SJS nº 3 231/2021, 10 de Agosto de 2021, de Burgos

PonenteMARTA GOMEZ GIRALDA
Fecha de Resolución10 de Agosto de 2021
ECLIECLI:ES:JSO:2021:3742
Número de Recurso633/2020

JDO. DE LO SOCIAL N. 3

BURGOS

SENTENCIA: 00231/2021

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO

AVDA. REYES CATÓLICOS (EDIFICIO DE JUZGADOS), PLANTA 1-SALA 2

Tfno: 947284055

Fax: 947284056 947284145

Correo Electrónico:

Equipo/usuario: MIV

NIG: 09059 44 4 2020 0001898

Modelo: N02700

DOI DESPIDO OBJETIVO INDIVIDUAL 0000633 /2020

Procedimiento origen: /

Sobre: DESPIDO

DEMANDANTE/S D/ña: Jose María

ABOGADO/A: TERESA TEMIÑO CUEVAS

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

DEMANDADO/S D/ña: FONDO DE GARANTIA SALARIAL, NUEVA FABRIL SEDERA SL, FABRIL SEDERA SA, Carlos Ramón

ABOGADO/A: LETRADO DE FOGASA,,,

PROCURADOR:,,,

GRADUADO/A SOCIAL:,,,

En BURGOS, a diez de agosto de dos mil veintiuno.

Dª MARTA GOMEZ GIRALDA Magistrado-Juez del JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 3 de BURGOS y su Provincia, tras haber visto los presentes autos sobre DESPIDO, seguidos a instancia de DON Jose María, que comparece asistida por el Letrado Doña Teresa Temiño, contra las empresas FADRIL SEDERA S.A. y nueva FADRIL SEDERA S.L., que comparecen asistidas por el Letrado Sr. Andrés González y DON Carlos Ramón, que comparece por sí mismo.

EN NOMBRE DEL REY

Ha pronunciado la siguiente

SENTENCIA nº 231/21

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

DON Jose María presentó demanda de procedimiento de DESPIDO contra las empresas FADRIL SEDERA S.A. y NUEVA FADRIL SEDERA S.L. y DON Carlos Ramón, en la que exponía los hechos en que fundaba su pretensión, haciendo alegación de los fundamentos de derecho que entendía aplicables al caso y f‌inalizando con la súplica de que se dicte sentencia accediendo a lo solicitado.

SEGUNDO

Que admitida a trámite la demanda, se ha celebrado el acto de juicio con el resultado que obra en las actuaciones.

TERCERO

En la tramitación de estos autos se han observado todas las prescripciones legales.

HECHOS PROBADOS

PRIMERO

El demandante, DON Jose María, con DNI número NUM000, ha venido prestando servicios para la empresa FADRIL SEDERA S.A., con categoría profesional de Of‌icial de primera y segunda, desde el día 2-6-1986, percibiendo un salario anual no discutido de 26.506,80 euros, con prorrata de pagas extraordinarias.

SEGUNDO

En fecha 27-4-2020 Doña Adoracion, en calidad de gerente de la empresa demandada, se reunió con DON Carlos Ramón, como representante de los trabajadores, a f‌in de tratar el expediente de regulación de empleo cuya incoación había anunciado la dirección de la empresa, tratándose los siguientes asuntos:

- descenso intenso de la demanda con un desajuste en la producción que suponía una utilización de la capacidad de producción de menos de un 25%.

- se da cuenta al delegado de la situación económica del ejercicio 2019, del primer trimestre de 2020 y de los ejercicios precedentes.

- se informa la necesidad de realizar un ERE de extinción total de la plantilla motivado por la reducción de la facturación, la disminución de pedidos y la cifra de pérdidas acumuladas, que ha supuesto una disminución de la cifra del patrimonio neto de la compañía muy cercana a la cifra del capital social.

- se informa de que los despidos se van a realizar el 31 de julio de 2020, excepto la sección de administración, responsable de almacén y responsable de tintes y acabados, que será en septiembre, a f‌in de terminar la venta de la maquinaria y realizar el pago a proveedores y el cobro a clientes que esté pendiente y, f‌inalmente liquidar la sociedad.

El total de trabajadores afectados es de 13 personas: cuatro personas en sección de tejido, una persona en sección de plegado y empaquetado, una persona en sección de almacén, dos personas en sección de tintes, una persona en sección de acabados, dos personas en sección de ventas y dos personas en sección de administración.

Se notif‌ica al Delegado de personal que se iba a celebrar una reunión el 4-5-2020 para iniciar el periodo de consultas con los trabajadores y llegar a un acuerdo para que la extinción de sus contratos de trabajo sea lo más traumática posible, indicando que durante el mes de abril y mayo la empresa confeccionará la documentación pertinente, de la que dará traslado puntual al Delegado de personal.

TERCERO

En fecha 4-5-2020 la empresa se reunió con el Delegado de personal, DON Carlos Ramón, para tratar la situación en la que se encuentra el mercado que ha provocado pérdidas desde el año 2009, que ha llevado a la compañía a una situación económica en la que el patrimonio neto se acerca a la cifra del capital social con un descenso de consumo de gran intensidad, lo que ha llevado a tomar la decisión de cerrar la industria al haberse reducido las posibilidades de venta quedando por debajo del 25%, siendo necesario presentar expediente de regulación de empleo de extinción de toda la plantilla a partir del próximo mes de julio, indicando los plazos en los que se procedería a la extinción de los contratos, conforme resulta del acta obrante en el acontecimiento 4 del expediente administrativo, se entrega Memoria explicativa de las causas del despido colectivo con la documentación económica, f‌iscal y contable correspondiente (impuesto de sociedades, cuenta de pérdidas y ganancias) obrante en los acontecimientos 4 a 16 del expediente administrativo, que se da por reproducido, así como informe relativo a los aspectos f‌inancieros y productivos de la empresa, a f‌in de cumplimentar la documentación requerida la solicitud del expediente de regulación de empleo.

Se decide aplicar el expediente de Regulación de Empleo de Extinción de toda la plantilla, a partir del próximo mes de Julio, en los siguientes términos:

"1°.- Se pretende cerrar la industria en el mes de Julio próximo a f‌in de terminar de tejer los plegadores que están en los telares, tintar la tela que se considere conveniente para su mejor venta y proceder a la venta de los productos semiterminados y terminados. Por último se realizará la venta de la maquinaria y la liquidación de la Cía.

  1. -De acuerdo con el calendario anterior, se pretende realizar la extinción de toda la plantilla en las siguientes etapas:

CUARTO

En fecha 4-5-2020 se presentó ante la Delegación Territorial de Burgos, Of‌icina Territorial de Trabajo, comunicación de inicio del expediente de regulación de empleo por causas económicas y productivas, que afectaba a los trece trabajadores de la empresa demandada, presentando Memoria abreviada de la sociedad del ejercicio 2016, 2017, 2018 y 2019, balance de situación abreviado, cuenta de pérdidas y ganancias de dichos ejercicios, balance de explotación y situación del ejercicio 2019 y primer trimestre de 2020 y variación del patrimonio neto. (acontecimientos 18 y 19 del expediente administrativo).

QUINTO

DON Carlos Ramón, como representante de los trabajadores, fue explicando a los trabajadores la situación en la que se encontraba la empresa, celebrándose dos reuniones, una informativa y otra en la que se dio por f‌inalizado el período de consultas con acuerdo, en fecha 20-5-2020, acordando que la empresa procedería a ejecutar los despidos entre el 31 de julio de 2020 y el 30 de septiembre de 2020 (acontecimiento 21 del expediente administrativo).

SEXTO

En fecha 17-5-2020 la empresa entregó al trabajador carta cuyo contenido obrante en el documento 1 del ramo de prueba del actor, acontecimiento 53 del expediente, se da por reproducido, en la que se le comunicaba que se procedía a la extinción de su contrato de trabajo con efectos de 31-7-2020, por motivos de carácter económico recogidos en el expediente de regulación de empleo presentado por la empresa el día 4 de mayo, del que ha tenido conocimiento a través del delegado de personal, que f‌inalizó con un acuerdo en fecha 20 de mayo de 2020.

SEPTIMO

El día 31-7-2020 la empresa entregó al trabajador cheque con un importe de 26.506,80 euros en concepto de indemnización por el despido objetivo.

OCTAVO

La empresa f‌inalizó el primer trimestre del ejercicio 2020 con pérdidas de 31.207 euros, el 2019 con pérdidas de 171.858,72 euros, el 2018 con pérdidas de 167.494,64 euros, el 2017 con pérdidas de 231.658,33 euros, el 2016 con pérdidas de 151.863,74 euros, (acontecimientos 7 y 16 del expediente administrativo).

El ejercicio 2015 f‌inalizó con pérdidas de 282.739 euros, el 2014 con pérdidas de 524.543,48 euros, el 2013 con pérdidas de 379.754,88 euros, el 2012 con pérdidas de 267.079,76 euros, el 2011 con pérdidas de 219.385,53 euros, el 2010 con pérdidas de 467.815,60 euros, el 2009 con pérdidas de 706.180,79 euros.

NOVENO

El total de ventas del 1er trimestre de 2019 ascendió a 140.339,40 euros, en el cuarto trimestre de 2018 a 146.361,50 euros y en el 3er trimestre 2018 a 117.582,60 euros; El total ventas del 1er trimestre de 2020 fue de 314.442 euros, en el cuarto trimestre de 2019 de 131.328,60 euros y en el 3er trimestre de 2019 de 118.085,50 euros.

DECIMO

La empresa FADRIL SEDERA S.A. se dedicaba a la

fabricación de tejidos, tintes y acabados, compra de hilos de algodón, lana y seda y otras f‌ibras textiles para la fabricación de tejidos de las mismas o distintas materias, su tinte, apresto y acabado, las ventas de todos los artículos expresados manufacturados. Fue constituida en 1944, siendo sus administradores mancomunados Don Rosendo y Doña Adoracion, con domicilio social en la calle López Bravo 44 de Burgos, Polígono industrial Villalonquejar.

UNDECIMO

En fecha 18-12-2020 se constituyó la empresa NUEVA FABRIL SEDERA S.L., cuyo objeto social es la fabricación, comercialización, distribución, venta de productos textiles y relacionados; la compraventa, arrendamiento, excepto el f‌inanciero y utilización de maquinaria textil;...

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