SAP Lleida 283/2021, 28 de Septiembre de 2021

JurisdicciónEspaña
Fecha28 Septiembre 2021
Número de resolución283/2021

AUDIENCIA PROVINCIAL DE LLEIDA

SECCIÓN 1

Rollo Apelación juicio sobre delitos leves nº 86/2021 - Judici sobre Delitos Leves núm.:27/2021

Juzgado Violencia sobre la mujer 1 Lleida

S E N T E N C I A NÚM. 283 /21

En la ciudad de Lleida, a veintiocho de septiembre de dos mil veintiuno.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Lleida, constituida por mí, Maria Angeles Andrés Llovera ha visto, en grado de apelación constituido en Tribunal unipersonal, los autos de Judici sobre Delitos Leves núm.: 27/2021 del Juzgado Violencia sobre la mujer 1 Lleida y del que dimana el Rollo de Sala núm.:86/2021, habiendo sido partes, en calidad de apelante, Celia, representada y defendida por el Letrado Don RAFAEL GONZALEZ TORRES, se adhiere al recurso Jose Luis representado y defendido por la Letrado Doña ALMUDENA GONZALEZ JIMENEZ, y en calidad de partes apeladas Emilia, representada por y defendida por la Letrada Doña CRISTINA ARGILES HUGUET, así como el Ministerio Fiscal .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Instrucción se dictó sentencia cuya parte dispositiva dice lo siguiente: "Por todo lo expuesto, en nombre del Rey, por la autoridad que me conf‌iere la Constitución, he decidido: 1. Condenar a Dña. Celia, como autora de un delito leve de lesiones y como autora de un delito leve de amenazas, precedentemente def‌inidos, a la pena, por cada uno de los delitos, de TRES MESES (3 MESES) DE MULTA con una cuota diaria de DIEZ EUROS (10 €), quedando sujeta a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas. 2. Se impone a Dña. Celia, por cada uno de los delitos, la prohibición de aproximarse a menos de 100 metros de Dña. Emilia, en cualquier lugar donde se encuentre, así como acercarse a su domicilio, a su lugar de trabajo y a cualquier otro que sea frecuentado por ella, y de establecer con ella por cualquier medio de comunicación o medio informático o telemático, contacto escrito, verbal o visual, por tiempo de 6 meses a contar desde la fecha de f‌irmeza de esta Sentencia. 3. Absolver a Jose Luis de los demás hechos que dieron lugar a la incoación del presente procedimiento. 4. Absolver a Emilia de los demás hechos que dieron lugar a la incoación del presente procedimiento. 5. Condenar a Celia al pago de las costas causadas en este procedimiento".

SEGUNDO

Contra la referida sentencia se interpuso recurso de apelación mediante escrito del que se dio traslado a las partes contrarias para impugnación o adhesión, evacuando dicho trámite en el sentido de impugnarlo solicitando la íntegra conf‌irmación de la sentencia recurrida.

TERCERO

Seguidamente se elevaron los autos a esta Audiencia Provincial Sección Primera, que acordó formar rollo y designar Magistrado Ponente para conocer del recurso, al que pasaron las actuaciones para dictar la resolución correspondiente.

HECHOS PROBADOS

ÚNICO.- Se aceptan los hechos probados en todo lo que no contradigan lo dispuesto en esta Sentencia.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Constituye el objeto de impugnación, únicamente, la pena impuesta en la sentencia de instancia a Celia, quien ha sido condenada a la pena de tres meses de multa a razón de diez euros diarios como autora de un delito leve de lesiones y la pena de tres meses de multa a razón de diez euros diarios como autora de un delito leve de amenazas. El recurso se funda en la falta de motivación de la sentencia de instancia en la...

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