STSJ Comunidad Valenciana 1092/2021, 15 de Diciembre de 2021

JurisdicciónEspaña
Número de resolución1092/2021
Fecha15 Diciembre 2021

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA

COMUNIDAD VALENCIANA

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN 3ª

RECURSO DE APELACION [RPL] - 000079/2021

N.I.G.: 46250-45-3-2020-0004179

SENTENCIA NÚM. 1092/21

En la ciudad de Valencia a 15 de diciembre de 2021.

Visto por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. don Luis Manglano Sada, Presidente, don Rafael Pérez Nieto y don José Ignacio Chirivella Garrido, Magistrados, el recurso de apelación tramitado con el núm. de rollo 79/21, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 3 de Valencia en el asunto núm. 314/20. Ha sido parte apelante el Ayuntamiento de L'Olleria, representado y defendido por el Letrado Sr. Samper Mollá, y parte apelada "Plásticos Vidal" SL, representada por el Procurador Sr. Sanz Pascual y defendida por la Letrada Sra. Engo García. Ha sido ponente el Magistrado don Rafael Pérez Nieto.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha de 24-5-2021 el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 3 de Valencia dictó sentencia núm. 188/21 en el asunto 314/20. La sentencia estimó el recurso contencioso-administrativo interpuesto por "Plásticos Vidal" SL contra el acuerdo de 7-8-2020 del Concejal de Economía del Ayuntamiento de L'Olleria que desestimó el recurso de reposición contra la liquidación del IIVTNU (Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana) por importe de 58351,04 euros.

SEGUNDO

Por el Ayuntamiento de L'Olleria se interpuso recurso de apelación contra la referida sentencia. El recurso fue admitido por el Juzgado y se dio traslado del mismo a la representación procesal de "Plásticos Vidal" SL, parte apelada, que interesó la confirmación de la sentencia.

TERCERO

El Juzgado elevó las actuaciones a este Tribunal; una vez recibidas y formado el correspondiente rollo, se dictó providencia señalando votación y fallo para el 17 de noviembre del 2021.

CUARTO

Mediante providencia y en los términos del art. 65.1 de la LJCA, la Sala acordó dar traslado a las partes para que alegaran sobre la constitucionalidad de los arts. 107.1, 107.2 a) y 107.4 de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, según la interpretación contenida en la STC 182/2021, de 26 de noviembre.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El Ayuntamiento de L'Olleria ha interpuesto recurso de apelación contra la sentencia reseñada en el primer antecedente. Mediante dicha sentencia, el Juzgado a quo estimó el recurso contencioso-administrativo que "Plásticos Vidal" SL planteó contra el acuerdo municipal que desestimó la...

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