SAP Madrid 396/2021, 29 de Julio de 2021
Jurisdicción | España |
Fecha | 29 Julio 2021 |
Número de resolución | 396/2021 |
Sección nº 03 de la Audiencia Provincial de Madrid
C/ de Santiago de Compostela, 96, Planta 5 - 28035
Teléfono: 914934543,914934731
Fax: 914934542
Grupo de trabajo CT
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37050100
N.I.G.: 28.079.00.1-2020/0101140
Apelación Juicio sobre delitos leves 1011/2021
Origen :Juzgado de Instrucción nº 08 de Madrid
Juicio sobre delitos leves 1503/2020
SENTENCIA NUM: 396
En Madrid, a 29 de julio de 2021 .
El Ilmo. Sr. D. Agustín Morales Pérez Roldán, Magistrado de la Sección 3ª de la Audiencia Provincial, actuando como Tribunal Unipersonal al amparo de lo previsto en el artículo 82 de la LOPJ en turno de reparto, ha visto en segunda instancia, ante esta Sección Tercera, la presente apelación contra la Sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción nº 8 de Madrid, en el Juicio por Delitos Leves seguido ante dicho Juzgado bajo el número 1503/20, habiendo sido partes como apelante Patricia y como apelados, el Ministerio Fiscal y Penélope .
El Juzgado de Instrucción nº 8 de Madrid en el Juicio por Delitos Leves antes mencionado dictó Sentencia con fecha 20 de enero de 2021, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO a D./DÑA. Rosa Denunciado: de toda responsabilidad criminal por los hechos enjuiciados, con declaración de costas de oficio". Con fecha 7 de mayo de 2021 se dictó auto en virtud del cual se rectificó la sentencia indicada en el sentido, entre otros, de que donde dice Debo absolver y Absuelvo a D./DÑA. Rosa ...", debe decir Debo absolver y Absuelvo a D./DÑA. Penélope denunciado.
Notificada dicha Sentencia a las partes, por Patricia se interpuso recurso de Apelación, haciendo las alegaciones que se contienen en su escrito que aquí se tienen por reproducidas, dando traslado al resto de partes. El Ministerio Fiscal y la representación procesal de Penélope, solicitaron la desestimación del recurso y la confirmación de lo resuelto.
Recibido el procedimiento en esta Audiencia y Sección Tercera el día 20 de julio de 2021, se acordó la formación del Rollo, al que correspondió el número 1011/21, acordándose por la Sala se dictase la resolución correspondiente por el Magistrado Unipersonal reseñado al principio de la presente.
Con fecha 20 de julio de los corrientes se solicitó la grabación de la primera parte del juicio, no adjuntada, que se ha recibido el día 27 del mismo mes y año.
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HECHOS PROBADOS
Se aceptan y dan por reproducidos íntegramente los que como tales figuran en la Sentencia apelada.
En el recurso que ahora se examina se solicita la nulidad del juicio y de la sentencia por infracción de normas y garantías procesales causantes de indefensión, con celebración de nueva vista, a fin de que se practique la prueba propuesta consistente en el audio propuesto en el acto del juicio oral por la ahora recurrente.
De forma reiterada el Tribunal Constitucional ha mantenido que...
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