ATS, 1 de Diciembre de 2021
Jurisdicción | España |
Fecha | 01 Diciembre 2021 |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Civil
AUTO
Fecha del auto: 01/12/2021
Tipo de procedimiento: CASACIÓN
Número del procedimiento: 5419 /2019
Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán
Procedencia: AUD. PROVINCIAL SECCIÓN N. 21 DE MADRID
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Angeles Bartolomé Pardo
Transcrito por: CMB/rf
Nota:
CASACIÓN núm.: 5419/2019
Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Angeles Bartolomé Pardo
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Civil
AUTO
Excmos. Sres.
D. Francisco Marín Castán, presidente
D. Francisco Javier Arroyo Fiestas
D. José Luis Seoane Spiegelberg
En Madrid, a 1 de diciembre de 2021.
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán.
La representación procesal de D. Carlos Jesús y D.ª Melisa presentó escrito de interposición de recurso de casación contra la sentencia dictada con fecha 16 de julio de 2019 dictada por la Audiencia Provincial de Madrid, Sección 21.ª, en el rollo de apelación n.º 101/2019, dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 1153/2014 del Juzgado de Primera Instancia n.º 7 de Madrid.
Mediante diligencia de ordenación de la Audiencia Provincial se tuvo por interpuesto el recurso acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, apareciendo notificada dicha resolución a los procuradores de los litigantes.
La procuradora D.ª Blanca M.ª Grande Pesquero, en nombre y representación de D. Carlos Jesús y D.ª Melisa, presentó escrito ante esta Sala de fecha 10 de octubre de 2019 personándose en calidad de parte recurrente. La procuradora D.ª Rocío Sampere Meneses, en nombre y representación de Bankinter S.A., presentó escrito ante esta Sala de fecha 7 de noviembre de 2019 personándose en calidad de parte recurrida.
Por la parte recurrente se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la disposición adicional 15.ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. Carlos Jesús y D.ª Melisa al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 2.º de art. 477.2 de la LEC, no advirtiéndose en esta fase causa legal de inadmisión.
De conformidad con el artículo 485 LEC, la parte recurrida podrá formalizar su oposición al recurso por escrito en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto.
LA SALA ACUERDA:
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) Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. Carlos Jesús y D.ª Melisa contra la sentencia dictada con fecha 16 de julio de 2019 dictada por la Audiencia Provincial de Madrid, Sección 21.ª, en el rollo de apelación n.º 101/2019, dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 1153/2014 del Juzgado de Primera Instancia n.º 7 de Madrid.
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) Abrir el plazo de veinte días, a contar desde la notificación de este auto, para que la parte recurrida formalice por escrito su oposición al recurso. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la Secretaría.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 483.5 de la LEC contra la presente resolución no cabe recurso alguno.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.