STSJ Andalucía 2601/2021, 26 de Octubre de 2021

JurisdicciónEspaña
Fecha26 Octubre 2021
Número de resolución2601/2021

Recurso.- 2321/21-C, sent. 2601/21

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA, CEUTA, MELILLA

SALA DE LO SOCIAL

SEVILLA

ILTMOS. SRES.:

Dª. Mª. ELENA DÍAZ ALONSO

D. JOSÉ JOAQUÍN PÉREZ-BENEYTO ABAD

D. CARLOS MANCHO SÁNCHEZ

En Sevilla, a veintiséis de Octubre de dos mil veintiuno.

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen.

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA NÚMERO 2601 /21

En el recurso de suplicación interpuesto por Dª. Agueda, representada por el Sr. Letrado D. Guillermo González Rosado, contra la sentencia de 4 de marzo de 2021, dictada por el Juzgado de lo Social nº 9 de Sevilla en sus autos núm. 0217/19; ha sido Ponente el Iltmo. Sr. DON JOSÉ JOAQUÍN PÉREZ-BENEYTO ABAD, Magistrado, quien expresa el parecer de esta Sala sobre la resolución que merece el presente recurso.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, la recurrente fue demandante contra el INSS y la TGSS, en demanda de reconocimiento de la prestación por incapacidad permanente absoluta, se celebró el juicio y el 4 de marzo de 2021 se dictó sentencia por el referido Juzgado, desestimando la pretensión.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

"PRIMERO.- Dña. Agueda, nacida el NUM000 /57 de profesión educadora social, se encuentra af‌iliada en el régimen general de la Seguridad Social con el nº NUM001 .

SEGUNDO

Mediante resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social de fecha 1/07/15, fue declarada en situación de Incapacidad Permanente total para el desempeño de su actividad profesional, f‌ijándose como cuadro clínico artritis psoriásica con afectación mixta, IQ de acromioplástica de hombro derecho, hernias

discales cervicales ( C4-C5 y C5-C6) y lumbares (L4-S1), IQ 2012 y 2013, IQ hallus

valgus, presentando limitaciones osteoarticulares, GF2 INSS (moderadas) por artritis psoriásica con menos efecto del arava desde que toma cemidon, dorsalgia mecánica de 1 mes que o mejora, Raquis BA del columna cervical y lumbar, limitada a grados medios, no datos de radiculopatía, hombro derecho (diestra) BA limitado a 75 dolor residual. Muñeca: cicatriz de IQ, Timel y phalen negativo, interfalanges distales bilateral con dolor de sinovitis IQ de hall.

Consta unida los autos informe médico de valoración de IT, con valor de informe médico de síntesis a los folios 152 a 152 vuelto, y resolución de fecha 1/07/15 (folio 30 vuelto por reproducido). Le fue reconocido al actor una base reguladora de 2913,52 euros y un porcentaje del 75%, con un importe líquido de 2074,57 euros.

El grado de incapacidad permanente, impugnada judicialmente la resolución administrativa que así lo reconocía, fue conf‌irmado por STSJA, sede en Sevilla de fecha 27/09/16 unida los folios 130 vuelto a 138 que se da por reproducida.

TERCERO

Iniciado un nuevo proceso de revisión de grado de incapacidad permanente, por el INSS se dictó resolución de fecha 26/10/1 (folio 125 vuelto) por

la que se mantenía el grado de incapacidad permanente total.

Obra en dicho expediente Informe de revisión del grado de fecha 27/09/18 (folios 97 a 98) que se da por reproducidos.

QUINTO

Contra dicha Resolución formuló reclamación previa a la vía jurisdiccional laboral en fecha 20/12/18, que fue desestimada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social mediante resolución de fecha 14/03/19 (folio 121 vuelto por reproducido).

QUINTO

La parte demandante padece artritis psoriásica de afectación mixta, secuelas de acromioplastia derecha, sacroiletis izquierda, HNP lumbar intervenida

con atual HNP I3-4 izquierda y radiculopatía S1 izquierda, degenerativas lumbares,

HNP cervical intervenida con actual PD C6-7 con radiculopatía C7 izqueirda, meningioma sin afectación Nl, trastorno distímico sin deterioro cognitivo, f‌ibromialgia SFC.

Tales patologías generan en la parte demandante limitaciones por patología osteoarticular (psoriásica degenerativa y afectación discal) con limitación funcional moderada, similar a 2015, clínica álgica y distímica.

En la exploración practicada por el médico Inspector, se apreció discurso coherente sin evidencia de deterioro cognitivo, movilidad cervical limitada a grados medios, sin inestabilidad sin afectación de BM de MMII, signos degenerativo nodulares en dedos de manos con funcionalidad completa, prensión d-d sin limitación y puño posible, codos sin limitación, hombro izquierdo sin limitación, y hombro derecho con BA antepulsión 100 abducción 85º en paciente con acromioplastia, movilidad de MMII con BA completo, dolor a movilidad de cadera izquierda, dudoso lassegue izquierdo, BA y BM de MII conservados sin articulaciones inf‌lamadas.

SEXTO

Agotada la vía previa."

TERCERO

La demandante recurrió en suplicación contra tal sentencia, no siendo impugnada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • ATS, 28 de Junio de 2022
    • España
    • 28 Junio 2022
    ...del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla de fecha 26 de octubre de 2021, en el recurso de suplicación número 2321/21, interpuesto por D.ª Emilia, frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 9 de los de Sevilla de fecha 4 de marzo de 2021, en el pro......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR