ATSJ Extremadura 5/2021, 23 de Septiembre de 2021

JurisdicciónEspaña
Número de resolución5/2021
Fecha23 Septiembre 2021

T.S.J.EXTREMADURA SALA CIV/PE

CACERES

AUTO: 00005/2021

-

Domicilio: PLAZA DE LA AUDIENCIA S/N

Telf: 927620453 Fax: 927620210

Correo eletrónico:

Equipo/usuario: MCP

Modelo: GU0010

N.I.G.: 06158 41 2 2020 0000049

ROLLO: RAJ RECURSO DE APELACION AL JURADO 0000006 /2021

Juzgado procedencia: T.S.J.EXTREMADURA SALA CIV/PE de CACERES

Procedimiento de origen: APELACION AUTOS 0000002 /2021

RECURRENTE: Leopoldo

Procurador/a: JAVIER GUTIERREZ REYES

Abogado/a: JOSE DUARTE GONZALEZ

RECURRIDO/A: Tarsila, Marí Jose

Procurador/a: JESUS ALONSO HERNANDEZ BERROCAL, JESUS ALONSO HERNANDEZ BERROCAL

Abogado/a: CESAR ZARATE GOMEZ, CESAR ZARATE GOMEZ

AUTO

Magistrados:

Excma. Sra. Dña. María Félix Tena Aragón (Presidenta del Tribunal)

Ilma. Sra. Dña. Manuela Eslava Rodríguez (Ponente)

Ilma Sra Dña Alicia Cano Murillo

En CACERES a veintitrés de septiembre de dos mil veintiuno

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha visto, en grado de apelación, la precedente causa, (Procedimiento de Tribunal del Jurado núm.1/20; Rollo de Sala RAJ núm. 6/21; Audiencia Provincial de Badajoz, Sección 1ª), seguida contra Leopoldo, quien comparece representado por el Procurador Sr. Gutiérrez Reyes y defendido por el Letrado D. José Duarte González, por delito de ASESINATO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Incoada la presente causa núm. 1/2020, por el Juzgado de Instrucción n.º 2 de Zafra se dicta auto de fecha 26-04-2021 por el que se acuerda la apertura del juicio oral, por las normas de la Ley Orgánica 5/95, del Tribunal del Jurado, diligencias que se sigue por la comisión de un delito de ASESINATO, contra el acusado Leopoldo, en situación de prisión provisional, quien comparece representado por el Procurador de los Tribunales Don JAVIER GUTIÉREZ REYES, y defendido por el letrado Don JOSÉ DUARTE GONZÁLEZ .

SEGUNDO

Remitida la causa a la Audiencia Provincial de Badajoz, por la representación procesal del acusado, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 36 de la LOTJ, se plantearon cuestiones previas, dándose traslado de las mismas al Ministerio Fiscal y demás partes personadas con el resultado obrante en el Rollo de Sala y señalándose para la celebración de la correspondiente vista el día 17 de junio a las 10.00 horas, teniendo lugar la misma el día y hora reseñado, reiterando la citada representación procesal sus pretensiones y oponiéndose a la misma tanto el Ministerio como la representaciones de las acusaciones particulares.

Por la representación del acusado, se solicita que las grabaciones de audio que obran en la causa través de los correspondientes CD aportados, se declaren nulas, en la medida en que habrían vulnerado el derecho fundamental del ahora acusado, añadiendo, además, que habrían sido introducidas en el proceso de manera irregular.

TERCERO

Con fecha 18/06/21 se dicta Auto resolviendo la cuestión previa planteada, con el siguiente Fallo: "Que debe desestimar y desestimaba las cuestiones previas suscitadas por la Representación Procesal de D. Leopoldo. Notifíquese la presente resolución al Ministerio Fiscal y todas las partes personadas y remítase testimonio de la misma para su conocimiento, ejecución y cumplimiento, interesando acuse de recibo."

CUARTO

Notificado a las partes el Auto dictado, DON JAVIER GUTIERREZ REYES, Procurador del acusado, DON Leopoldo , interpone contra referido Auto, Recurso de Apelación interesando se estime el recurso y la cuestión previa planteada.

Tanto las Acusaciones Particulares como el Ministerio Fiscal impugnan el recurso planteado y solicitan la confirmación del Auto que aquí se recurre,

QUINTO

Teniendo ingreso de las actuaciones en este Tribunal se acuerda seguidamente iniciar los trámites del recurso, nombrándose conforme al turno preestablecido, Ponente de la presente causa a la Ilma. Sra. Magistrada, Doña manuela Eslava Rodríguez , y convocándose a las partes a Vista, para lo cual se señaló el día 21 de septiembre de 2021, a las 11,000 horas, en la Sala de Audiencias de este Tribunal Superior de Justicia, que se celebró con asistencia del Ministerio Fiscal y los Letrados de las partes, quienes formularon las alegaciones que tuvieron por conveniente en defensa de sus respectivas tesis, quedando recogida mediante sistema de grabación de audio y vídeo, según el programa Fidelius, y registrado como CD n. º RAJ 6/2021, tras cuya celebración quedaron los autos vistos para deliberación y fallo, y las actuaciones en poder de la ponente para resolver, una vez concluyeron los trámites de deliberación y votación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Interpone recurso de apelación la representación procesal de D. Leopoldo contra el Auto del Magistrado Presidente de 18 de junio de 2021, dictado en el procedimiento del Tribunal del Jurado 1/2020, por el que se desestiman las cuestiones previas planteadas por dicha representación, y, en concreto, la solicitud de nulidad de las grabaciones a que se contrae la presente impugnación. Alega vulneración del derecho fundamental al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, aunque también sin citarlos otros derechos fundamentales, porque las grabaciones identificadas por la Unidad Orgánica de la Policía Judicial de la Comandancia de Badajoz como vídeo núm. 72 VID NUM000, MP4, Vídeo núm. 73 VID 2020, NUM001, MP 4, Vídeo núm. 74 VID 2020, NUM002, MP 4, Vídeo núm. 75 VID 2020, NUM003, MP 4, no...

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