Auto Aclaratorio TS, 3 de Noviembre de 2021
Jurisdicción | España |
Fecha | 03 Noviembre 2021 |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Penal
AUTO DE ACLARACIÓN
Fecha de sentencia: 03/11/2021
Tipo de procedimiento: RECURSO CASACION
Número del procedimiento: 4899/2019
Ponente: Excmo. Sr. D. Miguel Colmenero Menéndez de Luarca
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Josefa Lobón del Río Transcrito por: ARB
Nota:
RECURSO CASACION núm.: 4899/2019
Ponente: Excmo. Sr. D. Miguel Colmenero Menéndez de Luarca
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Josefa Lobón del Río TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Penal
AUTO DE ACLARACIÓN
Excmos. Sres. y Excma. Sra.
D. Miguel Colmenero Menéndez de Luarca
D. Antonio del Moral García
Dª. Susana Polo García
D. Ángel Luis Hurtado Adrián
D. Javier Hernández García
En Madrid, a 3 de noviembre de 2021.
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Miguel Colmenero Menéndez de Luarca.
En fecha 14/10/2021 se ha dictado sentencia nº 776/2021, en el recurso de casación arriba referenciado.
En fecha 21/10/2021, se ha presentado escrito por la representación procesal de D. Modesto, en el expone lo siguiente: "en el encabezamiento de la referida sentencia (pág. 2), se dice que D. Mauricio y D. Modesto, representados por el procurador D. Camilo Enrique Naharro, bajo la dirección letrada de D ª Marta Cachafeiro Alonso", cuando la realidad es que D. Modesto fue representado en todo momento por el procurador D. José Merens Ribao, bajo la dirección letrada de D. Pablo Arce Nogueiras" por lo que interesa aclaración y corrección de la referida sentencia, en el sentido que expone.
El artículo 267.1 de la LOPJ dispone la posibilidad de que los tribunales puedan aclarar algún concepto oscuro y rectificar cualquier error material que adolezcan sus resoluciones.
De conformidad con lo expuesto en el hecho relacionado anteriormente, se considera que ha existido un error material en la sentencia de fecha 14 de febrero de 2021 respecto a la identificación del procurador y letrado que representaron y defendieron a D. Modesto .. En concreto se observa dicho error en el encabezamiento de esta resolución.
LA SALA ACUERDA :
La rectificación de la sentencia de fecha 14/10/2021 dictada por esta Sala y donde dice " Mauricio y D. Modesto, representados por el procurador D. Camilo Enríquez Naharro, bajo la dirección letrada de D.ª Marta Cachafeiro Alonso" (encabezamiento), debe decir: " Mauricio, representado por el procurador D. Camilo Enríquez Naharro, bajo la dirección letrada de D.ª Marta Cachafeiro Alonso; Modesto, representado por el procurador D. José Merens Ribao, bajo la dirección letrada de D. Pablo Arce Nogueiras".
Notífiquese la presente resolución.
Así se acuerda y firma.
Miguel Colmenero Menéndez de Luarca Antonio del Moral García Susana Polo García
Angel Luis Hurtado Adrián Javier Hernández García