ATS, 15 de Diciembre de 2021

JurisdicciónEspaña
Fecha15 Diciembre 2021

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Civil

AUTO

Fecha del auto: 15/12/2021

Tipo de procedimiento: CASACIÓN

Número del procedimiento: 4448 /2019

Ponente: Excmo. Sr. D. José Luis Seoane Spiegelberg

Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCIÓN N. 8 DE VALENCIA

Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. José María Llorente García

Transcrito por: MAR/I

Nota:

CASACIÓN núm.: 4448/2019

Ponente: Excmo. Sr. D. José Luis Seoane Spiegelberg

Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. José María Llorente García

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Civil

AUTO

Excmos. Sres.

D. Francisco Marín Castán, presidente

D. Francisco Javier Arroyo Fiestas

D. José Luis Seoane Spiegelberg

En Madrid, a 15 de diciembre de 2021.

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. José Luis Seoane Spiegelberg.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Las representaciones procesales de Caixabank, S.A. y de don Luis Angel han interpuesto sendos recursos de casación contra la sentencia dictada el 19 de junio de 2019 por la Audiencia Provincial de Valencia (Sección 8.ª) en el rollo de apelación n.º 129/2018, dimanante del juicio ordinario n.º 2244/2015 del Juzgado de Primera instancia n.º 17 de Valencia.

SEGUNDO

Mediante diligencia de ordenación se acordó la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes.

TERCERO

Formado el rollo de sala, el procurador don Antonio Rodríguez Nadal ha presentado escrito en nombre y representación de Luis Angel, por el que se personaba en concepto de parte recurrente/recurrida. El procurador don Miguel Ángel Montero Reiter se ha personado en nombre y representación de Caixabank, S.A., en concepto de parte recurrente/recurrida, oponiéndose a la admisión del recurso de Luis Angel.

CUARTO

Tras la providencia de puesta de manifiesto de las posibles causas de inadmisión del recurso interpuesto por Caixabank, S.A., dicha mercantil desistió de dicho recurso, y se le ha tenido por desistido por decreto de 1 de diciembre de 2021.

QUINTO

La parte recurrente efectuó el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15.ª LOPJ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO

Procede admitir el recurso de casación interpuesto al amparo del ordinal 3.º del art. 477.2 LEC por la representación procesal de don Luis Angel, no advirtiéndose en esta fase causa legal de inadmisión.

SEGUNDO

No procede en este momento hacer pronunciamiento sobre las causas de inadmisión alegadas por la parte recurrida, sin perjuicio de lo que pueda acordarse en sentencia.

TERCERO

De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC, la parte recurrida podrá formalizar su oposición al recurso por escrito en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA:

  1. Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de don Luis Angel contra la sentencia dictada el 19 de junio de 2019 por la Audiencia Provincial de Valencia (Sección 8.ª) en el rollo de apelación n.º 129/2018, dimanante del juicio ordinario n.º 2244/2015 del Juzgado de Primera instancia n.º 17 de Valencia.

  2. Abrir el plazo de veinte días, a contar desde la notificación de este auto, para que la parte recurrida formalice por escrito su oposición al recurso. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la Secretaría.

Contra este Auto no cabe recurso.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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