SJS nº 6 163/2021, 11 de Marzo de 2021, de Oviedo
Ponente | MANUEL BARRIL ROBLES |
Fecha de Resolución | 11 de Marzo de 2021 |
ECLI | ECLI:ES:JSO:2021:1906 |
Número de Recurso | 668/2020 |
JDO. DE LO SOCIAL N. 6
OVIEDO
SENTENCIA: 00163/2021
DSP DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000668 /2020
SENTENCIA Nº 163/21
En OVIEDO, a once de marzo de dos mil veintiuno.
Vistos por el Ilmo. Sr. D. MANUEL BARRIL ROBLES Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social nº 6 de OVIEDO, los presentes autos nº 668/20 sobre DESPIDO, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA, siendo las partes, de una y como demandante D. Teodulfo, representado y asistida por el Letrado Dª. Eugenia Menéndez Blanco, y de otra como demandada la empresa FCC AQUALIA OVIEDO UTE, que compareció representada por el Letrado de D. Sara Blanco Menéndez, FOGASA no comparece, el Ministerio Fiscal no comparece.
Con fecha 04/03/2021 tuvo entrada en este Juzgado la demanda rectora de los autos de referencia, en la que tras la alegación de hechos y fundamentos de derecho, se solicitó Sentencia en que se declare la nulidad del despido, con las consecuencias legales inherentes a tal reconocimiento, condenando a la empresa demandada a la readmisión con abono de los salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta la efectiva readmisión y se declare el derecho a percibir 10.000 euros en concepto de daños y perjuicios por vulneración de derechos fundamentales, condenando a la empresa a su abono; y subsidiariamente, se declare el despido como improcedente condenando a la empresa a optar entre la readmisión y abono de los salarios de tramitación, o al abono de la indemnización que legalmente corresponda e igualmente y en todo caso, se declare el derecho a percibir el importe de 1.192,28 euros brutos en concepto de finiquito, condenando a la empresa a su abono, incrementados con los intereses moratorios preceptivos.
Abierto el acto del Juicio, celebrado el 04-03-21, la parte actora se afirmó y ratificó en la demanda presentada, oponiéndose la demandada en base a los motivos expuestos en la grabación de juicio.
Recibido el juicio a prueba, se practicaron las pruebas propuestas por las partes y declaradas pertinentes por
S.Sª., uniéndose los documentos a los autos, quedando los autos vistos para Sentencia.
HECHOS PROBADOS
D. Teodulfo comenzó a prestar servicios para la empresa FCC S.A. AQUALIA GIA S.A. OVIEDO UTE el 24-04-97, a jornada completa, con la categoría profesional de Auxiliar Técnico, con un salario bruto diario en cómputo anual de 86,21 euros, sujeto en cuanto a sus condiciones laborales al Convenio Colectivo FCC S.A. AQUALIA GIA S.A., UTE OVIEDO.
El demandante dispone para el desarrollo de su trabajo de un vehículo marca Citroën Berlingo matrícula ....NKW en Renting rotulado con el anagrama, servicios y direcciones de la empresa por el que esta abona 194,73 € más IVA mensuales, así como una tarjeta de crédito de la empresa para abonar el combustible; vehículos similares tienen los otros dos equipos de trabajo; también dispone de un teléfono móvil de empresa y utiliza un equipo de campo, teniendo disponibles uno marca Leica TPS 1200 y otro TOPCON GR5, el cual tiene dañada la antena.
El demandante no dejaba el vehículo en la empresa sino que lo llevaba a su domicilio, desde donde iniciaba y finalizaba su jornada de trabajo, hasta que recibió la orden de dejarlo en las instalaciones de la empresa tal y como después se dirá.
Constan los siguientes recibos de suministro de combustible del vehículo abonados con la tarjeta de la empresa:
Agosto 18: 66,00 €
Agosto 18: 60,60 €
Sept. 18: 62,88 €
Octubre 18: 62,17 €
Dic. 19: 131,82 €
Enero 20: 82,41 €
Febrero 20: 169,47 €
Marzo 20: 49,00 €.
Abril 20: 0,00 €
Mayo 20: 48,77 €
Junio 20: 236,92 €
Julio 20: 247,31 €
Agosto 20: 101,11 €
Sept. 20: 197,95 €
Octubre 20: 41,20 €
Noviembre 20: 47,04 €
Desde el mes de junio las labores de campo pasaron a distribuirse entre tres equipos de trabajo, integrados cada uno de ellos por un jefe de equipo y un ayudante, los cuales utilizan los equipos técnicos disponibles turnándolos entre ellos; el demandante realiza su trabajo en exclusiva en tareas de campo, mientras que los otros dos equipos lo alternan con trabajos de oficina, para lo cual disponen en las instalaciones de la empresa de una mesa con ordenador y teléfono fijo; el demandante disponía en la oficina de una mesa sin teléfono fijo.
Se establecían unos objetivos semanales de 40 lecturas mínimas por día efectivo de trabajo.
Tales funciones de recogida de datos las había realizado el demandante en períodos anteriores durante gran parte de su vida laboral en la empresa.
El 06-05-20 se entregó al demandante una instrucción operativa en la que se indicaban las operaciones a realizar y forma de hacerlas; elementos y equipos a utilizar e instrucciones para el archivo de datos, tras lo cual se debían enviar el último día hábil de cada semana todos los datos obtenidos a la oficina, así como por correo electrónico a determinados destinatarios; los archivos debían enviarse con un inventario y necesariamente en un determinado formato; funciones estas que comenzaría a desarrollar a partir del 3 de junio, contando a tal efecto con un Ayudante, al igual que los otros dos equipos.
Durante las tres primeras semanas el demandante no hizo entrega de dato alguno, realizando la primera entrega a finales del mes de junio, tras lo cual se emitió un informe por parte de su superior jerárquico dirigido a la empresa, según el cual la mayor parte del trabajo realizado era inservible por la falta de realización de
fichas de inventario (5 de los 240 elementos tomados en las dos semanas), codificación errónea y la ausencia de fotografías de la mayoría de los elementos.
El 01-09-20 se incorporó un nuevo Gerente que procedió a reestructurar el Servicio.
Durante el año 2020, el 25 de junio, el 18 de agosto, el 24 de septiembre y el 8 de octubre, se remitió a los miembros de los equipos un correo electrónico en los que se recordaba la obligación de fichar a la entrada y a la salida del trabajo con la tarjeta personal; y en los dos últimos se recordaba igualmente que los vehículos debían quedar aparcados en la nave de la empresa y que no se podían utilizar fuera del horario de trabajo ni llevar a domicilios particulares bajo ninguna circunstancia.
El horario de trabajo era de 07:30 a 14:30 horas en verano y hasta las 15:30 horas en invierno.
Los únicos registros horarios del demandante que constan son los siguientes:
23-09-20: Salida a las 13:52 horas
24-09-20: Entrada a las 06:57 horas
Salida a las 14:06 horas
25-09-20: Entrada a las 06:02 horas
28-09-20: Entrada a las 06:26 horas
El 17-07-20, el Jefe del Departamento de Geomática remitió un correo a responsables de la empresa informando de lo siguiente con relación al demandante: "No entrega trabajo, no consta nada relativo a sus tareas durante esta semana. El análisis de las entregas anteriores sigue mostrando deficiencias en codificación y fichas de campo, y de los que además se extrae un promedio de 16 puntos medidos por día.
El 31-08-20, el mismo remitente envió un correo electrónico a los miembros de los tres equipos recordándoles que la previsión de producción requería un mínimo de 40 elementos de red por jornada, intentando llegar a 50 si las condiciones lo permitían.
El 05-10-20, el Gerente remitió un correo electrónico a fin de que se le informase sobre a cuánto podría suponer el despido del demandante y el de otro trabajador.
Un correo similar había sido enviado en septiembre de 2018.
Las medidas tomadas por los tres equipos durante el período del 6 de julio al 4 de octubre computadas por semanas han sido las siguientes:
Equipo 1 Equipo 2 Equipo 3
Semanas A B C D A B C D A B C D
1 150 188 47 4 días 200 66 13 - - - -2 200 192 54 3,5 días 200 0 0 No entrega
Trabajo - - - -3 200 238 47 200 147 29 - - - -4 200 200 50 4 días 200 144 29 - - - -5 200 200 55 4 días 200 126 25 Vacaciones
6 200 121 40 3 días Vacaciones vacaciones
7 Vacaciones Vacaciones 150 152 51 3 días
8 Vacaciones 200 146 29 Otros servicios
9 Vacaciones 200 135 27 Oficina
10 120 127 42 3 días 160 148 36 4 días Otros servicios
11 200 205 42 120 105 35 3 días 200 205 41
12 160 192 48 4 días 160 116 29 3 días 160 188 47 4 días
13 225 284 71 4 días 225 73 18 4 días 225 204 51 4 días
TOTAL 1855 1967 50 2065 1206 27 585 597 46
% Objetivos 106,04 58,40 102,05
A: Previsión de elementos a medir
B: Medidas efectivas realizadas
C: Media/día
D: Días de trabajo de campo efectivo
Equipo 1: Anselmo + Alejo
Equipo 2: Demandante + Apolonio
Equipo 3: Ascension + Operario
El 08-10-20 a las 15:58 horas, el demandante envió un correo electrónico al Gerente de la empresa y otro, manifestando lo siguiente: "Como saben, presto servicios para la Empresa desde abril de 1997, como auxiliar técnico, llevando a cabo funciones de diversa índole (realización de proyectos completos con su topografía, delineación y presupuestos, inventariados de la red de abastecimiento y de saneamiento de las zonas urbanas y rurales tanto de la UTE de Oviedo, como para distintos contratos de la Delegación de Asturias, para el Consorcio de aguas de Asturias).
Igualmente fui responsable de la oficina técnica tanto de Oviedo como de la Delegación de Asturias.
Desde hace tres años dependo del jefe de la oficina técnica D. Narciso .
Durante toda la relación laboral con la Empresa he tenido bajo mi responsabilidad el trabajo de becarios, personal en prácticas y otro personal de apoyo.
Pues bien, por medio de la presente quiero manifestar mi más absoluta y enérgica disconformidad con determinados hechos que vienen afectando a mi relación laboral en los últimos años, y ya más en concreto en los últimos meses durante los cuales, si bien individual y...
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