AAP Málaga 630/2021, 12 de Julio de 2021

JurisdicciónEspaña
Fecha12 Julio 2021
Número de resolución630/2021

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MALAGA

SECCION OCTAVA

AUTO NUMERO 630 / 2021

RECURSO DE APELACION 67/21

ILMOS SRES.

Presidente:

DON PEDRO MOLERO GOMEZ.

Magistrados:

DON MANUEL CABALLERO BONALD CAMPUZANO. DON MANUEL SANCHEZ AGUILAR.

En Málaga a 12 de julio de dos mil veintiuno.

Visto el grado de apelación ante esta Audiencia Provincial, Sección Octava integrada por los Magistrados indicados al margen, el Recurso de Apelación interpuesto contra el Auto acordando iniciar la fase intermedia del procedimiento abreviado dictado por el Juzgado de instrucción número 3 de Málaga en su Procedimiento Abreviado: 24/2021.

HECHOS
PRIMERO

El Juez Instructor acordó concluir las diligencias previas de investigación y aperturar fase intermedia de procedimiento abreviado en su auto de 26 de febrero de 2021

SEGUNDO

Contra el mismo se interpuso por Eduardo Aguilera Crespillo, letrado del ICA de Málaga, en nombre y representación de don Patricio investigado en esta causa recurso de reforma y subsidiario de apelación, al amparo de lo establecido en los arts. 222 de la L.E. Crim., interesando la revocación del auto y el sobreseimiento de las actuaciones respecto al mismo. El Ministerio Fiscal impugnó en tiempo y forma el recurso presentado .

TERCERO

Por el Juzgado con fecha 14 de junio de 2021 se dicto Auto desestimando la reforma y admitiendo en un efecto el recurso de apelación, remitiéndose en su virtud a este Tribunal testimonio de particulares.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las formalidades legales. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. Manuel Sánchez Aguilar Magistrado de la Sala quien expresa el parecer del Tribunal.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Se alza el recurrente contra la decisión que Juez a quo plasma en la resolución combatida argumentando que los indicios de criminalidad constatados tras las diligencias de investigación no permiten continuar con el procedimiento. Con base en este argumento pide el sobreseimiento y archivo de la causa.

SEGUNDO

El recurso no puede prosperar. No se trata de analizar en este momento procesal si las diligencias de investigación llevadas a cabo son suf‌icientes para sostener el ejercicio de la acción penal contra el ahora recurrente.

De conformidad con la doctrina sentada en la STC 186/1990 la regla 4ª del art. 779-1 L.E.Crim., en virtud de la cual se ordena seguir el procedimiento previsto en el Capítulo Segundo (la fase de preparación del juicio del procedimiento abreviado) contiene un doble pronunciamiento: de un lado, la conclusión de la instrucción, y, de otro, la prosecución del procedimiento abreviado en otra fase por no...

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