STSJ Comunidad Valenciana 2808/2021, 30 de Septiembre de 2021

JurisdicciónEspaña
Número de resolución2808/2021
Fecha30 Septiembre 2021

1 Recurso de suplicación 117/2021

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

COMUNIDAD VALENCIANA

Sala de lo Social

Recurso de suplicación 000117/2021

Ilmas. Sras.

Dª. Inmaculada C. Linares Bosch, presidenta

Dª. Mª Esperanza Montesinos Llorens

Dª. Ana Sancho Aranzasti

En Valencia, a treinta de septiembre de dos mil veintiuno.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha dictado la siguiente,

SENTENCIA NÚM. 002808/2021

En el recurso de suplicación 000117/2021, interpuesto contra la sentencia de fecha 14 de septiembre de 2020, dictada por el JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 DE BENIDORM, en los autos 000176/2019, seguidos sobre cantidad complemento específ‌ico, a instancia de Borja asistido por la Letrada Dª Paula Pérez Maestre, contra AYUNTAMIENTO DE CALPE asistido por el Letrado D. Cristobal Sirera Conca, y en los que es recurrente el demandado, ha actuado como ponente la Ilma. Sra. Dª. Inmaculada C. Linares Bosch.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida dice literalmente en su parte dispositiva: "FALLO: Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta a instancia de D. Borja representado por la Letrada Dª Paula Pérez Maestre contra el AYUNTAMIENTO DE CALPE represetado y asistido por el Letrado D. Antonio Sánchez López; y debo condenar y condeno al ayuntamiento de Calpe a abonar a D. Borja la cantidad de 13.507,3 euros en concepto de diferencias debidas derivadas del complemento específ‌ico.".

SEGUNDO

En la citada sentencia se declaran como HECHOS PROBADOS los siguientes: "PRIMERO.- El demandante, D. Borja, mayor de edad, con D.N.I número NUM000 y número de af‌iliación a la seguridad social NUM001 ha trabajado bajo la dependencia del Ayuntamiento de Calpe como personal laboral con una antigüedad de fecha 11/07/1990, con categoría profesional de técnico de asuntos sociales, grupo A1, ocupando el puesto de Jefe del SEAFI, a jornada completa y percibiendo un salario mensual de 2.813,86 euros con inclusión del prorrateo de pagas extraordinarias (prueba documental). SEGUNDO.- Según la propuesta de valoración de fecha 27/06/2013 al jefe del SAD y al jefe del SEAFI les correponde un total de 2.125 puntos

según el siguiente desglose: joranda J1, sub-Gº A1, titulación 600, experiencia 400, mando 300, repercusión 300, esfuerzo intelectual 400, esfuerzo físico 25, penosidad 50, peligrosidad 25, jornada 25 (documento número uno presentado por la parte actora).TERCERO.- Mediante Edicto el Ayuntamiento hacía saber que: "por el ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 14 de junio de 2016 ha sido aprobada inicialmente la Relación y Valoración de los puestos de trabajo del ayuntamiento de Calp que se anexan al presente (...)". En el anexo se def‌ine el complemento específ‌ico anual en los siguientes términos: "consiste en la asignaciónde un código que indica el complemento específ‌ico de cada uno de los puestos de trabajo que se relacionan en la RPT, atendiendo a su contenido funcional concreto (responsabilidad, dif‌icultad técnica, dedicación, penosidad y peligrosidad)". En el artículo 5 se recoge expresamente que: "(...) la cuantía de puntos del complemento específ‌ico que corresponde a cada puesto de trabajo, se obtendrá mediante la adición de las cantidades de los factores aplicables en cada caso, de conformidad con el manual de valoración que se incorpora al presnete documento como anexo I. El valor del punto será el resultado de dividir el complemento específ‌ico total inciado en el presupuesto del ayuntamiento de Calp, tanto para el personal laboral como el funcionario, entre el total de puntos resultante de la valoración de puestos de trabajo, para todos sus puestos en conjunto, teniendo en cuenta el número de dotaciones de los mismos. Sin perjuicio del complemento específ‌ico resultante, a cada puesto de trabajo se establece un complemento específ‌ico mínimo anual a cada puesto de trabajo, según subgrupo (...)", (documento número tres de la demanda). CUARTO.- En el anexo del año 2016 se valora el puesto JEFE SAD en los siguientes términos: titulación 600, experiencia 800, mando 300, repercusión 300, esfuerzo intelectual 800, esfuerzo físico 25, penosidad 75, peligrosidad 25, jornada I-1, incompatibilidad 0. En el citado anexo el puesto JEFE del SEAFI tiene la misma valoración que el JEFE SAD, esto es, titulación 600, experiencia 800, mando 300, repercusión 300, esfuerzo intelectual 800, esfuerzo físico 25, penosidad 75, peligrosidad 25, jornada I-1, incompatibilidad 0, (documento número tres de la demanda, páginas 44 y 45 de 209).QUINTO.-En la aprobación inicial del presupuesto general del ayuntamiento de Calpe para el año 2018 el complemento específ‌ico anual del JEFE SAD asciende a 8.460,12 euros (documento número cuatro de la demanda, página 244 de 318).SEXTO.- El ayuntamiento de Calpe en sesión ordinaria celebrada el día 10 de mayo de 2019 aprobó inicialmente la modif‌icación del anejo de personal del presupuesto de 2019 en aplicación de la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) aprobada previamente (en sesión de fecha 14/06/2016 se aprobó incialmente la Relación y Valoración de los Puestos de Trabajo) (documento número cinco de la demanda). En el anejo de personal se recoge que el puesto JEFE SEAFI tiene naturaleza funcionarial, CD 25, se le otorgan 2.250 puntos en concepto de complemento específ‌ico y que el total del CE individual a razón de 8,00 euros/punto asciende a

13.500 euros (documento número cuatro de la demanda, página 46 de 53). No es un hecho controvertido que al puesto del demandante le corresponden 2.250 puntos ni que a dicha puntuación se le atribuye la cantidad de 13.500 euros en concepto de complemento específ‌ico tras la aprobación del RPT del año 2019 por parte del ayuntamiento de Calpe. SÉPTIMO.- En el informe jurídico de mayo de 2019 relativo a la relación y valoración de los puestos de trabajo del ayuntamiento de Calpe que adjunta el demandado como prueba documental en la página 45 de 163 se recoge respecto al puesto JEFE SAD: "de conformidad con la mesa técnica se acuerda modif‌icar la denominación del puesto a Jefe de Familia por considerarla más adecuado (...). Por ello se acuerda mantener el nivel de experiencia en un B4, puesto cualif‌icado que exige para su desempeño un importante nivel de aprendizaje (...). Por ello se acuerda mantener el nivel de esfuerzo intelectual en un E5, ya que para el correcto cumplimiento con las funciones del puesto, habitualmente es necesario una actividad especializada exclusivamente intelectual". Respecto al JEFE DE SEAFI, se recoge: "(...) Por ello se acuerda mantener el nivel de experiencia en un B4, puesto cualif‌icado que exige para su desempeño un importante nivel de aprendizaje (...). Por ello se acuerda mantener el nivel de esfuerzo intelectual en un E5, ya que para el correcto cumplimiento con las funciones del puesto, habitualmente es necesario una actividad especializada exclusivamente intelectual", (página 46 de 163).En el anexo III del documento de fecha 07/05/2019 se valora el puesto de Jefe de Intervención Familiar (SAD) en los siguientes términos: titulación 600, experiencia 400, mando 300, repercusión 300, esfuerzo intelectual 500, esfuerzo físico 25, penosidad 75, peligrosidad 25, jornada I-1, incompatibilidad 0. El complemento específ‌ico en puntos asciende a 2.250 (página 218 de 392).En el anexo III del documento de fecha 07/05/2019 se valora el puesto de Jefe del SEAFI en los siguientes términos: titulación 600, experiencia 400, mando 300, repercusión 300, esfuerzo intelectual 500, esfuerzo físico 25, penosidad 75, peligrosidad 25, jornada I-1, incompatibilidad 0. El complemento específ‌ico en puntos asciende a 2.250 (página 219 de 392).OCTAVO.- Dª Montserrat, jefa del área de Política Social del ayuntamiento de Calpe certif‌ica que en virtud de la R.P.T de 31 de mayo de 2019 la descripción funcional del puesto de jefe del SEAFI es la siguiente: "le corresponderá dirigir y coordinar los recursos humanos, económicos y materiales asignados con el objeto de asegurar los objetivos f‌ijados por la Corporación. Tramitar la solicitud de subvenciones y confeccionar memorias y documentos justif‌icativos. Informar, orientar, tramitar y asesorar al conjunto de los administrados acerca de sus derechos y obligaciones sociales. Tramitar y gestionar los expeidentes de la unidad. Elaborar informes profesionales. Prestar asesoramiento y soporte técnico a nivel superior en materias propias de su ámbito de acción social. Prevención, atención y tratamiento de las problemáticas familiares cuando existan menores en situación de riestos o con medida jurídica de protección. Orientación y terapia familiar. Fomentar e

impulsar campañas y actuaciones referidas y relacionadas con el ámbito de actuación de este puesto. Realiza cualquier otra tarea afín que le sea asignada. Todo ello, bajo la superviciónd el Jefe de Área". Dª Montserrat

, jefa del área de Política Social del ayuntamiento de Calpe certif‌ica que en virtud de la R.P.T de 31 de mayo de 2019 la descripción funcional del puesto de jefe de familia (SAD) es la siguiente: "le corresponderá dirigir y coordinar los...

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