ATS, 23 de Febrero de 2022
Jurisdicción | España |
Fecha | 23 Febrero 2022 |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Civil
AUTO
Fecha del auto: 23/02/2022
Tipo de procedimiento: CASACIÓN
Número del procedimiento: 215 /2020
Ponente: Excmo. Sr. D. Antonio García Martínez
Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCIÓN N. 1 DE GERONA
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Angeles Bartolomé Pardo
Transcrito por: EMM/MJ
Nota:
CASACIÓN núm.: 215/2020
Ponente: Excmo. Sr. D. Antonio García Martínez
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Angeles Bartolomé Pardo
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Civil
AUTO
Excmos. Sres.
D. Francisco Marín Castán, presidente
D. Pedro José Vela Torres
D. Antonio García Martínez
En Madrid, a 23 de febrero de 2022.
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Antonio García Martínez.
La representación procesal de D. Fermín.lo, presentó escrito de interposición del recurso de casación contra la sentencia dictada, el día 11 de noviembre de 2019, por la Audiencia Provincial de Girona (Sección 1.ª), en el rollo de apelación 1260/2018 dimanante del juicio ordinario n.º 1892/2017 del Juzgado de Primera Instancia n.º 3 de Girona.
La referida Audiencia Provincial tuvo por interpuesto el recurso y acordó elevar las actuaciones a este Tribunal Supremo, con emplazamiento de las partes.
Recibidas las actuaciones en este Tribunal, han comparecido la procuradora Dª. María José Rodríguez Teijeiro, en nombre y representación de D. Fermín.lo, como parte recurrente y la procuradora Dª. Blanca Grande Pesquero en nombre y representación de Banco Sabadell S.A., en calidad de recurrido.
Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. Fermín.lo, dado que se han justificado los presupuestos que determinan el acceso al recurso.
De conformidad con el art. 485 LEC, la parte recurrida podrá formalizar su oposición al recurso por escrito en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto.
De conformidad con lo previsto en el artículo 208.4 LEC procede declarar que contra este auto no cabe.
LA SALA ACUERDA:
-
) Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. Fermín.lo, contra la sentencia dictada, el día 11 de noviembre de 2019, por la Audiencia Provincial de Girona (Sección 1.ª), en el rollo de apelación 1260/2018 dimanante del juicio ordinario n.º 1892/2017 del Juzgado de Primera Instancia n.º 3 de Girona.
-
) Abrir el plazo de veinte días, a contar desde la notificación de este auto, para que la parte recurrida formalice por escrito su oposición al recurso. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la Secretaría.
Frente a esta resolución no cabe interponer recurso alguno.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.