ATS, 20 de Diciembre de 2021

JurisdicciónEspaña
Fecha20 Diciembre 2021

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Penal

Auto núm. /

Fecha del auto: 20/12/2021

TRAMITES POSTERIORES A LA RESOLUCION Num.: 1

Procedimiento Nº : CAUSA ESPECIAL-21019/2019

Fallo/Acuerdo:

Ponente: Excmo. Sr. D. Miguel Colmenero Menéndez de Luarca

Procedencia: T.SUPREMO SALA 2A. SECCION 4A.

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Dolores De Haro Lopez-Villalta

Transcrito por: ARB

Nota:

TRAMITES POSTERIORES A LA RESOLUCION Num.: 1

Procedimiento Num.: CAUSA ESPECIAL - 21019/ 2019

Ponente: Excmo. Sr. D. Miguel Colmenero Menéndez de Luarca

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Dolores De Haro Lopez-Villalta

TRIBUNAL SUPREMO

Auto núm. /

Excmas. Sras. y Excmos. Sres.

D. Manuel Marchena Gómez, presidente

D. Miguel Colmenero Menéndez de Luarca

D. Juan Ramón Berdugo Gómez de la Torre

D. Vicente Magro Servet

Dª. Susana Polo García

Dª. Carmen Lamela Díaz

D. Leopoldo Puente Segura

En Madrid, a 20 de diciembre de 2021.

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Miguel Colmenero Menéndez de Luarca.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

En fecha 26 de noviembre de 2021, se ha practicado en la presente ejecutoria, liquidación de condena de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, al penado don Gerardo.

SEGUNDO

Habiéndose dado traslado al Ministerio fiscal y al propio penado, se presentó escrito de impugnación por la procuradora doña Isabel Afonso Rodríguez, en la representación que ostenta, en base a las siguientes alegaciones: 1.- no cabe practicar liquidación de una pena accesoria no prevista legalmente; 2.- subsidiariamente, se da por cumplida la pena accesoria en el mismo momento en que se abonó la multa impuesta; 3.- se dicte resolución al amparo de lo prevenido en el artº 130.1.2º del Código Penal.

Por su parte, el Ministerio Fiscal presentó informe manifestando su conformidad con la liquidación efectuada.

TERCERO

Es ponente de la presente resolución, el Excmo. Sr. D. Miguel Colmenero Menéndez de Luarca.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA:

SE APRUEBA LA LIQUIDACIÓN DE CONDENA practicada en lo concerniente al tiempo de inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo del penado, don Gerardo.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso súplica en el plazo de TRES días ante esta Sala.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

Manuel Marchena Gómez Miguel Colmenero Menéndez de Luarca Juan Ramón Berdugo Gómez de la Torre

Vicente Magro Servet Susana Polo García Carmen Lamela Díaz Leopoldo Puente Segura

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