STSJ Islas Baleares 614/2021, 16 de Noviembre de 2021
Jurisdicción | España |
Fecha | 16 Noviembre 2021 |
Número de resolución | 614/2021 |
T.S.J.ILLES BALEARS SALA CON/AD
PALMA DE MALLORCA
SENTENCIA: 00614/2021
N.I.G: 07040 45 3 2020 0001709
Procedimiento: AP RECURSO DE APELACION 0000166 /2021
Sobre EXTRANJERIA
De D/ña . Luis Andrés
Abogado:
Procurador: BEGOÑA MUÑOZ VIVANCOS
Contra D/ña. DELEGACION DEL GOBIERNO EN LAS ISLAS BALEARES, DELEGACION DEL GOBIERNO Abogado: ABOGADO DEL ESTADO,
Procurador:,
SENTENCIA
Nº 614
En la ciudad de Palma de Mallorca a 16 de noviembre de 2021
ILMOS. SRS.
PRESIDENTE
D. Gabriel Fiol Gomila.
MAGISTRADOS.
D. Pablo Delfont Maza
Dª. Carmen Frigola Castillón.
Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears los autos seguidos ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Palma de Mallorca, con el número de autos del Juzgado y numero de rollo de esta Sala arriba designados; actuando como parte apelante, D. Luis Andrés, representado por la Procuradora Sra. Muñoz, y asistido por la Letrada Sra. Porcel; y como apelada, la Administración General del Estado, representado y asistido por su Abogado.
Constituye el objeto del recurso de apelación el Auto nº 68/2021 del Juzgado nº 2, por el que se denegaba la solicitud de medidas cautelares, sin que en el mismo figure ni qué medidas se solicitaban ni a qué resolución administrativa se referían.
Ha sido Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Pablo Delfont Maza, quien expresa el parecer de la Sala.
El Auto nº 68/2021, dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Palma de Mallorca, en los autos seguidos por el procedimiento abreviado y de los que trae causa el presente rollo de apelación, ha denegado las medidas cautelares solicitadas y ha impuesto las costas al solicitante.
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación en plazo y forma por la parte demandante, siendo admitido en un solo efecto.
No se ha interesado la práctica de prueba ni trámite de vista o conclusiones.
Se ha seguido el recurso con arreglo a los trámites de la Ley Reguladora de la Jurisdicción contencioso-Administrativa, quedando los autos conclusos para dictar sentencia, señalando para la votación y fallo el día 16/11/2021
El 09/11/2020 se interpuso por demanda presentada en el Juzgado nº 2 un recurso contenciosoadministrativo dirigido contra la resolución de del Delegación del Gobierno, de 20/10/2020, por la que se había desestimado el recurso de reposición presentado contra la resolución de 30/09/2019, mediante la que, en aplicación de lo previsto en el artículo 57.2 de la Ley Orgánica 4/200, se acordó la expulsión del ahora apelante, Sr. Luis Andrés, ciudadano palestino, con prohibición de entrada durante 10 años en el espacio Schengen En el otrosí digo segundo de esa demanda se solicitaba al Juzgado que adoptase la medida cautelar de suspensión de la ejecutividad de la resolución recurrida, esto es, la suspensión de la expulsión, en síntesis, aludiendo a la dependencia del recurrente por encontrarse en silla de ruedas. Se aportaba informe médico actualizado de la situación del Sr. Luis Andrés e informe actualizado de la Fundación Atención y ayuda a la dependencia y promoción a la autonomía personal de la Consellería de Servicios Sociales, donde se alude a que no constituye una amenaza real ni actual para el orden público por sus circunstancias físicas y psicológicas no constituye una amenaza real ni actual para el orden público.
El Auto ahora apelado ha desestimado la solicitud indicando, en resumen, lo siguiente:
La parte solicitante argumenta el arraigo del recurrente y su situación sanitaria sin acreditar los extremos que, indiciariamente, pudiesen llevar a valorar los mismos como susceptibles de verse gravemente perjudicados con ocasión de la ejecución de la resolución impugnada. Tampoco consta...
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