ATS, 2 de Febrero de 2022
Jurisdicción | España |
Fecha | 02 Febrero 2022 |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Civil
AUTO
Fecha del auto: 02/02/2022
Tipo de procedimiento: CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL
Número del procedimiento: 6733 /2019
Ponente: Excmo. Sr. D. Pedro José Vela Torres
Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCIÓN N. 5 DE MÁLAGA
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Mª Teresa Rodríguez Valls
Transcrito por: MAR/I
Nota:
CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL núm.: 6733/2019
Ponente: Excmo. Sr. D. Pedro José Vela Torres
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Mª Teresa Rodríguez Valls
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Civil
AUTO
Excmos. Sres.
D. Francisco Marín Castán, presidente
D. Pedro José Vela Torres
D. Antonio García Martínez
En Madrid, a 2 de febrero de 2022.
Esta sala ha visto
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Pedro José Vela Torres.
Las representaciones procesales de Abanca Corporación Bancaria, S.A. y Caixabank, S.A. han interpuesto sendos recursos extraordinarios por infracción procesal y sendos recursos de casación contra la sentencia dictada el 17 de octubre de 2019 por la Audiencia Provincial de Málaga (Sección 5.ª) en el rollo de apelación n.º 1073/2017, dimanante del juicio ordinario n.º 115/2016 del Juzgado de Primera instancia n.º 13 de Málaga.
Mediante diligencia de ordenación se acordó la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes.
Formado el rollo de sala, el procurador don Javier Segura Zariquiey ha presentado escrito en nombre y representación Caixabank, S.A., por el que se personaba en concepto de parte recurrente.
El procurador don Javier González Fernández ha presentado escrito en nombre y representación Abanca Corporación Bancaria, S.A., por el que se personaba en concepto de parte recurrente.
La procuradora doña Angélica Martos Alfaro se ha personado en nombre y representación de don Romualdo y doña Camino en concepto de parte recurrida.
Las recurrentes han constituido los depósitos para recurrir exigidos por la Disposición Adicional 15.ª de la LOPJ.
Procede admitir los recursos extraordinarios por infracción procesal y los recursos de casación al amparo del ordinal 3.º del art. 477.2 LEC, interpuestos por Abanca Corporación Bancaria, S.A. y Caixabank, S.A., al no apreciarse causa legal de inadmisión en esta fase.
De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 485 y 474 LEC, la parte recurrida podrán formalizar su oposición a los recursos por escrito en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto.
LA SALA ACUERDA:
-
Admitir el recurso extraordinario por infracción procesal y el recurso de casación interpuestos por Abanca Corporación Bancaria, S.A., contra la sentencia dictada el 17 de octubre de 2019 por la Audiencia Provincial de Málaga (Sección 5.ª) en el rollo de apelación n.º 1073/2017, dimanante del juicio ordinario n.º 115/2016 del Juzgado de Primera instancia n.º 13 de Málaga.
-
Admitir el recurso extraordinario por infracción procesal y el recurso de casación interpuestos por Caixabank, S.A. contra la sentencia dictada el 17 de octubre de 2019 por la Audiencia Provincial de Málaga (Sección 5.ª) en el rollo de apelación n.º 1073/2017, dimanante del juicio ordinario n.º 115/2016 del Juzgado de Primera instancia n.º 13 de Málaga.
-
Abrir el plazo de veinte días, a contar desde la notificación de este auto, para que la parte recurrida formalice por escrito su oposición a los recursos. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la Secretaría.
Contra esta resolución no cabe recurso.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.