STSJ Castilla y León 244/2021, 9 de Diciembre de 2021

JurisdicciónEspaña
Fecha09 Diciembre 2021
Número de resolución244/2021

T.S.J.CASTILLA Y LEON CON/AD SEC.2

BURGOS

SENTENCIA: 00244/2021

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE

CASTILLA Y LEÓN.- BURGOS

SECCION 2ª

Presidente/aIlma. Sra. Dª. Concepción García Vicario

SENTENCIA DE APELACIÓN

Número: 244/2021

Rollo de APELACIÓN Nº : 57 /2021

Fecha : 09/12/2021

P.A. nº 118/2020 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Ávila

Ponente Dª. Concepción García Vicario

Letrado de la Administración de Justicia: Sra. Carrero Rodríguez

Ilmos. Sres.:

Dª. Concepción García Vicario

Dª. M. Begoña González García

D. Alejandro Valentín Sastre

En la Ciudad de Burgos a nueve de diciembre de dos mil veintiuno.

La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en Burgos, siendo Ponente la Sra. García Vicario, ha visto en grado de apelación, el Rollo de Apelación Nº 57/2021 interpuesto contra la sentencia Nº 106/2021, de 10 de mayo de 2021, dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo Nº 1 de Ávila, en el recurso contencioso- administrativo seguido por el Procedimiento Abreviado Nº 118/2020, habiendo sido partes en esta instancia, como apelante, la mercantil I-DE REDES ELÉCTRICAS INTELIGENTES, SAU, representada por el Proc. D. Eugenio Echevarrieta Herrera y defendida por Letrado D. Ignacio M. Martín Fernández y D. Diego Luque Hurtado, y como apelado el Ayuntamiento de Peguerinos (Ávila) representado por la Procuradora Dª Esther Araujo Herranz y defendido por el Letrado D. Juan Carlos Corbacho Martín.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo Nº 1 de Ávila, en el proceso indicado, dictó sentencia con fecha 10 de mayo de 2021 cuya parte dispositiva acuerda:

"SE ACUERDA DESESTIMAR el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora Sra. González Fernández, en representación de I-DE REDES ELÉCTRICAS INTELIGENTES SAU (antes IBERDROLA DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA S.A.U), dirigida por el Letrado Sr. Martín Fernández/Sr. Luque Hurtado contra la Resolución de la Alcaldía del Ayuntamiento de Peguerinos (Ávila), de fecha 20 de Marzo de 2020, por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto por la recurrente contra la liquidación de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del suelo, subsuelo y vuelo sobre dominio público local correspondiente al Ejercicio de 2020 por importe de 18.320,07 euros, a la que se refiere este procedimiento y el encabezamiento de esta Sentencia, desestimando las pretensiones de la parte recurrente y, en consecuencia, debe declararse que:

  1. - La resolución administrativa impugnada, es conforme y ajustada a derecho. 16

  2. - Todo ello, sin hacer expreso pronunciamiento impositivo sobre costas procesales. "

SEGUNDO

Contra dicha resolución por la mercantil recurrente en la instancia se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos dándose traslado del mismo a la representación procesal del Ayuntamiento de Peguerinos, habiendo sido impugnado con el resultado que obra en autos.

TERCERO

Recibidas las actuaciones en esta Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, una vez transcurrido el término de emplazamiento y plazo para personaciones, se señaló para Votación y Fallo del presente Rollo de Apelación el día 1 de diciembre de 2021, lo que se efectuó.

CUARTO

En la tramitación del recurso en ambas instancias se han observado las prescripciones legales, siendo Ponente la Ilma. Sra. Dª. Mª Concepción García Vicario, Presidenta de la Sala y Sección, quien expresa el parecer del Tribunal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Sentencia apelada, pretensión deducida y alegaciones de las partes.

El presente recurso de apelación se interpone contra la sentencia nº 106/2021, de 10 de mayo de 2021, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ávila, recaída en el recurso contencioso-administrativo autos de P. Abreviado nº 118/2020, que acuerda desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto, por la representación de I-DE Redes Eléctricas Inteligentes SAU, contra la resolución de fecha 20 de marzo de 2020, de la Alcaldía del Ayuntamiento de Peguerinos, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra la Liquidación de la Tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del suelo, subsuelo y vuelo sobre el dominio público local correspondiente al ejercicio 2020, así como, indirectamente, contra la Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del suelo, subsuelo y vuelo sobre el dominio público local, aprobada por Acuerdo del Ayuntamiento de Peguerinos, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Ávila, número 236, con fecha 9 de diciembre de 2015.

La representación de I-DE Redes Eléctricas Inteligentes SAU, parte apelante, pretende que se declare la nulidad de la sentencia apelada respecto de los fundamentos que expone, así como de la liquidación y Ordenanza impugnadas, por ser todas contrarias a derecho, con todos los pronunciamientos que legalmente corresponda.

La parte apelante solicita la revocación de la sentencia recurrida en base a los siguientes motivos: I) la sentencia apelada infringe el artículo 20 del TRLHL y los principios de legalidad, capacidad económica y no confiscatoriedad del artículo 31.1 de la Constitución, en los fundamentos jurídicos en los que se apoya para desestimar la existencia de doble imposición entre la tasa en modalidad general y en modalidad especial. II) La sentencia apelada infringe los artículos 24.1.a) y 25 del TRLHL y 26 de la LJCA, en conexión con los principios de legalidad, capacidad económica y no confiscatoriedad y equivalencia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.1 de la Constitución, en los fundamentos jurídicos en los que se apoya para desestimar que los criterios empleados por la Ordenanza fiscal indirectamente impugnada son contrarios a los principios de proporcionalidad, justificación objetiva y equivalencia por no tomar en consideración la intensidad de uso del suelo aprovechado que es objeto de la Tasa. Asimismo, estima que se infringe el art. 24.2 de la Constitución y el art. 217 de la LEC, en conexión con los art. 60 y siguientes de la LJCA, al realizar una interpretación arbitraría, ilógica e irrazonable de las pruebas practicadas en la instancia. III) La sentencia apelada no es conforme a derecho en los fundamentos jurídicos en los que se apoya para considerar que las liquidaciones impugnadas no son contrarias al artículo 1 de la Ordenanza. IV) La sentencia apelada no es conforme a derecho en los fundamentos jurídicos en los que se apoya para desestimar la impugnación de las liquidaciones por gravar instalaciones que transcurren por vías públicas municipales.

El Ayuntamiento de Peguerinos, a través de su representación en juicio, se ha opuesto al recurso de apelación y ha interesado la confirmación de la sentencia apelada, en base a los siguientes motivos: I) la resolución del ayuntamiento objeto de impugnación directa y la ordenanza de la que trae causa (y que se impugna de forma indirecta en la demanda) son plenamente ajustadas a derecho y prueba de ello es que en el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº 1 de Ávila ya se han llevado a cabo cuatro Procedimientos Abreviados (el Procedimiento Abreviado 226/2017, el Procedimiento Abreviado 227/2017, el Procedimiento Abreviado 152/2019, y el Procedimiento Abreviado 232/2019) entre las mismas partes ahora litigantes (Iberdrola (ahora llamada I-DE Redes Eléctricas Inteligentes) contra Ayuntamiento de Peguerinos) por la misma cuestión que ahora se plantea; resoluciones que han sido han sido refrendadas todas ellas íntegramente por esta Sala en las sentencias que cita. II) La tasa por la que se le ha hecho la liquidación que ahora recurre de forma directa (recurriendo también de forma indirecta la ordenanza fiscal de esa tasa), que es la "Tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local de las instalaciones de transporte de energía eléctrica, gas, agua e hidrocarburos", encuentra su marco legal en el artículo 24.1.a) del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y es distinta de la Tasa regulada en el artículo 24.1.c) del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, que como reconoce Iberdrola ya viene satisfaciendo con anterioridad y es la que Iberdrola en su recurso denomina "Tasa en Régimen Especial". III) Existiendo en el presente caso en el Ayuntamiento de Peguerinos sólo el supuesto de aprovechamiento especial (y ningún supuesto de utilización privativa), no tiene sentido alguno declarar la nulidad de pleno derecho del método de cuantificación de la Ordenanza basándose en que el método de cuantificación de la Ordenanza no diferencia entre los diferentes tipos de intensidad de uso del suelo ocupado, esto es, entre un supuesto de utilización privativa o un supuesto de aprovechamiento especial. IV) En el informe técnico-jurídico-económico en el que se apoya la ordenanza y que figura incorporado a las presentes actuaciones junto con el expediente administrativo, atendiendo al aprovechamiento especial de que se trata en este caso, se establece los criterios y parámetros que permiten definir el valor de mercado de la utilidad derivada y, en este informe, no consta ninguna referencia a una incorporación del valor de las instalaciones de Iberdrola a la base imponible, y más en concreto el Cuadro del Valor de la Cuota Tributaria a efectos de aplicación de la ordenanza que figura a la página 27 de dicho informe donde se ve claramente que no se ha incorporado ningún valor de las instalaciones de Iberdrola. V) El informe técnico económico determina la...

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