SJS nº 2 135/2021, 19 de Abril de 2021, de Pamplona

PonenteLEYRE URRETAVIZCAYA ARDANAZ
Fecha de Resolución19 de Abril de 2021
ECLIECLI:ES:JSO:2021:8055
Número de Recurso21/2020

En la ciudad de Pamplona/Iruña, a 19 de abril del 2021.

Don/Doña LEYRE URRETAVIZCAYA ARDANAZ Magistrado-Juezdel Juzgado de lo Social Nº 2 de Pamplona/ Iruña tras haber visto los presentes autos de Despidos / Ceses en general nº 0000021/2020 sobre Materias laborales colectivas, entre partes, de una como demandante Sagrario representado y asistido por el Letrado

D./Dña. LUIS MARIA SOLA IGUAL, y de otra como demandada SERVICIO NAVARRO DE SALUD-OSASUNBIDEA representado y defendido por el Letrado D./Dña. LETRADO DE LA COMUNIDAD FORAL NAVARRA.

EN NOMBRE DEL REY

Ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A nº 000135/2021

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte actora formuló demanda el día 15/01/2020 que correspondió a este Juzgado por turno de reparto, en la que tras alegar los hechos y fundamentos legales en que apoya su pretensión, termina suplicando se admita a trámite, y en su día, previa celebración del juicio correspondiente se dicte sentencia de conformidad con el suplico de la demanda, designa Letrado para su defensa en juicio y demás incidencias.

SEGUNDO

Admitida a trámite la demanda fue acordada la celebración del juicio correspondiente al que, previa la citación legal, han comparecido las partes el día23/03/2021 señalado al efecto, haciéndolo la actora asistida por el/la Letrado/a Sr/a. LUIS MARIA SOLA IGUAL compareciendo por la parte demandada el/la Letrado/a Sr/

  1. LETRADO DE LA COMUNIDAD FORAL NAVARRA.

Abierto el acto, la parte actora se af‌irmó y ratif‌icó en la demanda solicitando la estimación de la misma previo recibimiento del juicio a prueba. En periodo de prueba se unió a los autos la documental aportada.

En conclusiones las partes se ratif‌ican en sus pretensiones, dándose por terminado el acto, quedando en este estado los autos a la vista para dictar sentencia.

TERCERO

Se solicitó informe del Ministerio Fiscal sobre la invocada excepción de falta de incompetencia de la Jurisdicción social con el resultado obrante en autos.

CUARTO

En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales.

HECHOS PROBADOS

PRIMERO

La demandante D. ª Sagrario, con DNI NUM000, ha venido prestando servicios como ATS- DUE, nivel B, en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, desde el 13 de agosto de 2004 hasta el 28 de enero de 2020 y entre el 29 de enero de 2020 y el 14 de enero de 2020 como Enfermero, nivel B, habiendo suscrito un total de 93 contratos en régimen administrativo, en orden a la atención de otras necesidades de personal y de

sustitución. ( folio 163, certif‌icado de servicios prestados). Los contratos suscritos obran en autos dándose su contenido por íntegramente reproducido.

SEGUNDO

En concreto, la demandante suscribió los contratos en régimen administrativo en orden a la atención de otras necesidades de personal que seguidamente se expresan:

2.1. Desde el 05 de octubre de 2004 hasta el 05 de octubre de 2004 (folio 86 y ss).

2.2. Desde el 19 de octubre de 2004 hasta el 29 de octubre de 2004 (folio 90 vuelto y ss.)

2.3 Desde el 16 de noviembre de 2004 hasta el 16 de noviembre de 2004 (folio 100 y ss.)

2.4 Desde el 03 de febrero de 2005 hasta el 03 de febrero de 2005 (folio 152 y ss.)

2.5 Desde el 08 de febrero de 2005 hasta el 08 de febrero de 2005 (folio 146 y ss.).

2.6 Desde el 10 de febrero de 2005 hasta el 10 de febrero de 2005 (folio 141 vuelto y ss.).

2.7 Desde el 31 de mayo de 2005 hasta el 31 de mayo de 2005 (folio 164 y ss.).

2.8 Desde el 07 de junio de 2005 hasta el 07 de junio de 2005 (folio 168 y ss.).

2.9 Desde el 27 de junio de 2005 hasta el 27 de junio de 2005 (folio 180 y ss.).

2.10 Desde el 30 de junio de 2005 hasta el 30 de junio de 2005 (folio 184 vuelto y ss.).

2.11 Desde el 26 de noviembre de 2005 hasta el 26 de noviembre de 2005 (folio 201 y ss.)

Asimismo, entre el 12 de agosto de 2004 y el 03 de marzo de 2006, suscribió un total de 28 contratos administrativos de sustitución de permiso sin sueldo, vacaciones, formación, docencia y enfermedad.

TERCERO

La demandante suscribió en fecha 27 de marzo de 2006 contrato administrativo de atención de otras necesidades de personal en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, con efectividad de servicios conforme a su cláusula cuarta, entre el día 27 de marzo de 2006 y el día 13 de junio de 2006, justif‌icándose por la Jefe de Área Quirúrgica la necesidad de contratación de una DUE para cubrir las tardes de lunes a martes por programación extraordinaria en Quirófano Central, en el que se realiza cirugía de gran complejidad, teniendo en cuenta que las personas que en la actualidad hay en las listas con experiencia en quirófano están contratadas cubriendo otras necesidades y que el resto de personas en lista no están preparadas para cubrir dicho quirófano. (folio 409 y ss, 415)

La demandante renunció voluntariamente, en fecha 06 de junio de 2006, al expresado contrato, haciendo constar el día 06 de junio de 2006 como el último día de trabajo con el f‌in de desempeñar una baja incompatible con dicho contrato. (f. 413).

En fecha 07 de junio de 2006 la demandante suscribió un contrato administrativo de sustitución por enfermedad que se prorrogó hasta el 15 de junio de 2006.

CUARTO

El resto de contratos administrativos suscritos por la demandante a partir del 26/06/2006 que constan en el expediente administrativo, no impugnados, son de sustitución por enfermedad, vacaciones y promoción, a excepción del contrato suscrito en 01/10/2006 hasta el 07/01/2007 para la provisión temporal de vacante de ATS/DUE nivel B, existente en la plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus organismos autónomos, adscrita a Unidad de Enfermería Bloque Quirúrgico A (Hospital de Navarra) y con destino en Unidad de Enfermería de Bloque Quirúrgico A (Hospital de Navarra), vacante, ésta, que se encuentra dotada presupuestariamente que ha sido identif‌icada con el número NUM001 .

QUINTO

En fecha 05 de junio de 2008 la demandante suscribió un contrato en régimen administrativo con el f‌in de sustituir temporalmente a D. ª Celsa, con el puesto de trabajo de ATS/DUE nivel B, con destino en Unidad de Enfermería de Quirófano y Esterilización, que ocupa la plaza identif‌icada en plantilla con el número NUM002 que se encuentra en situación de Servicios Especiales.

5.1 Conforme a su cláusula CUARTA, la efectividad de los servicios y de este contrato se f‌ija en el día 5 de junio de 2008, extinguiéndose automáticamente, el mismo, "por el transcurso del plazo pactado o por el cumplimiento de la condición resolutoria, a saber, por la reincorporación del empleado sustituido, por el vencimiento del plazo legal o reglamentariamente establecido para la reincorporación, y por la extinción de la causa que dio lugar a la reserva del puesto de trabajo. Por consiguiente, dicho contrato quedará extinguido por cualquiera de las siguientes causas: a) Por el transcurso del plazo pactado; b) Por reincorporación a su puesto de trabajo de la persona a la que sustituye temporalmente, doña Celsa al cesar la causa determinante de su sustitución, y consiguientemente, su derecho de reserva del puesto de trabajo; c) Por el vencimiento del plazo legal o reglamentariamente establecido para la reincorporación; d) Por la f‌inalización del periodo de

Servicios Especiales; e) Por extinción, cualquiera que fuera su causa, del derecho de reserva del puesto de trabajo, identif‌icado en plantilla con el número NUM002 de la persona sustituida. (...)". ( folio 252).

5.2 Por Resolución 423E/2019, de 9 de octubre, de la Jefa del Servicio de Profesionales del Área de Salud de DIRECCION000, se acuerda la f‌inalización de la Situación Especial en Activo de Doña Celsa, personal funcionario, ATS/DUE adscrita a la Unidad de Enfermería de Cuidados de bloque quirúrgico y esterilización del Área de Salud de DIRECCION000, número de plaza NUM003, para desempeñar un puesto de trabajo de MÉDICO S.N.U., en el E.A.P. de DIRECCION001 del Área de Salud de DIRECCION000, número de plaza NUM004, con efectos de 8 de octubre de 2019. (folio 244 vuelto).

5.3 Por Resolución 2879/2019, de 7 de octubre, de la Directora General de Función Pública, se concedió excedencia voluntaria del puesto de trabajo de Enfermero/a a Doña Celsa para desempeñar otro puesto de trabajo en el Departamento de Educación. (folio 242)

5.4 Por Resolución 426E/2019 de 11 de octubre, de la Jefa del Servicio de Profesionales del Área de Salud de DIRECCION000 se acuerda adscribir provisionalmente, por un período de un año a Don Luciano, personal funcionario, ATS/DUE número de plaza NUM005, adscrito a la unidad de enfermería de cuidados en hospitalización quirúrgica a un puesto de su misma categoría profesional, número de plaza NUM003 en la unidad de enfermería de cuidados en bloque quirúrgico y esterilización, con efectos desde el día 10 de octubre de 2019. (folio 245 vuelto).

5.5 En fecha 09 de octubre de 2019 fue remitido a la demandante un SMS a f‌in de que acudiera a f‌irmar documento al Centro de Trabajo o unidad de personal donde presta sus servicios (folio 243 vuelto).En fecha 10 de octubre de 2019 fue remitido a la actora un correo electrónico a f‌in de que ésta procediera a llamar de forma urgente al servicio de personal de DIRECCION000 . Consta justif‌icante de CORREOS de remisión de correo certif‌icado en fecha 20 de noviembre de 2020.

SEXTO

En fecha 15 de octubre de 2019 la demandante aceptó un contrato hallándose en situación de licencia por maternidad o adopción para el puesto de Enfermero en la Unidad de Enfermería de Cuidados en Hospitalización Quirúrgica en HOSPITAL000 de DIRECCION000, entre el 11/10/2019, previéndose la incorporación al citado puesto al f‌inalizar el descanso maternal el día 29/01/2020.

SÉPTIMO
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