SAP Barcelona 50/2021, 4 de Febrero de 2021

JurisdicciónEspaña
Fecha04 Febrero 2021
Número de resolución50/2021

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA

SECCIÓN PENAL 21

Rollo de Apelación 4/2021

Procedimiento Abreviado 438/2019(dimanante Diligencia Urgentes 140/19)

Juzgado de lo Penal nº 22 de Barcelona

SENTENCIA Nº 50/21

Ilmos Sres:

Dº. CARLOS ALMEIDA ESPALLARGAS

Dº. JOSÉ VILLODRÉ LÓPEZ

Dª. ISABEL GALLARDO HERNÁNDEZ

En Barcelona, a 4 de febrero de 2020

Vistos, en nombre del Rey, ante esta Sección Vigésimo Primera de la Audiencia Provincial de Barcelona, el Rollo de Apelación nº 4/2021, formado para sustanciar el recurso de Apelación interpuesto contra la Sentencia dictada por el Juzgado Penal nº 22 de Barcelona el día 26 de octubre de 2020, en el Procedimiento de Diligencias Urgentes nº 140/2019 de Barcelona, seguidos por un presunto delito de conducción etílica del art. 379.2 del Código Penal, contra Jeronimo, quien no ha estado privado de libertad por esta causa, de nacionalidad española, con DNI NUM000, nacido en Becerrea (Lugo), el NUM001 .1973, hijo de Justino y de Marina, representado por la Procuradora Sra. María Dolores Ribas Mercader y defendido por la Letrada Sra. Sonia Jiménez Randolfo, siendo parte acusadora el Ministerio Fiscal

Ha sido ponente la Ilma. Sra. Magistrada Doña Isabel Gallardo Hernández, quien expresa el parecer del Tribunal.

ANTENCEDENTES DE HECHO

PRIMERO

El Juzgado de lo Penal nº 22 de Barcelona dictó sentencia el día 26 de octubre de 2019, en el Procedimiento de Diligencias Urgentes 1402019 cuyo FALLO es del siguiente tenor literal: " que debo condenar y condeno a Jeronimo como autor criminalmente responsable de un delito contra la seguridad vial en su modalidad de conducción etílica, previsto y penado en el Art. 379.2 del Código Penal, sin la concurrencia de circunstancias modif‌icativas de la responsabilidad criminal, a las penas de seis meses de multa con cuota diaria de seis euros con responsabilidad personal caso de impago en los términos del Art. 53 del Código Penal, y a la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo de un año y un día. Y le condeno al pago de las costas procesales".

SEGUNDO

Los hechos probados de la sentencia son del siguiente tenor: " Se declara probado que el acusado Jeronimo, mayor de edad y sin antecedentes penales, sobre las 3.20 horas del día 12 de agosto de 2019,

conducía la motocicleta SYM, modelo Cruisym ABS, matrícula ....DGX, por el Passeig Santa Coloma de Barcelona, haciéndolo en condiciones psicofísicas no adecuadas a tal f‌in como consecuencia de una reciente ingesta de bebidas alcohólicas, teniendo sus capacidades sensoriales, de ref‌lejos y de atención necesarias seriamente mermadas con el consiguiente riesgo para el resto de usuarios de la vía, lo que se puso de manif‌iesto al hacerlo de manera no rectilínea y dando bandazos, lo que fue observado por parte de una dotación de la Guardia Urbana de Barcelona que se hallaba en el lugar, que al observar dicha conducción anómala del acusado, y darle el alto, permitió advertir en el acusado síntomas externos de afectación alcohólica como deambulación vacilante, aliento con fuerte olor a alcohol, rostro congestionado y ojos rojos por lo que se le practicaron, tras informarle de sus derechos, las pruebas de impregnación alcohólica en el organismo, en etilómetro of‌icialmente autorizado y revisado, arrojando un resultado de 0.75 y 0.73 mgs/l de alcohol por litro de aire espirado a las 3.33 y 3.51 horas respectivamente, rechazando el acusado la realización de una prueba de contraste mediante análisis de sangre".

TERCERO

Contra la anterior resolución la representación procesal del penado ha interpuesto recurso de apelación en cuyo escrito expresan los fundamentos del recurso e interesa la revocación de la sentencia. El Ministerio Fiscal se ha opuesto a la...

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