ATS, 16 de Febrero de 2022

JurisdicciónEspaña
Fecha16 Febrero 2022

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Civil

AUTO

Fecha del auto: 16/02/2022

Tipo de procedimiento: CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL

Número del procedimiento: 102 /2020

Ponente: Excmo. Sr. D. Pedro José Vela Torres

Procedencia: AUD. PROVINCIAL SECCIÓN N. 6 DE PONTEVEDRA

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Aurora María Del Carmen García Álvarez

Transcrito por: AVS/rf

Nota:

CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL núm.: 102/2020

Ponente: Excmo. Sr. D. Pedro José Vela Torres

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Aurora María Del Carmen García Álvarez

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Civil

AUTO

Excmos. Sres.

D. Francisco Marín Castán, presidente

D. Pedro José Vela Torres

D. Antonio García Martínez

En Madrid, a 16 de febrero de 2022.

Esta sala ha visto

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Pedro José Vela Torres.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

La representación procesal de Redondela 2005 S.L., interpuso recursos extraordinarios por infracción procesal y de casación, contra la sentencia n.º 550/2019, de 19 de noviembre, dictada por la Audiencia Provincial de Pontevedra, Sección 6.ª, en el rollo de apelación n.º 354/2019, dimanante de los autos de procedimiento ordinario n.º 527/2015, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Vigo.

SEGUNDO

Mediante diligencia de ordenación se tuvieron por interpuestos los recursos extraordinarios por infracción procesal y de casación y se acordó la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante este Tribunal por término de treinta días.

TERCERO

La procuradora D.ª Katia Fernández Meiriño, presentó escrito ante esta sala, en nombre y representación de Redondela 2005 S.L., personándose como parte recurrente. Por su parte, el procurador D. Francisco Javier Toucedo Rey presentó escrito, en nombre y representación de Caja España de Inversiones Salamanca y Soria S.A.U., personándose en calidad de parte recurrida. Finalmente, la procuradora D.ª Elena Medina Cuadros presentó escrito ante esta Sala, en nombre y representación de Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria, S.A., en calidad de parte recurrida.

CUARTO

La parte recurrente ha efectuado los depósitos para recurrir exigidos por la disposición adicional 15.ª LOPJ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO

Procede admitir los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación interpuestos por la representación procesal de Redondela 2005 S.L., al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos, no advirtiéndose en esta fase causa legal de inadmisión.

SEGUNDO

De conformidad con los artículos 474 y 485 LEC, la parte recurrida podrá formalizar su oposición al recurso por escrito en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA:

  1. ) Admitir los recursos extraordinarios por infracción procesal y de casación interpuestos por la representación procesal de procesal de Redondela 2005 S.L. contra la sentencia n.º 550/2019, de 19 de noviembre, dictada por la Audiencia Provincial de Pontevedra, Sección 6.ª, en el rollo de apelación n.º 354/2019, dimanante de los autos de procedimiento ordinario n.º 527/2015, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Vigo.

  2. ) Abrir el plazo de veinte días, a contar desde la notificación de este auto, para que la parte recurrida formalice por escrito su oposición a los recursos. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la Secretaría.

De conformidad con lo dispuesto en los arts. 483.5 y 473.3 de la LEC contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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