ATS, 1 de Diciembre de 2021

JurisdicciónEspaña
Fecha01 Diciembre 2021

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Civil

AUTO

Fecha del auto: 01/12/2021

Tipo de procedimiento: CASACIÓN

Número del procedimiento: 6689 /2021

Ponente: Excmo. Sr. D. José Luis Seoane Spiegelberg

Procedencia: Audiencia Provincial de Madrid, Sección 19.ª

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Mª Teresa Rodríguez Valls

Transcrito por: AAH/AAM

Nota:

CASACIÓN núm.: 6689/2021

Ponente: Excmo. Sr. D. José Luis Seoane Spiegelberg

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Mª Teresa Rodríguez Valls

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Civil

AUTO

Excmos. Sres.

D. Francisco Marín Castán, presidente

D. Francisco Javier Arroyo Fiestas

D. José Luis Seoane Spiegelberg

En Madrid, a 1 de diciembre de 2021.

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. José Luis Seoane Spiegelberg.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

La representación procesal de D. Borja presentó escrito en el que interpuso recurso de casación contra la sentencia dictada en segunda instancia, el 17 de junio de 2021, por la Audiencia Provincial de Madrid, Sección 19.ª, en el rollo de apelación n.º 497/2020, dimanante del juicio ordinario n.º 483/2018, seguido ante el Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Pozuelo de Alarcón.

SEGUNDO

Por la Audiencia Provincial se tuvo por interpuesto el recurso y se acordó la remisión de las actuaciones a este Tribunal Supremo, Sala Primera, con emplazamiento de las partes.

TERCERO

Recibidos los autos en este tribunal han comparecido la procuradora D.ª María Esther Centoira Parrondo, en nombre y representación de D. Borja, como parte recurrente, y el procurador D. Luis de Villanueva Ferrer, en nombre y representación de El León del Español Publicaciones, S.A. y D. Edemiro., como parte recurrida.

Interviene en el proceso el Ministerio Fiscal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO

Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. Borja, al no advertirse en esta fase causa legal de inadmisión.

SEGUNDO

De conformidad con el art.. 485 LEC, la parte recurrida podrá formalizar su oposición al recurso por escrito en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto, y transcurrido dicho plazo dese traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal.

TERCERO

De conformidad con lo previsto en el artículo 208.4 LEC procede declarar que contra este auto no cabe recurso alguno por así establecerlo el art. 483.5.LEC.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA:

  1. ) Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. Borja contra la sentencia dictada en segunda instancia, el 17 de junio de 2021, por la Audiencia Provincial de Madrid, Sección 19.ª, en el rollo de apelación n.º 497/2020, dimanante del juicio ordinario n.º 483/2018, seguido ante el Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Pozuelo de Alarcón.

  2. ) Abrir el plazo de veinte días, a contar desde la notificación de este auto, para que la parte recurrida formalice por escrito su oposición al recurso. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la Secretaría.

  3. ) Transcurrido dicho plazo, dese traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal.

Frente a esta resolución no cabe interponer recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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