada "Acta de corrección de precios", suscrita el 20 de junio de 2018, por el Director General de Movilidad e Infraestructuras, de la Diputación General de Aragón.

2) Reconozca a la recurrente como situación jurídica individualizada el derecho a percibir de la Administración de la Comunidad Autónoma la cuantía sesenta y dos mil seiscientos ocho euros con veinticinco céntimos

(62.608,25 €), más los intereses legales de la misma desde el 30 de abril de 2019 y el derecho a que sean aplicados los precios unitarios señalados en el pliego de prescripciones técnicas para las toneladas de los tres microaglomerados en cuestión, durante la ejecución del contrato y su prórroga.

3) Imponga las costas del proceso.

Resumen de los motivos de impugnación del acto recurrido.

1) Por Orden de 28 de septiembre de 2015, del Consejero de Vertebración del Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda, de la Diputación General de Aragón se inició el procedimiento de licitación del contrato administrativo de servicios con clave CI/2016-2020 "Servicios de conservación de la Red autonómica de carreteras de Aragón" y se aprobó el pliego de prescripciones técnicas particulares. Por Orden de 23 de diciembre de 2015, del Consejero de Vertebración del Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda, de la Diputación General de Aragón se aprobó el expediente de contratación y el gasto derivado del mismo. En el apartado "f‌irmes" del anexo III del presupuesto por capítulos del pliego de prescripciones técnicas particulares aprobado por el órgano de contratación (el titular del Departamento de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda) f‌iguran los siguientes microaglomerados, con indicación del precio por tonelada (Tn). Por Orden de 13 de mayo de 2016, del Consejero de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda, de la Diputación General de Aragón, se adjudicó el lote número 5 "Sector Huesca-1" del contrato a favor de la Unión Temporal de Empresas "TRANSFER SOCIEDAD DE MARCAS VIALES, S.L.U-SANTIAGO ANGULO ALTEMIR, S.L." El 14 de junio de 2016 se formalizó el contrato en cuestión entre la Diputación General de Aragón y la Unión Temporal de Empresa Se aprobaron certif‌icaciones en los meses de julio, agosto y noviembre de 2016 (certif‌icaciones números 2, 3 y 6, respectivamente) y se prorrogó el contrato desde el 15 de junio de 2018 hasta el 15 de junio de 2020.

El Director General de Movilidad e Infraestructuras de la Diputación General de Aragón suscribe el 20 de junio de 2018 un documento titulado o denominado "Acta de corrección de precios", del contrato de servicios de conservación de la red autonómica de Aragón (clave: CI/2016-202 0), donde se dice que ha habido un error en el anexo del Presupuesto pues los microaglomerados tienen un precio unitario que es inversamente proporcional al grosor del árido que contienen, a menor tamaño, mayor dotación de emulsión o ligante bituminoso en Kg/ m2, siendo por tanto superior el 5 que el 8 esté que el 11 siendo correcta la tabla que sigue: En base a ello se modif‌ica la Certif‌icación nº 35 en la que constan 2.504,33 Tn al precio unitario de 105€ y un importe en euros 265.954,65 €; esta cantidad coincide con la instrucción de la Dirección General. Con posterioridad se dicta la Orden recurrida de 23 de julio de 201, que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR