STSJ Cataluña 34/2022, 1 de Febrero de 2022

JurisdicciónEspaña
Número de resolución34/2022
Fecha01 Febrero 2022

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUNYA

Sección de Apelación Penal de la Sala Civil y Penal

ROLLO DE APELACIÓN PENAL Nº 139/2021

AP Barcelona (Sección 22ª).

Procedimiento Abreviado nº 49/2020.

Juzgado de Instrucción nº 23 de Barcelona.

P.A. nº 870/2019.

SENTENCIA Nº 34

TRIBUNAL:

Dª. ÀNGELS VIVAS LARRUY

Dº. CARLOS MIR PUIG (Ponente)

Dª. ROSER BACH FABREGÓ

En la ciudad de Barcelona, a 1 de febrero 2022.

VISTO por la Sección de Apelación Penal de la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, integrada por los magistrados al margen expresados, el rollo de apelación número 139/2021, formado para substanciar el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en fecha 11 de diciembre de 2020, por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 22 ª) en el Procedimiento Abreviado nº 49 de 2020, procedente del Juzgado de Instrucción núm. 23 de Barcelona en que se había seguido como Diligencias Previas 870/2019, por un delito contra la salud pública de sustancia que causa grave daño a la salud contra el acusado D. Fermín, siendo apelante dicho acusado, representado por la procuradora Dª. María Elena Movilla Blanco, y defendido por el Abogado Dº. Jaume Barri Vigas, en situación de libertad provisional y apelado el MINISTERIO FISCAL, en cuya intervención ha intervenido la Fiscal Ilma. Sra. Dª. I. Díaz-Reixa.

Ha correspondido la ponencia de la causa al Magistrado Ilmo. Sr. Dº. CARLOS MIR PUIG, quien expresa el parecer unánime del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 22ª) dictó Sentencia en su Procedimiento Abreviado nº 49/2020, con fecha 11 de diciembre de 2020 , en la que se declaraban como probados los siguientes hechos:

"Se declara probado que el acusado Fermín, mayor de edad, nacional de Pakistán, con pasaporte núm. NUM000, sin autorización para residir en España y sin antecedentes penales, alrededor de las 18,10 horas del día 23 de octubre de 2019, se concertó telefónicamente con Isaac, encontrándose de inmediato en el establecimiento Glaciar, sito en la Plaza Real núm. 3 de Barcelona, sentándose ambos en la barra y entregándole el acusado al otro individuo dos bolsitas que contenían dos cogollos de marihuana recibiendo a cambio 10 euros. Acto seguido el acusado salió del local y poco después lo hizo el otro individuo al que se le ocuparon las dos bolsas recibidas que contenían en peso neto 2,036 gramos y una riqueza en delta-9-tetrahidrocannabinol del 13,4%, siendo también interceptado de inmediato el acusado, que había sido seguido por uno de los agentes, al que se ocuparon las siguientes sustancias destinadas a la venta a terceros; tres envoltorios de plástico verde conteniendo cocaína, con un peso neto de 1,222 gramos y con una riqueza en cocaína base del 82,6%, siendo la cantidad total de cocaína base de 0.93 gramos; tres envoltorios de plástico verde con MDMA, con un peso neto de 1,139 gramos y una riqueza en MDMA base del 75,3%, siendo la cantidad total de MDMA base de 0,85 gramos; cuatro comprimidos de MDMA, con un peso neto de 1,789 gramos y una riqueza base del 42,3%, siendo la cantidad total de MDMA base de 0,76 gramos; ocho bolsitas con cogollos de marihuana, con un peso neto de 7,824 gramos y una riqueza en delta-9-9tertahidrocannabinol del 14%.

También se intervino al acusado la cantidad de 110 euros.

Las sustancias incautadas al acusado podrían alcanzar en el mercado un precio aproximado de 235 euros."

SEGUNDO

Por la representación procesal de D. Fermín, se ha interpuesto recurso de apelación contra la referida sentencia de la Sección 22ª de fecha 11 de diciembre de 2020 .

TERCERO

Admitido a trámite dicho recurso de apelación se dio traslado del mismo a las demás partes personadas para que en el término legal formularan las alegaciones que tuvieren por conveniente a sus respectivos derechos, trámite que fue evacuado por el Fiscal, que impugnó el recurso; siendo las actuaciones remitidas con posterioridad a esta Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

CUARTO

Recibidos los autos y registrados en esta Sección de Apelación Penal de la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, se dictó Auto de 21 de enero de 2022 denegando la documental acompañada al recurso por extemporánea, y sin acordar la celebración de vista por no considerarse necesaria para la correcta formación de una convicción fundada, quedaron las actuaciones para la resolución del recurso.

HECHOS

PROBADOS

Se aceptan y mantienen los reproducidos como hechos probados en la sentencia recurrida.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La Audiencia Provincial de Barcelona (Secc. 22ª) ha condenado al acusado D. Fermín, como autor criminalmente responsable de un delito contra la salud pública de sustancias que causan grave daño a la salud del art. 368.1 del CP, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal a la pena, de tres años de prisión, y multa de seiscientos euros, con treinta días de responsabilidad personal subsidiaria, en caso de impago, así como al pago de las costas procesales causadas.

Ha acordado la sustitución parcial de la pena de prisión impuesta por la expulsión del territorio nacional, una vez cumplidas las dos terceras partes de la condena impuesta. Y ha prohibido el regreso a España de Fermín por el plazo de siete...

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