ATS, 2 de Febrero de 2022
Jurisdicción | España |
Fecha | 02 Febrero 2022 |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Civil
AUTO
Fecha del auto: 02/02/2022
Tipo de procedimiento: CASACIÓN
Número del procedimiento: 6628 /2019
Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán
Procedencia: AUD. PROVINCIAL SECCIÓN N. 4 DE ASTURIAS
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. José María Llorente García
Transcrito por: LTV/rf
Nota:
CASACIÓN núm.: 6628/2019
Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. José María Llorente García
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Civil
AUTO
Excmos. Sres.
D. Francisco Marín Castán, presidente
D. Pedro José Vela Torres
D. Antonio García Martínez
En Madrid, a 2 de febrero de 2022.
Esta sala ha visto
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán.
La representación procesal de Zurich Global Insurance PCL, Sucursal en España, presentó escrito de interposición de recurso de casación contra la sentencia dictada con fecha 31 de octubre de 2019, por la Audiencia Provincial de Oviedo (sección 4.ª) en el rollo de apelación n.º 423/2019, dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 660/2017 del Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Oviedo.
Mediante diligencia de ordenación se tuvo por interpuesto el recurso acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante esta Sala, apareciendo notificada dicha resolución a los procuradores de los litigantes.
Mediante escrito enviado a esta Sala la procuradora D.ª M.ª Esther Centoira Parrondo, en nombre y representación de Zurich Global Insurance PCL, Sucursal en España, se personaba en concepto de parte recurrente. El procurador D. José Álvaro Villasante Almeida, en nombre y representación de D. Jose Luis y D.ª Raquel se personaba en esta Sala en concepto de parte recurrida.
La parte recurrente ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la disposición adicional 15.ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
Por la parte recurrente se formaliza recurso de casación al amparo art. 477.2.2.º LEC, al tratarse de un procedimiento tramitado por razón de la cuantía, siendo esta superior a 600.000 euros, por lo que el cauce casacional utilizado es el adecuado, sin apreciarse inicialmente en la presente fase causas legales de inadmisión.
Procede admitir el recurso de casación y de conformidad con el art. 485 LEC, abrir el plazo de veinte días para que la parte recurrida pueda formalizar su oposición.
LA SALA ACUERDA:
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) Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de Zurich Global Insurance PCL, Sucursal en España, contra la sentencia dictada con fecha 31 de octubre de 2019, por la Audiencia Provincial de Oviedo (sección 4.ª) en el rollo de apelación n.º 423/2019, dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 660/2017 del Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Oviedo.
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) Abrir el plazo de veinte días, para que la parte recurrida formalice, por escrito su oposición al recurso, encontrándose las actuaciones a su disposición en Secretaría, durante el citado plazo.
Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.