SAP Santa Cruz de Tenerife 121/2021, 13 de Abril de 2021

JurisdicciónEspaña
Fecha13 Abril 2021
Número de resolución121/2021

SECCIÓN SEXTA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL

Avda. Tres de Mayo nº 3 - 2ª Planta

Santa Cruz de Tenerife

Teléfono: 922 34 94 51-49

Fax: 922 34 94 50

Email: s06audprov.tfe@justiciaencanarias.org

Sección: JG

Rollo: Apelación juicio rápido

Nº Rollo: 0000304/2021

NIG: 3800643220190007369

Resolución:Sentencia 000121/2021

Proc. origen: Juicio Rápido Nº proc. origen: 0000047/2020-00

Jdo. origen: Juzgado de lo Penal Nº 6 de Santa Cruz de Tenerife

Interviniente: Rollo 29/2021

Apelante: Leandro ; Abogado: Placido Alonso Peña Fumero; Procurador: Francisco Jose Gomez Afonso

Acusador particular: AXA SA SEGUROS GENERALES; Abogado: Rita Maria Gonzalez Toledo; Procurador: Maria Eugenia Beltran Gutierrez

Acusador particular: Special Prices Auto Reisen SL; Abogado: Leopoldo Escobar Martinez De Azagra; Procurador: Rita Brito Rodriguez

SENTENCIA

Iltmos. Sres.

Presidente

D. José Luis González González (Ponente)

Magistrados

D. Emilio Moreno y Bravo.

Dña. María Vega Álvarez.

En Santa Cruz de Tenerife, a 13 de abril de 2021.

Visto en grado de Apelación, en nombre de S.M. El Rey, el Rollo nº 304/21, del Juicio Rápido nº 47/20, seguido en el Juzgado de lo Penal nº 6 de Santa Cruz de Tenerife, y habiendo sido partes, de la una y como apelante

D. Leandro, representado por el Procurador Sr. Gómez Afonso, asistido del letrado Sr. Peña Fumero, siendo parte el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que por el Juzgado de lo Penal nº 6, resolviendo en el referido Procedimiento, con fecha 30 de noviembre de 2020, se dictó sentencia cuyo Fallo es del tenor literal siguiente:

Que debo CONDENAR Y CONDENO al acusado D. Leandro, como autor penalmente responsable de un delito contra la seguridad vial ya def‌inido, sin la concurrencia de circunstancias modif‌icativas de la responsabilidad penal, a las siguientes penas:

Doce meses de multa a razón de una cuota diaria de seis euros con la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas en caso de impago.

RC El acusado indemnizará a SPECIAL PRICES AUTO REISEN SL en la cantidad a determinar en ejecución de sentencia por los daños causados en el vehículo de su propiedad, interesando que en la sentencia que se dicte se haga constar que dicha cantidad devengará el interés legal incrementado en dos puntos, conforme a lo dispuesto en el art. 576, apartado 1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo de dos años y un día.

Todo ello con el pago de las costas procesales causadas.

SEGUNDO

Que la referida resolución declara como probados los siguientes hechos:

"ÚNICO.- Sobre las 04:15 horas del día 6 de julio de 2019, el acusado Leandro, de nacionalidad italiana, con NIE n.º NUM000, mayor de edad, sin antecedentes penales, conducía el vehículo marca Citröen, modelo C3, de matrícula ....DXD, propiedad de Special Prices Auto Reisen S.L. y asegurado en AXA Seguros Generales S.A. por la Avda. Rafel Puig Lluvina, en Playa de las Américas, dentro de la localidad de Arona, a sabiendas de que tenía limitadas sus aptitudes psicofísicas para ello, debido a la previa ingestión de bebidas alcohólicas, lo que inf‌luía en su conducción, con el consiguiente riesgo para la seguridad del tráf‌ico y del resto de los usuarios de la vía.

Como quiera que el acusado tenía seriamente afectadas sus capacidades de percepción, atención y reacción como consecuencia de la previa ingesta de bebidas alcohólicas, al alcanzar la altura del Hotel La Siesta perdió el control del vehículo colisionando contra un bolardo y causando daños en el mismo por los que la empresa propietaria reclama.

Personada en el lugar del accidente una patrulla policial, los agentes requirieron al acusado que se sometiera a las pruebas legal y reglamentariamente establecidas para la detección de alcohol al presentar evidentes síntomas externos de hallarse bajo los efectos de bebidas alcohólicas. Estas pruebas, practicadas con el etilómetro DRÄGER, modelo 7510 con nº de serie ARKN-0013 y verif‌icación válida hasta el 17/06/2020 arrojaron un resultado positivo de 0'76 miligramos de alcohol por litro de aire espirado en primera prueba practicada a las 04:45 horas, y de 0'74 miligramos a las 05:04 horas."

TERCERO

Que impugnada la Sentencia, con emplazamiento de las partes se remitieron a éste Tribunal las actuaciones formándose el correspondiente rollo y dado trámite al Recurso, se señaló día para la...

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