SAP Madrid 586/2021, 30 de Septiembre de 2021

JurisdicciónEspaña
Número de resolución586/2021
Fecha30 Septiembre 2021

Sección nº 02 de la Audiencia Provincial de Madrid

C/ de Santiago de Compostela, 96, Planta 4 - 28035

Teléfono: 914934540,914933800

Fax: 914934539

GRUPO TRABAJO: CG

jus_seccion2@madrid.org

37051540

N.I.G.: 28.079.00.1-2021/0182362

Apelación Sentencias Procedimiento Abreviado 1286/2021

Origen :Juzgado de lo Penal nº 25 de Madrid

Juicio Rápido 215/2021

Apelante: D./Dña. Gervasio

Procurador D./Dña. PELAYO ALEJANDRO DEL VALLE ALONSO

Letrado D./Dña. GUILLERMO GIL-ROBLES MATHIEU DE VIENNE

Apelado: D./Dña. MINISTERIO FISCAL

SENTENCIA Nº 586/2021

ILMOS/AS. SRES./AS MAGISTRADOS/AS

Dña. CARMEN COMPAIRED PLO (PONENTE)

D. VALENTÍN JAVIER SANZ ALTOZANO

Dª GEMMA GALLEGO SÁNCHEZ

En Madrid, a treinta de septiembre de dos mil veintiuno.

VISTO, por esta Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Madrid, el recurso de apelación interpuesto por el Procurador D. Pelayo Alejandro del Valle Alonso, en nombre y representación de D. Gervasio, contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal nº 25 de Madrid, siendo parte apelada el Ministerio Fiscal.

Es ponente la Magistrada Ilma. Sra. Dª CARMEN COMPAIRED PLO, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juicio Oral de referencia se dictó Sentencia con fecha 28/06/2021 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

>FALLO:>" Que debo condenar y condeno a Gervasio,como autor responsable de un delito contra la seguridad vial del artículo 379,2 y un delito de negativa a realizar las pruebas de alcoholemia del artículo 383 del Código Penal,con la concurrencia como circunstancias modif‌icativas de la responsabilidad criminal de la atenuante analógica de de embriaguez del artículo 21,7 del Código Penal en relación con el 21,1 y 20,2 de dicho texto legal respecto al delito del artículo 383 y sin la concurrencia de circunstancias modif‌icativas de la responsabilidad criminal respecto al delito del artículo 379,2, imponiéndole, por el delito contra la seguridad vial del artículo 379,2 del CP,la pena de 6 meses multa,a razón de una cuota diaria de 4 euros, con aplicación subsidiaria de lo establecido en el artículo 53 del Código Penal en caso de impago, y la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante un periodo de 1 año y 1 día,y por el delito del artículo 383 del CP,la pena de 6 meses de prisión con la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante un periodo de 1 año y 1 día,y la accesoria prevenida en el artículo 56,2 de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo que dure la condena privativa de libertad y con expresa imposición de las costas procesales .

Y como Hechos Probados, expresamente se recogen los de la sentencia apelada:

El día 29 de Mayo de 2021, aproximadamente sobre la 00,40 horas, Gervasio, nacido el NUM000 -94 en República Dominicana, con NIE NUM001,mayor de edad y sin antecedentes penales, conducía el vehículo marca Renault Megane, matrícula .... RYD por Avenida Herrera Oria de Madrid, habiendo ingerido previamente bebidas alcohólicas que disminuían su capacidad,facultades y ref‌lejos,no respetando una señal de ceda el paso lo que fue observado por agentes de la policía local que procedieron a interceptarlo, y al apreciar los síntomas que presentaron avisaron a otro indicativo para la realización del test de alcoholemia.

Requerido por dichos agentes de la Policía Local para la práctica de la prueba de determinación del grado de impregnación etílica,mediante etilómetro debidamente autorizado y verif‌icado, Gervasio comenzó a practicar dicha prueba, pero voluntariamente la interrumpía o la realizaba indebidamente sin llegar a concluirla, llegando a realizar esta conducta en cuatro ocasiones, pese a ser requerido para que la realizara correctamente y advertido de las consecuencias legales de su negativa .

Gervasio, quien padece asma, presentaba un fuerte olor a alcohol, ojos enrojecidos, habla pastosa,verborrea y pérdida de verticalidad .

."

SEGUNDO

Por el Juzgado de lo Penal referido, se remitieron a este Tribunal los Autos originales con todos los escritos presentados y, recibidos que fueron, se señaló día para deliberación.

HECHOS PROBADOS

Se aceptan y se tienen por reproducidos los de la sentencia recurrida.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

:

PRIMERO

Se interpone recurso de apelación por la representación de Gervasio contra la Sentencia de 28/06/2021 y se invocan como motivos: infracción del artículo 379.2 del Código Penal. Infracción del principio de presunción de inocencia del artículo 24 de la CE y subsidiariamente del principio in dubio por reo. El error de hecho en la apreciación de la prueba en relación con la negativa a someterse a la prueba de alcoholemia. Artículo 383 del Código Penal. Infracción por aplicación indebida del artículo 383 del Código Penal y subsidiariamente del principio in dubio pro reo.

Solicita la revocación de la Sentencia y se le absuelva.

SEGUNDO

El Fiscal impugna el recurso e interesa su desestimación y la conf‌irmación de la Sentencia.

TERCERO

Dado que se invocan varios motivos en el recurso, antes de proceder a resolver el primero de ellos, vamos a referirnos al segundo en relación con la presunción de inocencia y subsidiariamente el principio in dubio pro reo, y se debe señalar que en tal sentido nuestro Tribunal Supremo en Sentencias de 4 de octubre de 1999 y 26 de junio de 1998, entre otras, señala que para poder apreciar en el proceso penal una vulneración del principio a la presunción de inocencia se requiere que en la causa exista un vacío probatorio sobre los hechos que sean objeto del proceso, o sobre alguno de los elementos esenciales de los delitos enjuiciados, pese a lo...

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