DECRETO 45/1995, de 9 de marzo, que regula los Servicios de Información Juvenil.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Cultura y Turismo
Rango de LeyDecreto

Fecha del Boletín: 15-03-1995 Nº Boletín: 52 / 1995

DECRETO 45/1995, de 9 de marzo, que regula los Servicios de Información Juvenil.

Conforme al Decreto 2469/1982, de 2 de agosto, la Comunidad Autónoma de Castilla y León asume competencias en el desarrollo de la actividad asociativa juvenil y en el fomento de la cooperación y participación de la juventud en la vida social dentro del ámbito territorial castellano-leonés.

Con el fin de hacer efectiva la participación de los jóvenes en la vida económica, social y cultural, se estructuraron, a través del Decreto 112/1992, de 25 de junio, los Servicios de Información Juvenil existentes en la Comunidad de Castilla y León.

Habiéndose detectado la necesidad de contemplar una nueva figura que posibilite que diversas Entidades y Asociaciones sin ánimo de lucro desarrollen programas en el ámbito de la información juvenil, parece oportuno establecer un nuevo marco de desarrollo de los Servicios de Información Juvenil de Castilla y León, actualizando y contemplando modificaciones en la estructuración de dichos Servicios.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Cultura y Turismo, previa deliberación de la Junta de Castilla y León en su reunión del día 9 de marzo de 1995

DISPONGO:

Artículo 1 º La información juvenil en Castilla y León se desarrollará a través de la Red de Centros y Puntos de Información Juvenil de acuerdo con el régimen jurídico establecido en el presente Decreto.
Art. 2 º La información juvenil es un servicio de asistencia que tiene por objeto proporcionar a los jóvenes la orientación necesaria en los diversos aspectos del empleo profesional, el ocio y tiempo libre, la integración y participación en la vida social, y...

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