STSJ Canarias 526/2021, 29 de Octubre de 2021

JurisdicciónEspaña
Número de resolución526/2021
Fecha29 Octubre 2021

Sección: IRF

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA. SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO. SECCIÓN PRIMERA

Plaza de San Agustín Nº 6

Las Palmas de Gran Canaria

Teléfono: 928 30 64 80

Fax.: 928 30 64 86

Email: s1contadm.lpa@justiciaencanarias.org

Procedimiento: Procedimiento ordinario

Nº Procedimiento: 0000159/2020

NIG: 3501633320200000197

Materia: Función pública

Resolución:Sentencia 000526/2021

Demandante: Josefa ; Procurador: TOMAS RAMIREZ HERNANDEZ

Demandado: MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES

SENTENCIA

Ilmos./as Sres./as

Presidente

D. JAIME BORRÁS MOYA

Magistrados

D. FRANCISCO PLATA MEDINA

Dª. INMACULADA RODRÍGUEZ FALCÓN (Ponente)

En Las Palmas de Gran Canaria, a 29 de octubre de 2021.

Visto por esta Sección Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sección Primera, integrada por los Sres. Magistrados, anotados al margen, el recurso Contencioso-Administrativo nº 159/2020, interpuesto por D./Dña. Josefa, representada por el Procurador de los Tribunales don TOMAS RAMIREZ HERNANDEZ y dirigido por el abogado don CARLOS MORALES RUIZ

Ha intervenido como demandado la ADMINISTRACION DEL ESTADO, representada y asistida por el Sr. Abogado del Estado

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Pretensiones de las partes y hechos en que las fundan.

A.- Por Resolución de 11 de enero de 2020 del Subsecretario del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto por la demandante y otros contra la Resolución de 7 de mayo de 2019 de la propia Subsecretaría dictada por delegación por la Subdirectora General de Ordenación y Desarrollo de los Recursos Humanos de los Organismos Autónomos y de la Seguridad Social que desestimó su solicitud de que le fuera reconocido el nivel 25 en su complemento de destino

B.- La representación del actor interpuso recurso contencioso administrativo, formalizando demanda con la súplica de que se dice sentencia por la que, se declare:

(i) Reconozca el derecho de mi mandante a una retribución acorde con las funciones que efectivamente realiza, mediante la reclasif‌icación de su puesto de trabajo a un nivel 25 y, en consecuencia, se reconozca como situación jurídica individualizada el derecho al cobro, con la máxima retroactividad posible, de los complementos retributivos correspondientes;

(ii) Se reconozca el derecho de mi mandante a la promoción y progresión en su carrera profesional dentro de la Escala, con la posibilidad de consolidar un grado personal superior al actual y acorde con las funciones que desempeña;

(iii) Subsidiariamente, obligue a la Administración a revisar y adecuar la retribución del puesto a las funciones efectivamente realizadas y encomendadas al nivel del puesto de trabajo.

C.- La representación procesal de la Administración demandada se opone a la pretensión actora y solicita se dicte sentencia que desestime el recurso interpuesto y declare la conformidad de los actos impugnados con el ordenamiento jurídico, condenando en costas a la recurrente.

SEGUNDO

Pruebas propuestas y practicadas.

Practicada la prueba pertinente, las partes formularon conclusiones y señalado día para votación y fallo tuvo lugar la reunión del Tribunal el día señalado al efecto. Aparecen observadas las formalidades de tramitación.

Ha sido ponente el/la Ilmo./a. Sr./a. D./Dña. INMACULADA RODRÍGUEZ FALCÓN.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto del presente recurso la Resolución de 11 de enero de 2020 del Subsecretario del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto por la demandante y otros contra la Resolución de 7 de mayo de 2019 de la propia Subsecretaría dictada por delegación por la Subdirectora General de Ordenación y Desarrollo de los Recursos Humanos de los Organismos Autónomos y de la Seguridad Social que desestimó su solicitud de que le fuera reconocido el nivel 25 en su complemento de destino.

La misma resolución, si bien con respecto a otro Subinspector, ha sido revisada por el TSJ de Murcia en sentencia de fecha 7 de mayo de 2021, Recurso 199/2020, que ha analizado una demanda interpuesta con la misma argumentación jurídica, por otra funcionaria de carrera del Cuerpo de Subinspectores Laborales, Escala Empleo y Seguridad Social (Grupo 1, Subgrupo A2) que solicitaba que tras la entrada en vigor de la Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de...

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