STSJ Andalucía 1610/2021, 20 de Octubre de 2021

JurisdicciónEspaña
Número de resolución1610/2021
Fecha20 Octubre 2021

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA

SALA DE LO SOCIAL CON SEDE EN MALAGA

Avenida Manuel Agustín Heredia nº 2ª planta

N.I.G.: 2906744420180014170

Negociado: MA

Recurso: Recursos de Suplicación 918/2021

Juzgado origen: JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 13 DE MALAGA

Procedimiento origen: Procedimiento de of‌icio 1091/2018

Recurrente: Conrado, Cornelio, SERVICIO JURÍDICO DELEGADO PROVINCIAL EN TGSS EN MÁLAGA y FEDERACION DE INDUSTRIA DE COMISIONES OBRERAS

Representante: ROCIO DIAZ RUIZ y RAMON ENRIQUE LILLO PEREZS.J. DE LA TGSS DE MALAGA

Recurrido: Tatiana, Olegario, Pablo, Paulino, Pio, Primitivo, Ricardo, Rodrigo, Romeo, Rosendo, Sabino

, Sebastián, Ángela, Severino, Ariadna, Beatriz, Jose Luis, Jose María, Candida, Carla, Carolina, Carlos Alberto, Carlos Francisco, Luis Angel, Daniela, Delia, Elisabeth, Elsa, Encarna, Esperanza, Pedro Jesús

, Victor Manuel, Felicisima, Adrian, Herminia, Anton, Aquilino, Arsenio, Avelino, Baltasar, Benedicto

, Bernardo, Borja, Regina, Carmelo, Cayetano, Milagros, Clemente, Constantino, Damaso, David, Paula, Purif‌icacion, Emilio, Eugenio, Eusebio, Evelio, Fabio, Federico, Felipe, Fernando, Fulgencio, Valle, Gonzalo, Gumersindo, Higinio, María Rosa, Ignacio, Indalecio, Íñigo, Adelina, Jeronimo, Aida, Almudena, Lázaro, Leonardo, Antonieta, Luciano, Dulce, Belinda, Melchor, Enma, Nazario, Carmen

, Celsa, Clemencia, Manuel, Crescencia, Frida, Maximo, Millán, Roque, Ruperto, Juana, Esther, Eufrasia, Teodulfo, Torcuato, Vicente, Victorino, Jose Carlos, Jose Antonio, Jose Augusto, Joaquina

, Simón, Justa, Leonor, Lina, Lourdes, Maite, Jesús Ángel, Juan Manuel, Juan Pedro, Juan Pablo, Carlos Antonio, Nieves, Abelardo, Agustín, Alejo, Alfredo, Ramona, Zaida, Pedro Francisco, Armando

, Silvia, Belarmino, Susana, Alvaro, Catalina, Vicenta, Virtudes, Celestino, Claudio, Baldomero, María Dolores, María Rosario, FRIOMIS S.L., SERVICARNE S. COOP., Ceferino, Esteban y Constancio

Representante:FRANCISCO JOSE PEREZ CORPAS, PASCUAL JAVIER MOLINA BAEZ, JOSE CARLOS TORRES JIMENEZ, JORGE ISMAEL MESA LIÑAN, VICTOR JESUS RAMOS MUÑOZ DE TORO, JUAN ANTONIO GARCIA INFANTES, SERGIO VIVAS MOLINA, ANTONIO TORRECILLAS CABRERA, CARMEN SANCHEZ CABRERA, RUBEN RIVERO CANO y ROBERTO RUJAS GARCIAANTONIO JURADO PEREZ, MATILDE VARGAS VAZQUEZ y CARLOS SAENZ TORREBLANCA

Sentencia Nº 1610/2021

ILTMO. SR. D. D. MANUEL MARTIN HERNANDEZ CARRILLO, PRESIDENTE

ILTMO. SR. D. JOSE LUIS BARRAGAN MORALES,

ILTMO. SR. D. FRANCISCO JAVIER VELA TORRES

En la ciudad de Málaga a veinte de octubre de dos mil veintiuno.

La SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen y

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente:

S E N T E N C I A

En el Recursos de Suplicación interpuesto por Conrado, Cornelio, SERVICIO JURÍDICO DELEGADO PROVINCIAL EN TGSS EN MÁLAGA y FEDERACION DE INDUSTRIA DE COMISIONES OBRERAS contra la sentencia dictada por JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 13 DE MALAGA, ha sido ponente el Iltmo./Iltma Sr. /Sra D./ MANUEL MARTIN HERNANDEZ-CARRILLO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por D/Dª SERVICIO JURÍDICO DELEGADO PROVINCIAL EN TGSS EN MÁLAGA y FEDERACION DE INDUSTRIA DE COMISIONES OBRERAS sobre Procedimiento de of‌icio siendo demandado Tatiana, Olegario, Pablo, Paulino, Pio, Primitivo, Ricardo, Rodrigo, Romeo, Rosendo, Sabino, Sebastián, Ángela, Severino, Ariadna, Beatriz, Jose Luis, Jose María, Candida, Carla, Carolina, Carlos Alberto, Carlos Francisco, Luis Angel, Daniela, Delia, Elisabeth, Elsa, Encarna, Esperanza, Pedro Jesús, Victor Manuel, Felicisima, Adrian, Herminia, Anton, Aquilino, Arsenio, Avelino, Baltasar, Benedicto, Bernardo, Borja, Regina, Carmelo, Cayetano, Milagros, Clemente

, Constantino, Damaso, David, Paula, Purif‌icacion, Emilio, Eugenio, Eusebio, Evelio, Fabio, Federico, Felipe, Fernando, Fulgencio, Valle, Gonzalo, Gumersindo, Higinio, María Rosa, Ignacio, Indalecio, Íñigo

, Adelina, Jeronimo, Aida, Almudena, Lázaro, Leonardo, Antonieta, Luciano, Dulce, Belinda, Melchor

, Enma, Nazario, Conrado, Carmen, Celsa, Clemencia, Manuel, Crescencia, Frida, Maximo, Millán, Roque, Ruperto, Juana, Esther, Eufrasia, Teodulfo, Torcuato, Vicente, Victorino, Jose Carlos, Jose Antonio, Jose Augusto, Joaquina, Simón, Justa, Leonor, Lina, Lourdes, Maite, Jesús Ángel, Juan Manuel, Juan Pedro, Juan Pablo, Carlos Antonio, Nieves, Abelardo, Agustín, Alejo, Alfredo, Ramona

, Zaida, Pedro Francisco, Armando, Silvia, Belarmino, Susana, Alvaro, Catalina, Vicenta, Virtudes

, Celestino, Claudio, Cornelio, Baldomero, María Dolores, María Rosario, FRIOMIS S.L., SERVICARNE

S. COOP., Ceferino, Esteban y Constancio habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 7/9/2020. La parte dispositiva de dicha resolución expresa: Que resolviendo la cuestión planteada por la comunicación de la Autoridad Laboral con efecto de DEMANDA DE OFICIO, se declara la no existencia de infracción laboral al no apreciarse la concurrencia de relación de naturaleza laboral entre la empresa FRIOMIS

S.L y los socios cooperativistas codemandados.

SEGUNDO

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

PRIMERO

Con fecha 09.07.18 por la Dirección Especial de la Inspección de Trabajo y SS se levantó acta de liquidación de cuotas al Régimen General de la SS (ref: NUM000 ) a la empresa Friomis S.L. por no cursar el alta de los codemandados,ni llevar a efecto la correspondiente cotización en función de la prestación de servicios para las empresas demandadas.

El Acta es levantada tras proceso de inspección en el que se concluye que la relación de servicios que une a la entidad con los codemandados es de naturaleza laboral ("falso autónomos") y por tanto la empresa tenía la obligación de haber cursado las referidas altas y cotizaciones en el RGSS.

SEGUNDO

La actividad productiva de la empresa Friomis S.L se desarrolla en el complejo industrial "FACCSA.PROLONGO" con domicilio en Plaza Prolongo de Cártama estación (Málaga).

En su complejo de 45.000 metros cuadrados, se procesan anualmente más de100.000.000 de kilos de carne, constando el proceso de producción con matadero, sala de despiece, sala de envasados, almacenes frigoríf‌icos, fábricas de embutidos y secadores de jamones.

El Grupo empresarial está conformado por las empresas Mataderos Industriales Soler S.A; Frío Cártama

S.A; Friomis S.L; Logística de Cártama S.L y Ruiz Teeuwissen productos y subproductos cárnicos S.L . Las referidas entidades forman el complejo proceso productivo que se desarrolla desde el inicial sacrif‌icio de cerdos, pasando por los procesos de despiece, corta, elaboración de embutidos, envasado,etiquetado y frío f‌inalizando con el empaquetado y la distribución de los productos obtenidos.

TERCERO

Por su parte, la codemandada Servicarne es una Sociedad cooperativa fundada en 1977 que desarrolla el 90% de su actividad cooperativizada en el territorio de varias comunidades autónomas de España, inscrita en el Registro General de Cooperativas su funcionamiento y actividad se rige por su Estatutos; reglamento de régimen interior; Ley 27/99 Estatal de cooperativas y con carácter subsidiario por la normativa laboral.

Con anterioridad a las actuaciones realizadas por la Inspección en las empresas clientes, Servicarne S.C tenía alrededor de 5.000 socios cooperativistas de los cuales alrededor de 50 son socios administrativos y 200 Jefes de Sección y jefes de equipo,siendo el resto socios trabajadores manuales. La totalidad de socios ostentaban la condición asimismo de socios-trabajadores.

Sus servicios se llevan a cabo por todo el territorio nacional, en diferentes empresas y grupos del sector cárnico, mediante contratos de prestación de servicios.

Actualmente sus servicios se prestan aproximadamente en 100 empresas cárnicas.

Los órganos de gestión por orden jerárquico son: Asamblea General compuesta por los socios presentes; Consejo rector, compuesto por Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero y cinco vocales; dos Censores de cuenta; un Director General;personal administrativo; más de 200 Jefes de equipo; Servicio de prevención de riesgos laborales propio y una escuela de formación de matarifes.

Conforme sus Cuentas Anuales del ejercicio del 2016 como Instalaciones técnicase inmovilizado material ostenta la suma de 143.031,27 euros; gastos en alquileres de instalaciones al año 79.064 euros; obrando como aplicaciones informáticas la suma de34.760,51 euros.

La totalidad de los socios trabajadores que conforman la cooperativa se encuentran dados de alta como autónomo, en el Régimen especial de la SS, abonan 90 euros de cuota de adhesión al momento del ingreso y 50 euros mensuales de cuota social mensual, recibiendo cada mes sus retorno corporativo en función del trabajo realizado.

CUARTO

En lo que respecta a la plantilla de Servicarne que presta servicios como autónomos para Friomis en el complejo de Cártama está conformada por un Encargado General (Sr. Carlos María ); tres Jefes de equipo; dos Jefes de línea y unos 150matarifes, teniendo Servicio de Prevención de Riesgos. El trabajo se lleva a efecto de forma diferenciada con la plantilla de Friomis en diferente nave.

Con anterioridad a la prestación de servicio, el futuro matarife realiza dos entrevistas una con el Jefe de recursos humanos de Friomis y otra con el Encargado de Servicarne. Si es aceptado el trabajador, tras ser informado, acepta y f‌irma la condición de socio de la segunda (que debe ser aceptada en Barcelona) y tras adquirir la condición y darse de alta en el RETA inicia como autónomo los trabajos para Friomis realizando despiece de jamones, paletillas y bacon.

QUINTO

Para llevar a efecto su actividad, el socio trabajador formado a costa...

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