STSJ Comunidad de Madrid 422/2021, 26 de Noviembre de 2021

JurisdicciónEspaña
Número de resolución422/2021
Fecha26 Noviembre 2021

Tribunal Superior de Justicia de Madrid

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección Cuarta

C/ General Castaños, 1 , Planta Baja - 28004

33009750

NIG: 28.079.00.3-2020/0002299

Procedimiento Ordinario 104/2020

Demandante: INFINITA RENOVABLES, S.A.

PROCURADOR D./Dña. RAMON RODRIGUEZ NOGUEIRA

Demandado: MINISTERIO DE HACIENDA

Sr. ABOGADO DEL ESTADO

SENTENCIA Nº 422/2021

Presidente:

  1. CARLOS VIEITES PEREZ

    Magistrados:

    Dña. MARÍA ASUNCIÓN MERINO JIMÉNEZ

  2. LUIS MANUEL UGARTE OTERINO

  3. JAVIER EUGENIO LOPEZ CANDELA

    En la Villa de Madrid a veintiséis de noviembre de dos mil veintiuno.

    Vistos los autos del recurso contencioso-administrativo nº 104/2020, que ante esta Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ha promovido el Procurador Don Ramón Rodríguez Nogueira, en nombre y representación de INFINITA RENOVABLES S.A, y asistido por el letrado Sr. Enrique Blasco Alventosa, frente a la Administración General del Estado, representada por el Abogado del Estado, contra la Resolución de la Secretaría de Estado de Presupuestos y gastos, por delegación la Secretaría General Técnica, de fecha 27 de diciembre de 2.019, que desestima el recurso de alzada contra la resolución de la Dirección General de Fondos Europeos de fecha 5 de abril de 2.019, en materia de incentivos regionales. La cuantía del recurso es indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso-administrativo se interpuso en fecha 31.1.2020 por el Procurador Don Ramón Rodríguez Nogueira, en nombre y representación de INFINITA RENOVABLES S.A contra la Resolución indicada en el encabezamiento.

SEGUNDO

A continuación la recurrente formalizó la demanda, en la que, después de alegar los hechos y fundamentos jurídicos que consideró aplicables, suplicó a la Sala que se anule la resolución impugnada y se acuerde el pago de la subvención solicitada en la cuantía de 4.602.691,26 euros.

TERCERO

.- El Abogado del Estado formalizó alegaciones previas, invocando la inadmisibilidad del recurso por entender que el acto impugnado era de trámite, lo cual fue desestimado por auto de 14.1.2021.Con posterioridad la Abogacía del Estado contestó a la demanda mediante escrito, en el que, tras alegar los hechos que estimó aplicables y aducir los fundamentos jurídicos que consideró pertinentes, terminó suplicando que se desestime el recurso formulado de contrario, con expresa imposición de costas a la parte recurrente.

CUARTO

Continuado el proceso por sus trámites, se declararon conclusas las actuaciones quedando las mismas pendientes de señalamiento para votación y fallo cuando por turno correspondiese, lo que tuvo lugar en fecha 16.11.2021.

QUINTO

En la tramitación del presente recurso contencioso-administrativo se han observado las prescripciones legales exigidas por la Ley reguladora de esta Jurisdicción. Y ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D. Javier Eugenio López Candela, quien expresa el criterio de la Sala, siendo la cuantía del recurso indeterminada.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

El presente recurso contencioso administrativo se interpone por el Procurador Don Ramón Rodríguez Nogueira, en nombre y representación de INFINITA RENOVABLES S.A, contra la Resolución de la Secretaría de Estado de Presupuestos y gastos, por delegación la Secretaría General Técnica, de fecha 27 de diciembre de 2.019, que desestima el recurso de alzada contra la resolución de la Dirección General de Fondos Europeos de fecha 5 de abril de 2.019, que acuerda la suspensión del procedimiento hasta que se acredite que se ha resuelto la situación concursal que afecta al beneficiario.

SEGUNDO

Son hechos acreditados en autos que constan documentalmente en el expediente administrativo los siguientes:

  1. - El 9 de junio de 2017 fue concedida a la actora INFINITA RENOVABLES, S.A. (INFINITA RENOVABLES) la subvención "a fondo perdido" por importe de 4.602.691,26 euros, consistente en la instalación de una planta de biodiesel en redondela, posteriormente modificado a El Ferrol ( A Coruña).

  2. - Estando pendiente el pago de la misma, la actora solicitó en fecha 31.8.2017 el cobro de la subvención, siendo así que la Dirección General de Fondos Europeos dictó la Resolución de 5 de abril de 2019 que acordaba " la suspensión del procedimiento de liquidación hasta que se acredite que se ha resuelto la situación concursal que afecta al beneficiario", conforme a la comunicación de 19.11.2018 de la Comunidad autónoma de Galicia de que la actora se encontraba en concurso voluntario de acciones por auto de 12.9.2018.

  3. - La actora, en fecha 11 de julio de 2019 INFINITA RENOVABLES presentó recurso de alzada frente a esta resolución, que fue resuelto mediante Resolución de 27 de diciembre de 2019 de la subdirectora General Técnica (Ministerio de Hacienda), en la que, concluyó que "este Ministerio considera que procede INADMITIR el recurso de alzada presentado contra la Resolución de la Dirección General de Fondos Europeos de 5 de abril de 2019, por entender que el acto impugnado era un acto de trámite no susceptible de recurso .

  4. - Con anterioridad se siguió expediente de incumplimiento por resolución de la Dirección General de Fondos Comunitarios iniciado por resolución de 14.11.2017, por incumplimiento de la condición 2.9, que concluyó con resolución de archivo de fecha 8 de octubre de 2.018, habiendo sido la actora...

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