SAP Madrid 396/2021, 29 de Julio de 2021

JurisdicciónEspaña
Fecha29 Julio 2021
Número de resolución396/2021

Sección nº 03 de la Audiencia Provincial de Madrid

C/ de Santiago de Compostela, 96, Planta 5 - 28035

Teléfono: 914934543,914934731

Fax: 914934542

Grupo de trabajo CT

audienciaprovincial_sec3@madrid.org

37050100

N.I.G.: 28.079.00.1-2020/0101140

Apelación Juicio sobre delitos leves 1011/2021

Origen :Juzgado de Instrucción nº 08 de Madrid

Juicio sobre delitos leves 1503/2020

SENTENCIA NUM: 396

En Madrid, a 29 de julio de 2021 .

El Ilmo. Sr. D. Agustín Morales Pérez Roldán, Magistrado de la Sección 3ª de la Audiencia Provincial, actuando como Tribunal Unipersonal al amparo de lo previsto en el artículo 82 de la LOPJ en turno de reparto, ha visto en segunda instancia, ante esta Sección Tercera, la presente apelación contra la Sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción nº 8 de Madrid, en el Juicio por Delitos Leves seguido ante dicho Juzgado bajo el número 1503/20, habiendo sido partes como apelante Patricia y como apelados, el Ministerio Fiscal y Penélope .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Instrucción nº 8 de Madrid en el Juicio por Delitos Leves antes mencionado dictó Sentencia con fecha 20 de enero de 2021, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO a D./DÑA. Rosa Denunciado: de toda responsabilidad criminal por los hechos enjuiciados, con declaración de costas de of‌icio". Con fecha 7 de mayo de 2021 se dictó auto en virtud del cual se rectif‌icó la sentencia indicada en el sentido, entre otros, de que donde dice Debo absolver y Absuelvo a D./DÑA. Rosa ...", debe decir Debo absolver y Absuelvo a D./DÑA. Penélope denunciado.

SEGUNDO

Notif‌icada dicha Sentencia a las partes, por Patricia se interpuso recurso de Apelación, haciendo las alegaciones que se contienen en su escrito que aquí se tienen por reproducidas, dando traslado al resto de partes. El Ministerio Fiscal y la representación procesal de Penélope, solicitaron la desestimación del recurso y la conf‌irmación de lo resuelto.

TERCERO

Recibido el procedimiento en esta Audiencia y Sección Tercera el día 20 de julio de 2021, se acordó la formación del Rollo, al que correspondió el número 1011/21, acordándose por la Sala se dictase la resolución correspondiente por el Magistrado Unipersonal reseñado al principio de la presente.

Con fecha 20 de julio de los corrientes se solicitó la grabación de la primera parte del juicio, no adjuntada, que se ha recibido el día 27 del mismo mes y año.

  1. HECHOS PROBADOS

Se aceptan y dan por reproducidos íntegramente los que como tales f‌iguran en la Sentencia apelada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el recurso que ahora se examina se solicita la nulidad del juicio y de la sentencia por infracción de normas y garantías procesales causantes de indefensión, con celebración de nueva vista, a f‌in de que se practique la prueba propuesta consistente en el audio propuesto en el acto del juicio oral por la ahora recurrente.

De forma reiterada el Tribunal Constitucional ha mantenido que...

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