ATS, 9 de Febrero de 2022
Jurisdicción | España |
Fecha | 09 Febrero 2022 |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Civil
AUTO
Fecha del auto: 09/02/2022
Tipo de procedimiento: CASACIÓN
Número del procedimiento: 310 /2020
Ponente: Excmo. Sr. D. Antonio García Martínez
Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCIÓN N. 25 DE MADRID
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Aurora María Del Carmen García Álvarez
Transcrito por: MAR/I
Nota:
CASACIÓN núm.: 310/2020
Ponente: Excmo. Sr. D. Antonio García Martínez
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Aurora María Del Carmen García Álvarez
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Civil
AUTO
Excmos. Sres.
D. Francisco Marín Castán, presidente
D. Pedro José Vela Torres
D. Antonio García Martínez
En Madrid, a 9 de febrero de 2022.
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Antonio García Martínez.
La representación procesal de Banco Santander, S.A. interpuso recurso de casación contra la sentencia dictada con fecha 18 de noviembre de 2019 por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 25.ª) en el rollo de apelación n.º 388/2019, dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 816/2018 del Juzgado de Primera Instancia n.º 5 de Madrid.
Mediante diligencia de ordenación se acordó la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes por término de treinta días.
Formado el rollo de sala, el procurador don Eduardo Codes Feijoo se personó en nombre y representación de Banco Santander, S.A., en concepto de parte recurrente. La procuradora doña María Luisa Noya Otero presentó escrito en nombre y representación de don Celso y doña Nieves, personándose en calidad de parte recurrida.
La parte recurrente ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15.ª de la LOPJ.
Procede admitir el recurso de casación interpuesto al amparo del ordinal 3.º del art. 477.2 LEC por la representación procesal de Banco Santander, S.A., al no apreciarse causa legal de inadmisión en esta fase.
De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC, la parte recurrida podrá formalizar su oposición al recurso por escrito en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto.
LA SALA ACUERDA:
-
Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de Banco Santander, S.A. contra la sentencia dictada con fecha 18 de noviembre de 2019 por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 25.ª) en el rollo de apelación n.º 388/2019, dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 816/2018 del Juzgado de Primera Instancia n.º 5 de Madrid.
-
Abrir el plazo de veinte días, a contar desde la notificación de este auto, para que la parte recurrida formalice por escrito su oposición al recurso. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la Secretaría.
Contra este Auto no cabe recurso.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.