ATS, 12 de Enero de 2022
Jurisdicción | España |
Fecha | 12 Enero 2022 |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Civil
AUTO
Fecha del auto: 12/01/2022
Tipo de procedimiento: CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL
Número del procedimiento: 4334 /2019
Ponente: Excmo. Sr. D. Pedro José Vela Torres
Procedencia: AUD. PROVINCIAL SECCIÓN N. 3 DE BURGOS
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Aurora María Del Carmen García Álvarez
Transcrito por: CSB/rf
Nota:
CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL núm.: 4334/2019
Ponente: Excmo. Sr. D. Pedro José Vela Torres
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Aurora María Del Carmen García Álvarez
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Civil
AUTO
Excmos. Sres.
D. Francisco Marín Castán, presidente
D. Pedro José Vela Torres
D. Antonio García Martínez
En Madrid, a 12 de enero de 2022.
Esta sala ha visto
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Pedro José Vela Torres.
La representación procesal de D.ª Paula presentó escrito en el que interpuso recurso de casación y recurso extraordinario por infracción procesal frente a la sentencia de 11 de junio de 2019 dictada por la Audiencia Provincial de Burgos, Sección 3.ª, en el rollo de apelación n.º 133/2019 dimanante del juicio ordinario n.º 1184/2017 seguido ante el Juzgado de Primera Instancia n.º 4 de Burgos.
Por la indicada audiencia provincial se tuvo por interpuestos los recursos y se acordó la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, con emplazamiento de las partes.
La procuradora D.ª Paula Gil-Peralta Antolín, en nombre y representación de D.ª Paula, se personó ante esta sala en calidad de parte recurrente. El procurador D. Eduardo Gutiérrez Arribas en nombre y representación de Ibercaja Banco S.A., se ha personado como parte recurrida.
Por la parte recurrente se han efectuado los depósitos para recurrir establecido en la disposición adicional 15.ª LOPJ.
Procede admitir el recurso de casación y el recurso extraordinario por infracción procesal interpuestos por la representación procesal de la indicada parte recurrente, al concurrir, prima facie, los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 3.º del art. 477.2 LEC, no advirtiéndose, en esta fase, la concurrencia de causa alguna de inadmisión.
De conformidad con los art. 485 LEC, la parte o partes recurridas podrán formalizar su oposición al recurso de casación, por escrito, en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la secretaría.
LA SALA ACUERDA:
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- Admitir el recurso de casación y el recurso extraordinario por infracción procesal interpuestos por la representación procesal de D.ª Paula frente a la sentencia de 11 de junio de 2019 dictada por la Audiencia Provincial de Burgos, Sección 3.ª, en el rollo de apelación n.º 133/2019 dimanante del juicio ordinario n.º 1184/2017 seguido ante el Juzgado de Primera Instancia n.º 4 de Burgos.
-
- Abrir el plazo de veinte días, a contar desde la notificación de este auto, para que la parte o partes recurridas formalicen por escrito su oposición al recurso. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la Secretaría.
Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.