SJS nº 2 337/2021, 9 de Septiembre de 2021, de Guadalajara

PonenteJESUS RODRIGUEZ HERNANDEZ
Fecha de Resolución 9 de Septiembre de 2021
ECLIECLI:ES:JSO:2021:5635
Número de Recurso435/2020

JDO. DE LO SOCIAL N. 2

GUADALAJARA

SENTENCIA: 00337/2021

Nº AUTOS: DESPIDO 435/2020

En la ciudad de Guadalajara a nueve de septiembre de dos mil veintiuno.

Don Jesús Rodríguez Hernández Magistrado-Juez sustituto del Juzgado de lo Social número dos de Guadalajara, tras haber visto los presentes autos sobre DESPIDO entre partes, de una y como demandante Don Luis, que comparece asistido por la letrada señora Jiménez y de otra como codemandadas las empresas MANTROL SERVICIOS, S.L., que no comparece, el excelentísimo Ayuntamiento de Uceda, que comparece asistido por el letrado señor Taberné, y la empresa ROMEROSA DEL HENARES S.L., que comparece asistida por el letrado señor Fraile.

EN NOMBRE DEL REY

Ha dictado la siguiente

SENTENCIA

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha dos de julio de dos mil veinte, se presentó demanda por el actor en la que interesaba la calif‌icación del despido de que decía haber sido objeto con fecha treinta y uno de mayo de dos mil veinte como nulo o subsidiariamente improcedente.

SEGUNDO

Admitida a trámite la demanda se citó a las partes para la celebración de los actos de conciliación y juicio lo que se ha verif‌icado el día de ayer con el resultado que consta en la grabación.

Las partes se remiten a las alegaciones, prueba y conclusiones del juicio de despido 436/2020, celebrado de forma inmediatamente anterior al presente, que dan por reproducido en su integridad.

HECHOS PROBADOS

PRIMERO

El demandante prestaba servicios para la empresa MANTROL SERVICIOS, S.L., en virtud de un contrato indef‌inido y a jornada completa con una antigüedad reconocida del dieciséis de septiembre de dos mil trece, ostentando la categoría profesional de Auxiliar de Servicios 1, en el centro de trabajo que la empresa regentaba en la localidad de Uceda (Urbanización Caraquiz), percibiendo un salario día de 40,48 euros con inclusión de las pagas extraordinarias.

(no controvertido)

SEGUNDO

El día treinta y uno de mayo de dos mil veinte, el actora recibió comunicación escrita, a través de correo electrónico en la que se indicaba lo siguiente:

Por medio de la presente le comunicamos que de conformidad con la legislación vigente, y con fecha de efectos del día 1 de JUNIO de 2020, usted va a pasar a prestar servicios para AYUNTAMIENTO DE UCEDA, por subrogación al haber cesado nuestra empresa, en la citada fecha, en la adjudicación del contrato de prestación de servicios de AUXILIARES DE SERVICIOS EN AYUNTAMIENTO DE UCEDA, en la que usted prestaba sus servicios.

Idéntica comunicación se remitió a otros doce trabajadores que prestaban servicios en el mismo servicio y que representaban la totalidad de la plantilla destinada al mismo.

(NO controvertido)

TERCERO

Con fecha trece de septiembre de dos mil trece la empresa JEP SERVICIOS AUXILIARES, S.L., resultó adjudicataria del servicio ofertado por el Ayuntamiento de Uceda consistente en el servicio de vigilancia de las infraestructuras urbanísticas y de emergencias de la 1ª, 2ª, 3ª y 4ª fase de la Urbanización Caraquiz.

(Documento 2 ramo del Ayuntamiento).

Según el pliego de condiciones técnicas el contenido del contrato era el siguiente:

A) OBJETO Y PRETENSIONES

Con este servicio se persigue conseguir que durante las 24 horas del día los 365 días del año un personal debidamente cualif‌icado realice las labores de vigilancia de las infraestructuras públicas y como solución de las emergencias que se pudieran producir dentro del barrio de Caraquiz.

Para lo cual se contará con el personal necesario en todo momento y de los medios oportunos para conseguir su máximo aprovechamiento y funcionalidad.

B) FUNCIONES DEL PERSONAL

- Asesoramiento e información de visitantes a la Urbanización y realización de listado con incidencias.

- Servicio de guía para cualquier vehículo de emergencias incluso de acompañamiento hasta el punto de incidencia.

- Aviso inmediato al 112 de cualquier tipo de emergencia.

- Solución de pequeñas averías o incidencias, como cortes de agua, rearme de automáticos eléctricos para lo que se les facilitarán planos de las instalaciones así como instrucciones directas.

- Revisión nocturna y diaria del alumbrado público pasando la nota de incidencias diariamente al encargado de mantenimiento.

- Revisión de bocas de incendio siempre que así se solicite y como mínimo una vez dos veces al año pasando listado de incidencias al concejal encargado.

- Limpieza y cuidado de los accesos a la Urbanización teniendo siempre en perfecto estado el puesto de trabajo.

- Ayuda a los vecinos en caso de emergencias meteorológicas como nieve, heladas etc.,

- Señalización y ayuda en caso de accidente en vía pública y aviso inmediato a quien corresponda según su gravedad.

- Notif‌icación y señalización de cualquier obstrucción para el tráf‌ico en las vías públicas al concejal encargado del tema (montones de arena incluidos).

- Colocación de contenedores de basura en sus ubicaciones habituales, cuando por cualquier circunstancia, incluso inclemencias del tiempo entorpezcan o puedan entorpecer el tránsito de vehículos o personas por las vías o espacios públicos, así como en general, retirar de los espacios públicos a zona de seguridad, cualquier elemento que pueda suponer un peligro genérico para el vecino, originado por cualquier circunstancia accidental.

- Notif‌icar a los vecinos de inmediato de cualquier avería o anomalía detectada en su propiedad en las rondas de inspección, para lo que se facilitará listado telefónico de los propietarios que voluntariamente lo faciliten.

- Prestar ayuda a los servicios de emergencia y cuerpos de seguridad en la medida de lo legalmente posible.

- Prestar especial atención a las rutas escolares dentro de la urbanización, para que en la subida o bajada de los autobuses por sus usuarios no se produzcan accidentes o riesgos derivados del tráf‌ico en la zona.

- Colaborar y ayudar a los vecinos de la urbanización siempre que así lo soliciten en la medida de sus posibilidades.

- Prestar especial atención a las personas mayores que vivan solas en la urbanización o que por su estado requieran especial cuidado, siguiendo las directrices de la Concejalía de Asuntos Sociales al respecto.

- Controlar los armarios de acometidas (agua, electricidad, etc.) al objeto de que estén totalmente cerrados y sin acceso a los mismos a f‌inde evitar accidentes dando listado al Concejal encargado del servicio de las incidencias, así como, de la falta de puerta de acceso en su caso.

- Relacionar todos los vehículos de carga que entren y salgan de la urbanización así como destino para controlar los habituales daños tanto en el mobiliario público como en las infraestructuras viarias.

- Confeccionar diariamente parte por escrito de las incidencias del servicio y facilitarlo al concejal encargado.

- Estar dotados de adecuada uniformidad que permita en todo momento el desarrollo de su labor.

- Cuidar en todo momento de la higiene personal como el trato a los vecinos.

- Estar en posesión de permiso de conducir mínimo del tipo b.

- Tener perfecto conocimiento del castellano.

- Estar a disposición de los miembros de Protección civil de este Ayuntamiento para recibir la orientación necesaria para actuaciones básicas contra incendios, primeros auxilios, señalización de accidentes etc.,

- Adquirir en corto plazo un perfecto conocimiento de la urbanización.

- Conservar en buen estado todo el material o herramientas que se les confíe por parte de este Ayuntamiento.

2. DOTACIÓN PERSONAL Y MATERIAL PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.

Condiciones del Servicio a prestar:

- Dotación personal directa de 3 trabajadores las 24 horas del día y los 365 días del año dentro del recinto de la urbanización, todos con permiso de conducir, este personal dispondrá, de forma permanentemente en la Urbanización, de dos vehículos en perfecto funcionamiento, que ha de cumplir con los siguientes requisitos y condiciones técnicas:

Condiciones técnicas del primer vehículo:

- Todo terreno o similar con tracción 4 ruedas y capaz de remolcar a cualquier turismo con problemas dentro de los límites de la urbanización o en la carretera de acceso siempre que no suponga un peligro para la circulación del tipo NISSAN PICKUP NAVARA 4X4, doble cabina dotado con cabestrante y bola para remolque, con instalación y dotación de utensilio para quitar nieve.

- Vehículo dotado con distintivos y luces adecuadas totalmente homologadas.

- Vehículo dotado con foco exterior para mejor revisión de averías en la oscuridad.

- Vehículo dotado de sistema de comunicación con casetas.

- Vehículo dotado de botiquín, extintor, linterna, caja de herramientas, megafonía.

- Estar dotado en todo momento con la documentación en regla e ITV en vigor.

El segundo vehículo deberá ser tipo furgoneta berlingo o similar y estar suf‌icientemente equipado para ser vehículo auxiliar en caso de necesidad.

3. CONDICIONES COMPLEMENTARIAS DE LA EMPRESA PRESTADORA DEL SERVICIO.

- Dotar de un sistema de comunicación ef‌iciente entre su personal de rondas y el personal de casetas, el cual hade ser un sistema integral de comunicación, no únicamente de telefonía móvil.

- Dotar de caja de herramientas a cada caseta con lo indispensable para el desarrollo de su función.

- Dotar de botiquín de primeros auxilios a cada caseta.

- Poner a su personal a disposición de protección civil para los cursos deformación que el Ayuntamiento crea conveniente.

- Tener un seguro de responsabilidad civil por importe mínimo de un millón de euros.

- La empresa será responsable y eximirá concretamente a este Ayuntamiento de cualquier incumplimiento de sus obligaciones f‌iscales y de seguridad social por todos sus trabajadores prestadores del servicio, siendo

responsable de...

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