SAP Madrid 567/2021, 19 de Noviembre de 2021

JurisdicciónEspaña
Número de resolución567/2021
Fecha19 Noviembre 2021

Sección nº 03 de la Audiencia Provincial de Madrid

C/ de Santiago de Compostela, 96, Planta 5 - 28035

Teléfono: 914934543,914934731

Fax: 914934542

audienciaprovincial_sec3@madrid.org

Grupo de Trabajo: CRC

37051530

N.I.G.: 28.079.00.1-2020/0011377

Procedimiento Abreviado 296/2021

Delito: Robo con violencia o intimidación

O. Judicial Origen: Juzgado de Instrucción nº 09 de Madrid

Procedimiento Origen: Procedimiento Abreviado 208/2020

SENTENCIA Nº 567/21

ILMOS. SRES.

Dña. Mª PILAR ABAD ARROYO (Ponente)

D. AGUSTIN MORALES PEREZ-ROLDAN

D. ANTONIO VIEJO LLORENTE

En Madrid, a diecinueve de noviembre de dos mil veintiuno.

VISTO Y OIDO en juicio oral y público ante esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Madrid, el Rollo de Sala 296/21, correspondiente a las Diligencias Previas 208/20 del Juzgado de Instrucción nº 9 de los de Madrid, por delitos de robo con violencia o intimidación, contra el acusado Pio, nacido en Madrid el día NUM000 de 1970, hijo de Raimundo y Ascension, titular del D.N.I. Nº NUM001, vecino de Madrid, con domicilio en C/ DIRECCION000, nº NUM002, cuya solvencia no consta, con antecedentes penales y en prisión provisional por esta causa, estando privado de libertad desde el 29 de enero de 2020 hasta la actualidad, salvo ulterior comprobación, representado por el Procurador Sra. Aparicio Flores y defendido por el Letrado D. Ricardo López Acon, siendo parte acusados el Ministerio Fiscal representado por D, José Ramón Sánchez Blanco y Ponente el Magistrado Dª Mª Pilar Abad Arroyo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Ministerio Fiscal elevó a def‌initivas sus conclusiones provisionales en los siguientes términos:

  1. - Sobre las 18:40 horas del día 2 de enero de 2020 y en el centro óptico "Santa Marta" sito en la calle Ferrer del Río de Madrid y propiedad de Esperanza, el acusado Pio, mayor de edad y con los antecedentes penales que luego se dirán, obrando con el ánimo de obtener un ilícito benef‌icio patrimonial, tras intimidar con un cuchillo a la empleada del local, Felicisima, se apoderó de 1.630 euros de la caja registradora, después de abrirla tras estamparla contra el suelo, y del bolso de Esperanza, el cual contenía, además de 700 euros, el DNI, el permiso de conducir, un monedero y varias tarjetas de crédito/debito. Esperanza ha renunciado a percibir una indemnización por los daños y los efectos sustraídos.

  2. - Sobre las 19:30 horas del día 17 de enero de 2020 y en la farmacia "Pancorbo Pérez" sita en la calle Alcalde Sainz de Baranda de Madrid, un individuo cuya identidad no consta, obrando con el ánimo de obtener un ilícito benef‌icio patrimonial, y tras intimidar con un cuchillo al titular y encargado del establecimiento, Ángel Jesús, y a la empleada, Justa, se apoderó de 513,70 euros que había en la caja registradora. Ángel Jesús no reclama indemnización por el dinero sustraído.

  3. - Sobre las 17:30 horas del día 20 de enero de 2020 y en la farmacia sita en la calle Maldonado, nº 6 de Madrid, el acusado, obrando con el ánimo de obtener un ilícito benef‌icio patrimonial, el acusado, tras intimidar con un cuchillo a la propietaria, Marina, y a la empleada, Melisa, se apoderó de 1.310,02 euros que había en las cajas registradoras.

  4. - Sobre las 18:00 horas del día 24 de enero de 2020 y en la tienda de alimentación sita en la calle Puerto de Canfranc de Madrid, propiedad de Constantino, el acusado, obrando con el ánimo de obtener un ilícito benef‌icio patrimonial, tras intimidar con un cuchillo a la empleada, Santiaga, y a la clienta, Soledad, le propino un empujón a ésta para apartarla de la caja, provocando que la víctima cayera al suelo, y se apoderó de 2.000 euros que había en la caja registradora, tras tirarla contra el suelo. A raíz de los hechos, Soledad sufrió lesiones consistentes en lesión contusa en mano derecha, con tumefacción y hematomas en las 4 articulaciones metacarpo-falángicas (del meñique al índice) que solo precisaron para su sanidad de una primera asistencia facultativa, tardando en sanar 12 días no impeditivos.

    Los daños causados en la caja registradora han sido tasados pericialmente en 60 euros.

  5. - Sobre las 20:40 horas del día 25 de enero de 2020 y en la tienda "Clares" sita en la calle Fuente del Berro de Madrid y propiedad de la mercantil "Beauty by día", el acusado, obrando con el ánimo de obtener un ilícito benef‌icio patrimonial, tras intimidar con un cuchillo a la empleada, Beatriz, se apoderó de 76,49 euros que había en las cajas registradoras.

    Al tiempo de los hechos las facultades volitivas del acusado se hallaban afectadas por su grave adicción a la cocaína.

SEGUNDO

Los referidos hechos son constitutivos de las siguientes infracciones penales:

A)- 5 DELITOS DE ROBO CON VIOLENCIA Y/O INTIMIDACIÓN previstos y penados en los artículos 237 y 242.1.2 y 3 del Código Penal.

B)- UN DELITO LEVE DE LESIONES tipif‌icada en el artículo 147.2 del Código Penal.

TERCERO

De los referidos delitos es responsable en concepto de autor el acusado a tenor del artículo 28.1 del Código Penal.

CUARTA

Respecto de todos los delitos concurre la circunstancia agravante de multirreincidencia de los artículo 22.8ª y 66.5ª del Código Penal y la atenuante de drogadicción de los artículos 21.2ª y 20.2º del mismo texto legal.

QUINTA

Procede imponer al acusado las siguientes penas:

- Por cada uno de los delitos del apartado A la pena de 7 AÑOS DE PRISIÓN, con la accesoria legal de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y siendo de aplicación la limitación establecida en el artículo 76.1 del Código Penal.

- Por el delito B la pena de 2 MESES DE MULTA CON UNA CUOTA DIARIA DE 6 EUROS, con la responsabilidad personal subsidiaria del artículo 53 del Código Penal.

Procede imponer al acusado el pago de las costas procesales.

En cuanto a la responsabilidad civil, el acusado infemnizará a Marina en la cantidad de 1310,02 euros por el dinero sustraído, a Constantino, en la de 2000 euros por el dinero sustraído y en la de 40 euros por los daños causados, a Soledad en la cantidad de 600 euros por las lesiones y a la mercantil "Beauty by día" en la de 76,49 euros por el dinero sustraído; cantidades que se incrementarán conforme a lo establecido en la LEC.

SEXTA

Por su parte la defensa del acusado y en igual trámite, modif‌icó su escrito de defensa y manteniendo las conclusiones primera, cuarta y sexta, modif‌icó la segunda, considerando que los hechos no son constitutivos de delitos de robo con intimidación, ni de un delito leve de lesiones; modif‌icó la tercera para negar la autoría del acusado, y modif‌ico la quinta solicitando la libre absolución.

HECHOS PROBADOS

  1. - Sobre las 18:40 horas del día 2 de enero de 2020 y en el centro óptico "Santa Marta" sito en la calle Ferrer del Río de Madrid y propiedad de Esperanza, el acusado Pio, mayor de edad y con los antecedentes penales que luego se dirán, obrando con el ánimo de obtener un ilícito benef‌icio patrimonial, tras intimidar con un cuchillo a la empleada del local, Felicisima, se apoderó de 1.630 euros de la caja registradora, después de abrirla tras estamparla contra el suelo, y del bolso de Esperanza, el cual contenía, además de 700 euros, el DNI, el permiso de conducir, un monedero y varias tarjetas de crédito/debito. Esperanza ha renunciado a percibir una indemnización por los daños y los efectos sustraídos.

  2. - Sobre las 19:30 horas del día 17 de enero de 2020 y en la farmacia "Pancorbo Pérez" sita en la calle Alcalde Sainz de Baranda de Madrid, un individuo cuya identidad no consta, obrando con el ánimo de obtener un ilícito benef‌icio patrimonial, y tras intimidar con un cuchillo al titular y encargado del establecimiento, Ángel Jesús, y a la empleada, Justa, se apoderó de 513,70 euros que había en la caja registradora. Ángel Jesús no reclama indemnización por el dinero sustraído.

  3. - Sobre las 17:30 horas del día 20 de enero de 2020 y en la farmacia sita en la calle Maldonado, nº 30 de Madrid, el acusado, obrando con el ánimo de obtener un ilícito benef‌icio patrimonial, tras intimidar con un cuchillo a la propietaria, Marina, y a la empleada, Melisa, se apoderó de 1.310,02 euros que había en las cajas registradoras.

  4. - Sobre las 18:00 horas del día 24 de enero de 2020 y en la tienda de alimentación sita en la calle Puerto de Canfranc de Madrid, propiedad de Constantino, el acusado, obrando con el ánimo de obtener un ilícito benef‌icio patrimonial, tras intimidar con un cuchillo a la empleada, Santiaga, y a la clienta, Soledad, le propinó un empujón a ésta para apartarla de la caja, provocando que la víctima cayera al suelo, y se apoderó de 2.000 euros que había en la caja registradora, tras tirarla contra el suelo. A raíz de los hechos, Soledad sufrió lesiones consistentes en lesión contusa en mano derecha, con tumefacción y hematomas en las 4 articulaciones metacarpo-falángicas (del meñique al índice) que solo precisaron para su sanidad de una primera asistencia facultativa, tardando en sanar 12 días no impeditivos.

    Los daños causados en la caja registradora han sido tasados pericialmente en 60 euros.

  5. - Sobre las 20:40 horas del día 25 de enero de 2020 y en la tienda "Clarel" sita en la calle Fuente del Berro de Madrid y propiedad de la mercantil "Beauty by día", el acusado, obrando con el ánimo de obtener un ilícito benef‌icio patrimonial, tras intimidar con un cuchillo a la empleada, Beatriz, se apoderó de 76,49 euros que había en las cajas registradoras.

    Al tiempo de los hechos las facultades volitivas del acusado se hallaban afectadas por su grave adicción a la cocaína.

    El acusado Pio, ha sido ejecutoriamente condenado, entre otras, en sentencia f‌irme de 1 de diciembre de 2011, dictada por el Juzgado...

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