SJS nº 2 376/2021, 23 de Diciembre de 2021, de Valladolid

PonenteEVA MARIA LUMBRERAS MARTIN
Fecha de Resolución23 de Diciembre de 2021
ECLIECLI:ES:JSO:2021:7879
Número de Recurso504/2021

JDO. DE LO SOCIAL N. 2

VALLADOLID

SENTENCIA: 00376/2021

-C/ ANGUSTIAS, 40-44

Tfno: 983-30.01.33

Fax: 983-30.79.21

Correo Electrónico: social2.valladolid@justicia.es

Equipo/usuario: MAM

NIG: 47186 44 4 2021 0002542

Modelo: N02700

DSP DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000504 /2021

Procedimiento origen: /

Sobre: DESPIDO

DEMANDANTE/S D/ña: Santos

ABOGADO/A: JAVIER PINTO ARRANZ

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

DEMANDADO/S D/ña: MINISTERIO FISCAL, DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID

ABOGADO/A:, LETRADO DIPUTACION PROVINCIAL

PROCURADOR:,

GRADUADO/A SOCIAL:,

En Valladolid, a veintitrés de diciembre de dos mil veintiuno.

Vistos por la Ilma. Sra. Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social Nº Dos de Valladolid, Dª EVA MARÍA LUMBRERAS MARTÍN los presentes autos Nº 504/2021, sobre despido, seguidos a instancia de D. Santos, como demandante, asistido por el Letrado, Sr. Pinto Arranz, contra la DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID, como empresa demandada, representada por la Letrada, Sra. Martín Ferrerira, con intervención del MINISTERIO FISCAL, que no ha comparecido,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El día 7 de julio de 2021, el Sr. Santos presentó demandada ejercitando acción de despido, en la que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó de pertinente aplicación, terminó suplicando se dicte Sentencia por la que se declare la nulidad del despido, o, subsidiariamente, la improcedencia, condenando a la Diputación demandada a estar y pasar por tan declaración, con las consecuencias legales inherentes.

SEGUNDO

Admitida a trámite la demanda, las partes fueron citadas para la celebración de los actos de conciliación y juicio el día 18 de noviembre de 2021.

TERCERO

Llegado el día señalado, comparecieron las partes en legal forma.

Iniciado el acto, cada una de las partes formuló alegaciones en apoyo de sus respectivas pretensiones, dando por reproducidas en el marco de los Autos 502/21, y tras la admisión y práctica de la prueba, evacuado el trámite de conclusiones, los autos quedaron vistos para dictar Sentencia.

HECHOS PROBADOS

PRIMERO

El demandante, Santos, ha venido prestando servicios por cuenta de DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID, en virtud de sucesivos contratos temporales de obra o servicio determinado, con categoría profesional Capataz Forestal, percibiendo un salario diario último de 56,64 euros, incluida la parte proporcional de pagas extras.

SEGUNDO

La relación laboral se ha sustentado en los siguientes contratos temporales:

-Contrato de obra o servicio determinado, a tiempo completo, categoría Auxiliar Forestal, para "Realización de trabajos de prevención de incendios en el interfaz urbano-forestal de los municipios de la provincia así como de mejora medioambiental de los entornos de los núcleos urbanos y actuaciones en montes públicos de las entidades locales durante un periodo previsto en la subvención de 180 días", cuya duración se extendió desde 4 de julio a 4 de noviembre de 2016.

-Contrato de obra o servicio determinado, a tiempo completo, categoría Auxiliar Forestal, para "Realización de trabajos de prevención de incendios en el interfaz urbano-forestal de los municipios de la provincia así como de mejora medioambiental de los entornos de los núcleos urbanos y actuaciones en montes públicos de las entidades locales durante un periodo previsto en la subvención de 180 días", en el área de Valladolid, con vigencia de 5 de junio a 1 de diciembre de 2017.

-Contrato por obra o servicio determinado a tiempo completo, categoría profesional Capataz Forestal, para " Realización de trabajos de prevención de incendios en el interfaz urbano-forestal de los municipios de la provincia así como de mejora medioambiental de los entornos de los núcleos urbanos y actuaciones en montes públicos de las entidades locales durante un periodo previsto en la subvención de 180 días ", en el área de Medina de Rioseco, con vigencia desde 17 de junio a 13 de diciembre de 2019.

-Contrato por obra o servicio determinado, a tiempo completo, categoría Capataz Forestal, cuyo objeto se def‌ine como "Realización de trabajos de prevención de incendios en el interfaz urbano-forestal de los municipios asignados y otros trabajos forestales y de mejora medioambiental o de carácter productivo vinculados a aprovechamientos forestales durante el periodo previsto en la Resolución de 180 días", en el área de Valladolid, cuya duración se extendió desde 4 de junio a 30 de noviembre de 2020. El trabajador demandante, al tiempo del cese, percibió una indemnización, por f‌in de contrato, de 339,86 euros.

TERCERO

La relación laboral del trabajador demandante con la entidad demandada, durante la vigencia de las sucesivas contrataciones, se ha regido por el " Convenio Colectivo para el personal laboral de la Diputación de Valladolid".

CUARTO

La contratación del actor, desde el año 2016 al 2020, se ha venido efectuando por la Diputación Provincial de Valladolid en el marco de desarrollo del denominado Plan de Empleo Forestal Local (ELMET), en virtud de Resoluciones del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, de 11 de marzo de 2016, de 7 de abril de 2017, de 18 de mayo de 2018, de 5 de abril de 2019 y de 24 de abril de 2020, que conceden subvenciones directas dirigidas a la contratación de desempleados para la realización de obras y servicios de

interés general o social, ligados a programas específ‌icos de trabajos de prevención de incendios en el interfaz urbano-forestal y otros trabajos forestales y de mejora medioambiental, para lo cual, desde el año 2016, ha venido formalizando contratos de carácter temporal por obra o servicio determinado durante periodos de 180 días en cada año, concretamente 31 trabajadores cada año (24 auxiliares forestales, 6 capataces y un técnico coordinador -este último hasta 2019-). Las áreas de actuación de 2016 a 2019 fueron Íscar, Medina de Rioseco, Matallana, Peñaf‌iel, Tordesillas y Valladolid, con 4 auxiliares forestales y un capataz por cada una de 2016 a 2019. En 2020 Medina de Rioseco y Matallana se integraron en un área de actuación, con 5 auxiliares y un capataz en cada una.

QUINTO

Los trabajadores a contratar en el marco de la referida subvención debían ser desempleados e inscritos como demandantes de empleo, no ocupados en el servicio Público de Empleo de CyL, y encontrarse dentro de uno de estos colectivos prioritarios:

- Jóvenes menores de 35 años, preferentemente sin cualif‌icación.

- Mayores de 45 años, especialmente para quienes carezcan de prestaciones y presenten cargas familiares.

- Parados de larga duración, con especial atención a aquellos que han agotado sus prestaciones por desempleo y las personas en riesgo de exclusión social.

Las obras y servicios a realizar, a tenor de las Resoluciones del Servicio Público de Empleo de Castilla y León hasta 2020, consistirían "fundamentalmente "en la prevención de incendios en el interfaz urbano-forestal de los municipios, mediante la eliminación del matorral, poda del arbolado y trituración o extracción de restos. Complementariamente, se atenderán otros trabajos de mejora medioambiental de los entornos de los núcleos rurales, como mejora de sendas, mejora de la accesibilidad de las zonas de pesca f‌luvial, así como actuaciones en los montes públicos en las entidades locales".

SEXTO

La selección del personal a contratar se ha venido realizando por la Diputación demandada, en base a una primera preselección efectuada por las respectivas of‌icinas de Empleo Público de Castilla y León, efectuando a tal f‌in una entrevista y una prueba práctica sobre manejo de determinadas herramientas de trabajo (desbrozadoras, motosierras, tijeras...), medios materiales que aportaba la Diputación para la ulterior prestación del servicio.

SÉPTIMO

La mayor parte de las actividades solicitadas por los Ayuntamientos a los trabajadores contratados cada año por la Diputación demandada en el marco del Plan de Empleo Forestal Local, a las órdenes del personal perteneciente al Servicio de Agricultura, Ganadería y Calidad del Agua de la Diputación de Valladolid, corresponden al ámbito del desbroce y limpieza de malezas o matorral, poda del arbolado y limpieza o extracción de restos, que tenían lugar desde el inicio de cada temporada hasta f‌inales de noviembre.

OCTAVO

La resolución del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, de fecha 3 de mayo de 2021, por la que se concede la subvención a las Diputaciones Provinciales en el marco de desarrollo del Plan ELMET 2021, disponía : "No se podrá contratar a trabajadores desempleados, inscritos como demandantes de empleo no ocupados en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, que hubieran sido contratados al amparo de esta subvención en la convocatoria procedente", así como que: "Los trabajos objeto de la presente subvención deberán generar actividad económica en los entornos rurales, propiciando tanto tareas preventivas como de carácter productivo, vinculado a aprovechamientos forestales".

NOVENO

La propuesta de la Diputación demandada de 18.06.2021 de nombramiento de auxiliares y capataces forestales para el presente año, aceptada por Decreto de 28.06.2021, no incluye a ninguno de los 30 trabajadores que fueron contratados en 2020, habiéndose iniciado la prestación de servicios de los nuevos contratados el 06.07.2021, en las mismas zonas de trabajo, con la misma actividad y funciones que en los años anteriores.

DÉCIMO

La Diputación Provincial de Valladolid tiene un Servicio contra Incendios y Salvamento, que cuenta con 6 parques distribuidos por la provincia (Medina del Campo, Medina de Rioseco, Peñaf‌iel, Tordesillas, Íscar y Arroyo de la...

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