SAP Asturias 269/2021, 25 de Junio de 2021

JurisdicciónEspaña
Fecha25 Junio 2021
Número de resolución269/2021

AUD.PROVINCIAL SECCION TERCERA

OVIEDO

SENTENCIA: 00269/2021

AUDIENCIA PROVINCIAL DE OVIEDO

Sección nº 003

ROLLO: 0000058 /2020

SENTENCIA Nº 269/2021

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ILMOS/AS SR./SRAS

Presidente/a:

D./DÑA. ANA MARIA ALVAREZ RODRIGUEZ

Magistrados/as

D./DÑA. FRANCISCO JAVIER RODRIGUEZ SANTOCILDES

D./DÑA. FRANCISCO JAVIER RODRIGUEZ LUENGOS

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En Oviedo, a veinticinco de junio de dos mil veintiuno

Vistos en juicio oral y público por la Ilma. Audiencia Provincial de Asturias, Sección Tercera, las precedentes diligencias de Procedimiento Abreviado N.º 558/18, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción

N.º 3 de Avilés que dieron lugar al Rollo de Sala N.º 58/20, seguido por un delito contra la salud pública contra Cosme, con DNI NUM000, nacido en Avilés - Asturias, el día NUM001 de 1962, hijo de Eleuterio y Adolf‌ina, con domicilio en la C/ DIRECCION000, nº NUM002, de Avilés - Asturias, con antecedentes penales computables en esta causa, representado por la Procuradora de los Tribunales Doña Leticia María Noriega Trespalacios y defendido por la Letrada Doña María Jesús Suárez González, causa en la que ha sido parte el Ministerio Fiscal y Ponente el Ilmo. Sr. Don Francisco Javier Rodríguez Luengos, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Ministerio Fiscal, modif‌icando sus conclusiones provisionales en los siguientes términos: 1ª El acusado tiene antecedentes penales al haber sido condenado en Sentencia de 1 de diciembre de 2010 por delito contra la salud pública a penas de 5 años de prisión y multa; 4ª Concurre la agravante de reincidencia del art. 22.8º del CP; y 5º Procede imponer al acusado la pena de 5 años de prisión, elevando el resto a def‌initivas,

solicitó la condena de Cosme, como autor criminalmente responsable de un delito contra la salud pública, en forma de sustancias que causan grave daño a la salud del art. 368 del CP, con la concurrencia de la agravante de reincidencia del at. 22.8º del CP, a las penas de 5 años de prisión, inhabilitación especial para el derecho del sufragio pasivo por el tiempo de la condena y multa de 731 euros, con una responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de 1 mes de prisión e imposición de costas, así como el comiso y destrucción de la droga conforme a los arts. 367 ter y 374 de la LECrim, una vez se dicte sentencia f‌irme, y del vehículo intervenido, dando a éste el destino previsto en la Ley Reguladora del Fondo de Bienes Decomisados por delitos contra la salud pública.

SE GUNDO .- La defensa de Cosme elevando a def‌initivas sus conclusiones provisionales instó su libre absolución.

TERCERO

Finalmente se concedió al acusado el derecho a la última palabra.

CUARTO

En la tramitación de este juicio se han seguido las prescripciones legales.

HECHOS PROBADOS

El día 31 de agosto de 2018, sobre las 13,40 horas, en las Of‌icinas del INEM, sitas en la C/ del Muelle, nº 8 de Avilés, Agentes del Cuerpo Nacional de Policía, tras las denuncias interpuestas por la que fuera su pareja y montar el oportuno dispositivo, localizaron y detuvieron a Cosme, con DNI NUM000, nacido en Avilés - Asturias, el día NUM001 de 1962, hijo de Eleuterio y Adolf‌ina, con domicilio en la C/ DIRECCION000, nº NUM002, de Avilés - Asturias, portando, entre otras cosas, las llaves de un coche, el cual los Agentes localizaron después en un aparcamiento cercano, trasladándolo a dependencias policiales, donde lo registraron, encontrando, entre otras cosas, una caja de metal de tabaco Lucky Strike, que contenía: - Resina de Cannabis con un peso de 15,56 gramos; Cocaína con un peso neto de 3,8 gramos y una riqueza de 79,5%;

- Heroína con un peso neto de 0,87 gramos y una riqueza del 46,1%; y - Cannabis con un peso neto de 0,36 gramos.

Las sustancias intervenidas alcanzarían en el mercado ilícito un precio de 365,288 euros.

Cosme se inició en el consumo de drogas, "porros", a los 14 años, siendo consumidor de opiáceos, cannabinoides, sedantes o hipnóticos y cocaína.

Cosme fue condenado en Sentencia de 1 de diciembre de 2010 por delito contra la salud pública a penas de 5 años de prisión y multa.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Solicita la defensa la nulidad del registro llevado a cabo en el vehículo del acusado por los Agentes de la Policía.

Como se subraya en la STS 545/2011, de 27 de mayo, sobre la cuestión suscitada establece el Tribunal Constitucional en la S 197/2009, de 28 de septiembre, con motivo del registro policial de un vehículo en que fue hallado sustancia estupefaciente, que la no presencia del interesado o de su Abogado en la diligencia, pese a estar ya detenido, "podría determinar la falta de valor probatorio como prueba preconstituida o anticipada de las actas que documentan las diligencias policiales, al imposibilitarse la garantía de contradicción, pero ello no impide que el resultado de la diligencia pueda ser incorporado al proceso a través de las declaraciones de los policías realizadas en el Juicio Oral con todas las garantías, incluida la...

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