AAP Lleida 131/2021, 5 de Marzo de 2021
Jurisdicción | España |
Fecha | 05 Marzo 2021 |
Número de resolución | 131/2021 |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE LLEIDA
SECCIÓN PRIMERA
Rollo de Apelación instrucción núm. 76/2021
Previas núm. 15/2020
JUZGADO INSTRUCCIÓN 1 VIELHA E MIJARAN.EXCLUSIVO VIOLENCIA SOBRE LA MUJER (UPAD)
A U T O NUM. 131 /21
Ilmos/as. Sres/as.
Presidenta
MARIA LUCIA JIMENEZ MARQUEZMagistrados/as:
MERCE JUAN AGUSTIN
MARIA ANGELES ANDRÉS LLOVERA
En la ciudad de Lleida, a cinco de marzo de dos mil veintiuno.
La Sección Primera de esta Audiencia Provincial, integrada por los señores/as indicados al margen, han visto el presente recurso de apelación contra auto de 27/07/2020, dictada en Previas número 15/2020, seguidas ante el Juzgado Instrucción 1 Vielha e Mijaran.Exclusivo violencia sobre la mujer (UPAD).
Es apelante Onesimo, representado y dirigido por el Letrado D. Angel Melgosa Alonso, se adhiere al recurso el Ministerio Fiscal .
Es Ponente de esta resolución la Magistrada Ilma. Sra. Dª. María Angeles Andrés Llovera.
Por el Juzgado se dictó auto acordando la inhibición de la causa en favor del Juzgado de Violencia Sobre la Mujer de Ciudad Real, auto que fue recurrido en reforma y subsidiariamente en apelación, del que se dió traslado al Ministerio Fiscal y demás partes para alegaciones, evacuando dicho trámite en el sentido de impugnarlo y de solicitar la desestimación del recurso y la íntegra confirmación del Auto recurrido.
Elevada la causa a esta Audiencia Provincial, Sección Primera, la Sala acordó formar rollo y se designó Magistrado ponente al que se entregaron los autos con señalamiento de día y hora para deliberación y votación.
Constituye el objeto de este recurso la decisión del Juzgado de Instrucción de Vielha en funciones de violencia sobre la mujer consistente en la inhibición de la causa en favor del Juzgado de Violencia Sobre la Mujer de Ciudad Real por considerar que allí se ubica el domicilio de la víctima. En este orden de cosas, el Juzgado de Instrucción de Vielha incoó diligencias Urgentes en virtud de un atestado de los Mossos DEsquadra de Vielha referido a unos presuntos maltratos psicológicos y físicos producidos en Ciudad Real y unas presuntas amenazas perpetradas en la población de Gausac ( sita en el partido judicial de Vielha e Mijaran). La víctima designó un domicilio en la localidad de Ciudad Real. En atención a ello, la Juez de Instrucción, tras acordar la transformación de las presentes Diligencias Urgentes en Diligencias Previas, decidió la inhibición de la causa en favor del Juzgado de Violencia Sobre la Mujer de Ciudad Real.
Esta decisión de inhibición es impugnada por el investigado sobre la base de entender que el Juzgado de Vielha es el competente habida cuenta que en el momento de comisión de los hechos la pareja residía en la población de Gausac, añadiendo además que es en el Valle de Aran donde el investigado reside y trabaja. El Ministerio Fiscal se adhiere al recurso e interesa...
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